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La Audiencia Nacional obliga a Educación a pagar sexenios a los investigadores temporales

Se acabó la discriminación. Los investigadores temporales de las universidades españolas y del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) podrán pedir que se evalúe su actividad y cobrar los sexenios pertinentes.

Una sentencia pionera de la Audiencia Nacional recién publicada da la razón al sindicato CC OO y entiende que la resolución que cada año saca el Ministerio de Educación por la que se establecen las condiciones para la evaluación de la actividad del personal investigador “establece que únicamente pueden presentar la solicitud de actividad investigadora los funcionarios de carrera de los cuerpos docentes universitarios y científicos titulares del CSIC”, lo cual impide al personal funcionario interino investigador y al personal docente e investigador con contrato temporal solicitar dicha evaluación.

Y, en base a la normativa comunitaria y la jurisprudencia existente, concluye el juzgado central de lo contencioso administrativo nº8, se aprecia discriminación en relación al personal docente temporal. La sentencia sigue la línea de las últimas conocidas a nivel europeo, que están dando la razón a las reivindicaciones de los trabajadores temporales para que se igualen sus condiciones laborales con las de los fijos.

El texto hace referencia a la resolución de 2016. Este pasado año el Ministerio sacó exactamente la misma nota, por lo que también habrá de rectificarla, explican desde CC OO. Ese año se vieron afectadas por esta discriminación unas 5.000 personas (401 titulares de universidad, 71 titulares de escuela universitaria, 1.971 contratados doctores, 2.251 sustitutos y 102 colaboradores, todos interinos) que ahora podrán solicitar sus sexenios, según las cuentas de CC OO.

Para todos ellos se abre la puerta ahora a que reclamen, soliciten la evaluación de su actividad y cobren un sexenio, que puede llegar a ser de unos 500 euros mensuales. También, según explica Carmen Perona, la abogada de la Federación de Enseñanza de CC OO que ha llevado el caso, podrán pedir una indemnización por el daño causado y el sexenio dejado de cobrar desde el pasado año.

Carácter retroactivo

“Quién esté afectado debe solicitar que le evalúen la actividad con efectos retroactivos, esto es, desde 2016, y pedir la indemnización”, explica la abogada Perona. ¿Tiene carácter retroactivo, podrían ir más allá de 2016? “No”, contesta, “porque al no haber recurrido las resoluciones anteriores estas se dan por válidas”.

La abogada insiste a todos los que puedan entrar en el grupo de afectados que reclamen porque, aunque el ministerio tiene intención de acatar la sentencia y “extenderla a los profesores contratados doctores”, según el presidente de CRUE I+D+i, José Carlos Gómez, no va a hacerlo de oficio, por lo que sin reclamación no habrá sexenio ni indemnización.

El Ministerio de Educación, efectivamente, no tiene intención de recurrir, según explicó un portavoz a Europa Press. Fuentes de la cartera que dirige Iñigo Méndez de Vigo han afirmado que este mismo martes 9 de enero el secretario de Estado de Educación, Marcial Marín, ha firmado la modificación de la última resolución para que los interinos entren también en el sistema de evaluación y reconocimiento de sexenios.