La ONU no está convencida sobre cómo ha solventado España sus agujeros en el sistema de protección a las mujeres víctimas de violencia machista. El Gobierno ya tiene respuesta del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer sobre el grado de cumplimiento de cuatro recomendaciones evalúa desde 2015: “Parcialmente implementadas” es el veredicto.
El Ejecutivo tiene deberes de aquí a 2019 y deberá aportar información adicional sobre qué pone en marcha para cumplirlas totalmente. Los huecos están en ampliar la ley a otras formas de violencia más allá de la pareja o expareja y mejorar las estadísticas y la formación de los operadores jurídicos. Así lo especifica el CEDAW (por sus siglas en inglés) en la carta que ha remitido al Ejecutivo fechada el pasado 28 de noviembre y firmada por la relatora Hilary Gbedemah.
En ella, Naciones Unidas evalúa cómo ha aplicado el Gobierno las indicaciones que le hizo en 2015 en las observaciones finales del examen al que sometió al país. Entonces, el Comité le dio a España dos años para responder por escrito qué medidas había puesto en marcha para paliar algunos de los aspectos que más preocupaban al organismo.
Nada al 100%
En concreto, la revisión de la legislación sobre violencia de género y su ampliación a otras formas de violencia más allá del ámbito de la pareja o expareja; la recopilación de datos estadísticos; la formación obligatoria de los operadores jurídicos y la adopción de una perspectiva de género al elaborar programas de asistencia para mujeres y niñas solicitantes de asilo.
España no ha cumplido ninguna de ellas al 100%. Respecto a la primera indicación, CEDAW asegura en su carta que acoge “con satisfacción” algunas de las medidas que se han puesto en marcha, pero “lamenta que no se hayan abordado otras formas de violencia basadas en el género”. Algo que han evidenciado las organizaciones sociales, que también presentan informes periódicos que la ONU sopesa junto a los del Ejecutivo. En el último subrayaron que la ley de violencia de género sigue cubriendo solo la que se da en el seno de la pareja o expareja.
La violencia que queda fuera de la ley
Esta norma, aprobada en 2004, solo contempla como tal la violencia que se produce en el marco de una relación sentimental, por lo que el resto quedan fuera. Por ello CEDAW pide su modificación para incluir otros tipos de violencia como el acoso o las agresiones sexuales, la violencia hacia las empleadas domésticas, la que se da en los centros educativos “y otros actos de violencia en el espacio público”. La respuesta del Gobierno fue aludir al pacto de Estado que entonces comenzaba a gestarse en el Congreso de los Diputados y que, en un principio, contaba con este objetivo.
Sin embargo, una vez aprobado, el pacto no contempla la reforma de la ley de 2004. Aunque los parlamentarios sí consensuaron ampliar el concepto de violencia de género y dictar leyes específicas para regular otras violencias más allá del marco de una relación sentimental con perspectiva de género, no diseñó ninguna concreción legislativa ni desarrolló una hoja de ruta, por lo que nada garantiza que vaya a aplicarse.
El Ejecutivo se refirió también a la reforma del Código Penal, que en 2015 incluyó como delitos el sexting –difundir sin consentimiento de la víctima contenido íntimo de la misma– y el stalking –acosar y hostigar a alguien mediante las nuevas tecnologías– y además mencionó la línea telefónica que hace un año habilitó el Ministerio de Educación contra el acoso escolar. Un recurso que el Gobierno vende a la ONU como un servicio contra los “malos tratos tanto fuera como dentro del centro docente”, pero cuyo enfoque es, en la práctica, el de la lucha contra el bullying.
Para Victoria Jiménez, integrante de la Plataforma CEDAW Sombra –el conjunto de colectivos que también envía evaluaciones a Naciones Unidas–, apunta a que el estudio se hizo cuando el pacto de Estado estaba todavía en tramitación, pero su aprobación “no deja de ser una aspiración que todavía no se ha consumado, en tanto en cuanto reconoce la necesidad de reconocimiento legal y atención integral de otras formas de violencia, pero eso no puede hacer que el Comité CEDAW dé por cumplida su recomendación”.
Formación, estadísticas y refugiadas
Sobre la formación obligatoria de los jueces, fiscales, miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y otros agentes que intervienen en los procesos sobre violencia machista, la ONU lamenta “el carácter voluntario de la formación continua” y “la falta de referencia” a la Convención para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer dentro de los módulos formativos. Por ello, considera que “el Estado parte ha tomado algunas medidas para aplicar la recomendación, pero que se ha implementado parcialmente”.
El CEDAW celebra la existencia de los módulos sobre violencia de género que reciben todas las promociones de jueces y juezas que salen de la Escuela Judicial y las prácticas que hacen todos los fiscales en la Fiscalía de Violencia sobre la Mujer, pero para el organismo no es suficiente.
Los colectivos feministas, por su parte, también llamaron la atención sobre que la formación es solo obligatoria en la etapa inicial y para los juzgados especializados en violencia sobre la mujer y trasladaron a Naciones Unidas su preocupación por que este déficit “tiene como consecuencia la prevalencia de una mirada sexista y discriminatoria tanto en los peritajes como en los procesos judiciales y las sentencias”.
La tercera recomendación evaluada por CEDAW se refiere a cómo se recogen los datos oficiales de violencia machista. En julio de 2015, ya le pidió a España la recopilación de estadísticas de violencia sexual y violencia de género desglosados. Las únicas cifras públicas en la actualidad son los boletines del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad sobre mujeres asesinadas; las denuncias por agresiones sexuales que anualmente recoge el Ministerio del Interior y los informes trimestrales de violencia sobre la mujer del Consejo General del Poder Judicial.
Una recopilación que el organismo internacional considera “de enfoque limitado” y que se circunscribe solo al ámbito de la pareja o expareja, por lo que recomienda al Estado que los datos estén desagregados “independientemente de la relación que haya entre la víctima y el agresor”. Una vez más, CEDAW considera que España ha cumplido sus recomendaciones solo “parcialmente”.
Por último, en lo que respecta al tratamiento con enfoque de género de las mujeres y niñas solicitantes de asilo, el informe de evaluación concluye que a pesar de la puesta en marcha de algunas medidas, el Gobierno no ha implementado la indicación totalmente, entre otras cosas, por “la falta de recursos para su implementación”. Por ello, el Comité especifica que en el próximo informe, el Estado añada información sobre qué recursos económicos, humanos y técnicos destina a tal fin.
España no ha convencido al Comité en ninguna de las recomendaciones que le hizo, lo que, según Jiménez, evidencia que “se están incumpliendo las obligaciones adquiridas” porque aquellas medidas que sí se han puesto en marcha para implementarlas “representan un avance insuficiente en cuestiones que se consideran urgentes y relevantes”.