La futura Ley de Libertad Sexual, conocida como ley del “sólo sí es sí” y aprobada en primera lectura en el Consejo de Ministros el pasado mes de marzo, incluirá medidas contra la industria de la prostitución. En concreto, reformará el Código Penal para incluir un nuevo delito con el objetivo promover “el enriquecimiento derivado de la explotación sexual de mujeres en locales”, explican fuentes del Gobierno. Es lo que se conoce como “tercería locativa” y que implica castigar a los dueños de los locales y clubes en los que se ejerza prostitución y se enriquezcan con ello. Una reforma que están elaborando conjuntamente Igualdad y el Ministerio de Justicia antes de que la norma se envíe a los órganos consultivos para ser de nuevo aprobada por el Ejecutivo y empiece su andadura en el Congreso.
Tal y como adelantó EFE hace unas semanas, el objetivo es “acabar con la impunidad” e “impedir que la industria de la explotación sexual que opera en España continúe lucrándose”, para lo que la futura legislación incluirá una nueva tipificación de este tipo de delitos. Entre otras cosas, el Gobierno prevé recuperar una figura, la de la “tercería locativa” que contemplaba el Código Penal de 1973 y que se eliminó posteriormente. De esta forma, el artículo hacía penalmente responsable al “amo, gerente, administrador o el encargado del local, abierto o no al público, en que se ejerza la prostitución u otra forma de corrupción y toda persona que, sabiéndolo, participe en su financiación”. Igualdad y Justicia, cuyos titulares van a mantener una reunión este miércoles, prevén impulsar cambios para perseguir el proxenetismo “en todas sus formas” e ir más allá de lo que contempla ahora la ley, señalan fuentes del Ejecutivo.
Actualmente, el delito vinculado a la prostitución requiere, según el Código Penal, que haya violencia, intimidación, engaño o abuso de una situación de superioridad, necesidad o vulnerabilidad de la víctima para que se castigue a quien “determine a una persona mayor de edad a ejercer o a mantenerse en la prostitución”. Es lo que se conoce como proxenetismo coativo. Pero, además, hay una forma de perseguir “a quien se lucre explotando la prostitución de otra persona” aunque sea con el consentimiento de la misma, tal y como aparece redactado en el texto vigente. En este caso se debe demostrar que concurren dos circunstancias, una modificación que se introdujo en el año 2015: vulnerabilidad de la víctima o que se le impongan para su ejercicio “condiciones gravosas, desproporcionadas o abusivas”. Condicionantes que, según han denunciado algunos colectivos de juristas feministas, son tan abiertos que dificultan de facto la persecución del delito. También la Fiscalía General del Estado advirtió en 2016 de que la configuración del delito ponía obstáculos al enjuiciamiento del proxenetismo no coactivo.
Un plan integral
Las reformas penales, explica Igualdad, se complementarán con “medidas de acompañamiento integrales de protección social, habitacionales y salidas laborales y económicas para las víctimas de explotación sexual y trata” y que han sido incluidas en el Ingreso Mínimo Vital (IMV) aunque estén en situación irregular. En concreto, se aprobará un 'Plan Nacional Integral: social, laboral y económico' que “garantice” estos derechos “a través de un acompañamiento integral e individualizado” y “alternativas viables y de reparación” para estas mujeres.
Hace un mes la ministra de Igualdad, Irene Montero, ya instó a las comunidades autónomas a cerrar los prostíbulos y locales de alterne para frenar la expansión de la COVID-19 como medida complementaria a las que se han ido adoptando en España con bares, restaurantes y locales de ocio nocturno. Dos de ellas, Castilla-La Mancha y Catalunya, ordenaron su clausura, y otras como Aragón aprobó una iniciativa en esa línea. Muchas, sin embargo, han aludido a la “complejidad legal” de la medida, que se ha acabado topando con la “impunidad” de la industria de la explotación sexual.