Una versión de este artículo fue publicada en el blog Ciencia marina y otros asuntos, de la Fundación para el Conocimiento madrid+d.
El alga Rugulopterix okamurae es originaria de aguas templadas cercanas a China, Corea, Filipinas y Japón. Se cree que llegó a bordo de alguno de los buques que surcan el Estrecho. Tardó en conocerse su presencia porque es muy similar a algunas especies locales. Ahora es un gravísimo problema para distintas actividades que dependen del mar.
Fuera de su hábitat natural, se detectó su presencia en 2002 en la laguna costera de Étang de Thau, en Francia. Allí llegó probablemente a través de ostras procedentes de Japón (Crassostrea gigas) para acuicultura.
Este alga parda fue descrita por primera vez en Ceuta en 2015. Solo ha necesitado cuatro años para ocupar todo el litoral gaditano, alcanzar puntos de las costas atlánticas de Huelva y expandirse hasta hasta Marbella.
Según algunas estimaciones, ocupa hasta el 50 % del espacio entre los cinco y los 25 metros de profundidad. Rugulopterix okamurae no tiene depredadores, de momento.
La rápida velocidad a la que crece, además, está favoreciendo que poco a poco vaya reemplazando a las algas autóctonas. No se sabe si hay posibilidad de frenar su avance.
Algo parecido ocurrió en los años 90 con otra especie de alga, la Caulerpa taxifolia. Fue introducida accidentalmente por algún acuario famoso, al frente del que estaba un oceanógrafo muy apreciado por su tarea de divulgación. Una historia un poco novelesca.
El pasado septiembre se anunciaba que el Ministerio de Transición Ecológica había anunciado el inicio de los trámites para incluir urgentemente la especie en el catálogo de especies exóticas invasoras, “un paso que se considera fundamental para que se puedan activar protocolos que impidan la expansión del alga”.
Sin embargo, hace muy poco, un diputado anunciaba una iniciativa en el Congreso de los Diputados para pedir al Gobierno explicaciones: aún no se ha incluido el alga asiática Rugulopterix okamurae como especie invasora.
La presencia de este organismo es especialmente lesiva en el litoral de Tarifa, donde está generando importantes pérdidas en el sector pesquero. Según afirmaba el político, “desde la Unión Europea se apunta que el Gobierno de España no ha declarado este alga como especie invasora, un trámite necesario para poder dar una solución a un grave problema que afecta cada vez más al sector pesquero de la provincia”.
Legislación sobre especies invasoras en España
Las especies exóticas invasoras (EEI) constituyen una de las principales causas de pérdida de biodiversidad en el mundo.
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, define una EEI como “aquella que se introduce o establece en un ecosistema o hábitat natural o seminatural y que es un agente de cambio y amenaza para la diversidad biológica nativa, ya sea por su comportamiento invasor, o por el riesgo de contaminación genética”.
Esta misma ley creó, en su artículo 64, el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras. En él deben incluirse todas aquellas especies y subespecies exóticas invasoras que constituyan o puedan llegar a constituir una amenaza grave para las especies autóctonas, los hábitats o los ecosistemas, la agronomía, o para los recursos económicos asociados al uso del patrimonio natural.
El Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras es una herramienta dinámica susceptible de modificación permanente. El artículo 5 del Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, determina el procedimiento de inclusión o exclusión de especies en este catálogo.
Para introducir un nuevo nombre se requiere, básicamente:
- Una solicitud justificada, según un modelo de argumentación científica que se incluye al final de la página).
- Una memoria técnica con un análisis de riesgo.
- El dictamen del Comité Científico (disposición adicional décima del Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto).
Tras la elaboración de un informe por parte del Comité de Flora y Fauna Silvestres, será la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad quien debe decidir si se modifica o no el catálogo.
Un problema, una oportunidad
Actualmente, las toneladas de biomasa que se recogen de Rugulopterix okamurae acaban en vertederos.
Sin embargo, se sabe que esta alga contiene polisacáridos (alginatos y fucoidanos) que se utilizan en la industria alimentaria, procedentes de otras fuentes.
También se sabe que este organismo funciona como estimulador del metabolismo y también como protector ante enfermedades debido a la existencia de moléculas que pueden actuar como fungicidas. Además, tienen actividad antibacteriana y actividad citotóxica selectiva en células leucémicas humanas.
Es urgente declarar a Rugulopterix okamurae como especie invasora y buscar aplicaciones para que su recogida sirva para, además de llenar vertederos, generar riqueza.
Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Puedes leer el original aquí.The Conversationaquí