Si una pareja tiene un hijo y después de un tiempo se separa, ambos padres pueden optar a la custodia del menor o acordar un régimen de visitas. Ambos pueden figurar legalmente como progenitores aunque no estén casados, algo que no ocurre con las parejas homosexuales, que deben estar casadas para que se reconozca su filiación en el libro de familia. Pero la situación de Maribel Blanco es aún peor, porque su hijo nació hace diez años, antes de que se aprobara la Ley de Matrimonios Igualitario. Su caso ha llegado esta semana al Tribunal Supremo, que debe decidir si le reconoce como madre del pequeño y le permite ejercer sus derechos como tal.
Blanco, que desde que se separó de su expareja y madre biológica del niño hace siete años ha peleado en los tribunales por ver a su hijo, espera que el Supremo reconozca ahora la “igualdad real” de las lesbianas y el “interés del menor”.
Con la ley actual la filiación de los hijos nacidos dentro de la pareja es automática, “como ocurre con las heterosexuales, pero siempre y cuando estemos casadas”, explican desde la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales (FELGTB). No obstante, los niños nacidos antes de esa ley y sus madres no biológicas se encuentran en una situación de indefensión. La opción ahora para esos menores es la coadopción, siempre y cuando las mujeres estén casadas, pero antes de la entrada en vigor de la norma no había ninguna posibilidad de que el niño tuviese, legalmente, dos madres. Blanco, “para que constase del alguna manera en el registro” dio su primer apellido a su hijo.
Durante los tres primeros años de vida del menor, Maribel ejerció como madre e, incluso, dejó de trabajar para atender a su hijo. Pero la relación se rompió sin llegar a contraer matrimonio, por lo que no pudo adoptar al pequeño. “Las separaciones a veces sacan lo peor de cada uno”, afirma en referencia a la madre biológica, que le negó la filiación.
Madre “durante tres años”
No obstante, el Juzgado número 2 de Talavera de la Reina le concedió a Blanco ese derecho, lo que se traduce en plenos poderes como madre, la posibilidad de obtener la custodia y un régimen de visitas. La expareja de Blanco recurrió esta decisión ante la Audiencia Provincial de Toledo. Allí, la sala primera consideró que la afectada no tenía “posesión de estado suficiente” porque “solo ha ejercido como madre durante tres años”, aunque las pruebas psicológicas determinan que el niño la reconoce como tal casi siete años después de la separación, explica.
Sin embargo, la sala segunda de la Audiencia, donde Blanco había solicitado el régimen de visitas de su hijo, la instó a hacer valer el artículo 131 del Código Civil, que reconoce que “cualquier persona con interés legítimo tiene acción para que se declare la filiación manifestada por la constante posesión de estado” que, en este caso, sí consideran que existe.
Ante estas contradicciones, y con un régimen de visitas como allegada, Blanco espera que el Supremo “respete los acuerdos internacionales y el interés del menor” y le reconozca la filiación. “Mi hijo me reconoce como su madre. Lo que llevamos sufriendo durante estos siete años es discriminación. Y no yo, que soy una mujer adulta, sino mi hijo, que es un menor y está pidiendo a gritos estar conmigo”, lamenta.
Para Blanco, con la sentencia que se dará a conocer aproximadamente en un mes, el Tribunal tiene la oportunidad de “dar un paso por la igualdad real”, ya que “los heterosexuales que se separan no tienen estos problemas”. De no ser así, esta mujer asegura que acudirá al Tribunal Constitucional y, en última instancia, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, para poner fin a una situación que considera “muy grave” para su hijo, al no poder crecer con sus dos madres.