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Los hijos de víctimas de violencia de género que no hayan denunciado podrán recibir terapia sin autorización del padre

Marta Borraz

25 de mayo de 2021 22:06 h

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Que sea quien ejerce el daño la misma persona que debe permitir o impedir el remedio. Es, simplificado, lo que ocurre en una buena parte de los casos de violencia de género, en los que las víctimas con hijos o hijas deben contar con la autorización del padre agresor para que los menores de edad sean atendidos psicológicamente. Ya en 2018 el Gobierno modificó la ley para que no se requiera cuando hay sentencia condenatoria o el procedimiento está abierto, pero sigue exigiéndose cuando la mujer es usuaria de un servicio de atención especializada, pero no ha denunciado. Algo que cambiará en aproximadamente tres meses, cuando la ley que reforma el Código Civil para impedir la incapacitación judicial de las personas con discapacidad, y que aprobó el Congreso la semana pasada, entre en vigor.

La idea era incorporarlo en la Ley Orgánica de Protección a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, aprobada el mismo día, pero finalmente los partidos consensuaron impulsarlo a través de la reforma de la legislación civil de la otra norma. El cambio implica una modificación del Código Civil para que los hijos e hijas de mujeres que no han interpuesto una denuncia puedan acudir también a terapia sin necesidad de autorización paterna. El único requisito es que estas mujeres sean acreditadas oficialmente como víctimas por parte de los servicios especializados en violencia de género, un sistema que el Gobierno impulsó en 2019 para que las víctimas puedan acceder a derechos que hasta entonces estaban restringidos solo para las denunciantes.

La obligación de contar con el permiso paterno deriva de la aplicación legal de la patria potestad, regulada en el Código Civil y por la que es necesaria la autorización de ambos progenitores en determinados ámbitos, entre ellos, el psicológico o sanitario. Hace tres años el Ejecutivo del PSOE impulsó una reforma para desvincular este requisito de la intervención con menores en los casos en los que un progenitor esté inmerso en un procedimiento penal “relacionado con atentar contra la vida, la integridad o la libertad sexual del otro o de sus hijos” o haya sentencia condenatoria. Desde entonces, basta con el permiso del otro progenitor.

La reciente reforma extiende esta excepción a los casos de violencia machista sin denuncia “siempre que medie informe” del servicio especializado “que acredite dicha situación”. Fue una de las enmiendas al texto, que nació con duras críticas de organizaciones feministas y de infancia, negociadas en el seno del Gobierno de coalición y propuestas a instancias del Ministerio de Igualdad, explican fuentes del mismo, junto a a “otras que se trabajaron en la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género como la prohibición del Síndrome de Alienación Parental o de las visitas a progenitores con orden de protección”. Además de Unidas Podemos y el PSOE, otros partidos como Más País o Compromís, también lo propusieron.

“Supone abrir la puerta a atender a un montón de niños y niñas que estaban quedando en el limbo. Hay que entender que interponer una denuncia es una situación de riesgo para muchas de mujeres, pero son igualmente víctimas de violencia de género y también sus hijos”, señala la psicóloga Itziar Fernández, que ha trabajado en distintos puntos de atención a mujeres y menores. De hecho, estos casos son la mayoría. Según acredita la Macroencuesta de Violencia de Género de 2019, solo el 21% de las víctimas denuncia a su agresor; y casi el 90% tienen hijos. Dos de las cinco mujeres asesinadas en esta última semana había denunciado, y tres tenían hijos menores de edad, uno de ellos fue víctima mortal del crimen. Solo desde 2013, 309 menores se han quedado huérfanos por esta causa.

El rechazo de los progenitores

La atención a los hijos e hijas de las víctimas no denunciantes depende de un panorama diverso en función de la comunidad. Hay quienes no atienden a estos menores, quienes han sorteado la obligación elaborando normas específicas y quienes piden la autorización al progenitor enfrentándose a que este rechace la intervención. Algo que ocurre con no poca frecuencia, señala el psicólogo especializado en violencia machista, Pablo Nieva, que denuncia “la inseguridad” a la que les aboca esta situación: “Esto es el caballo de batalla de este tipo de atención y depende de la interpretación que hace cada servicio o incluso las comisiones deontológicas de los Colegios Oficiales de Psicólogos”. Si los profesionales atienden a un menor sin la autorización, el progenitor puede interponer una denuncia y ellos se enfrentan a sanciones, incluso a la inhabilitación.

Así justifican también el cambio las impulsoras. Desde Igualdad apuntan a que “la infancia es también víctima de una violencia que es estructural y que es la violencia de género”, mientras que Donelia Roldán, portavoz de Igualdad de los socialistas en el Senado, asegura que “se ha comprobado que muchas veces los agresores no consienten esa intervención psicológica a pesar de que los menores la necesitan”. Coincide Laura Rodríguez, psicóloga en un punto municipal de atención especializada en violencia de género en Madrid y en el centro Coletas y Verdi: “Lo rechazan muchos padres porque no consideran que sus hijos tengan que recibir atención en un sitio así, a pesar de que en todos los casos de exposición a la violencia de género es necesario evaluar en qué grado le está afectando y paliar sus efectos”, afirma.

A partir de ahora en los casos en los que sí seguirá siendo necesaria la autorización será cuando haya denuncia y el procedimiento se archive, algo que pasa en no pocas ocasiones. Según datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en torno a un 40% de las denuncias en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer acaban sobreseídas. En caso de que el progenitor no consienta la atención, el Código Civil prevé la vía judicial para obtener la autorización, que en situaciones de violencia machista implica que la mujer deba iniciar otro procedimiento judicial y la intervención en el menor se retrase. Sin embargo, “en estos casos estás a expensas de lo que ha dicho un juez o jueza”, señala Nieva, por lo que no queda otra opción que solicitar el permiso.

El paso que dará la ley en los próximos meses es congruente con el paradigma iniciado por el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, que entre sus medidas incorporaba la acreditación de las víctimas de violencia de género independientemente de que hubieran denunciado. El objetivo es evitar que la única puerta de salida a la violencia sea la denuncia, y en la práctica se trata de un papel expedido por diferentes servicios autorizados por la Administración Pública, entre ellos los servicios de atención a víctimas, para acceder a determinados derechos, como ayudas económicas a mujeres de bajos ingresos y a partir de ahora también a la terapia psicológica para sus hijos e hijas.

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