El Gobierno aprobará “en breve” un decreto ley para derogar el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores que permite el despido por absentismo laboral intermitente en un determinado periodo de tiempo, aunque esté justificado, ha avanzado la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.
La medida ha sido comunicada por la ministra a los agentes sociales durante la reunión en la que se ha fijado la subida del salario mínimo para 2020 y se enmarca en el compromiso del Gobierno de coalición de abordar con carácter urgente la derogación de algunos aspectos de la reforma laboral del PP de 2012.
En rueda de prensa, Díaz ha explicado que el decreto ley está “redactado y listo”, pero que aún queda por recabar la opinión de los propios agentes sociales y de todos los partidos políticos, dado que se trata de una figura legislativa que requiere de la convalidación parlamentaria.
El artículo 52 contempla que el contrato podrá extinguirse “por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el 5 % de las jornadas hábiles, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses”.
El Tribunal Constitucional avaló el despido por absentismo en una sentencia conocida el pasado mes de octubre, si bien la ministra ha recordado que existe otra sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) en sentido contrario que obliga a España a corregir este aspecto de la normativa laboral.
Díaz ha confirmado que es el único aspecto que de momento se va a derogar de la reforma laboral de 2012 y ha justificado la urgencia por “una cuestión de derechos humanos”.
“Es insoportable en una sociedad democrática que un trabajador tenga miedo de tener una baja por enfermedad y pueda perder el pasaporte para la ciudadanía que es tener un trabajo”, ha afirmado.
La ministra va a convocar a los agentes sociales la próxima semana para tratar la modificación de otros aspectos de la reforma laboral, con la idea de comenzar por las cosas que en el acuerdo de Gobierno PSOE-Podemos se catalogaron como más urgentes, ya que considera que hablar de la contratación o el despido requiere más tiempo.
Además de la eliminación del artículo 52, dicho acuerdo incluía recuperar con urgencia la prioridad del convenio sectorial sobre el de empresa y la vigencia indefinida de los convenios colectivos (ultraactividad), después de que con la reforma laboral de 2012 se limitara a un año una vez caducados.
Asimismo, el pacto hablaba de limitar la inaplicación de los convenios para que solo sea posible el descuelgue salarial vinculado a causas económicas “graves”, de establecer la contratación indefinida como forma ordinaria de acceso al empleo y de limitar la capacidad de modificación unilateral de las condiciones de trabajo por parte de la empresa.