La justicia avala que se prohíban los cigarrillos mentolados en la Unión Europea

El Tribunal de Justicia de la UE ha ratificado la directiva comunitaria sobre tabaco que prohibe la comercialización de cigarrillos mentolados y que exige que se uniformicen el etiquetado y el empaquetado de los productos del tabaco, lo que supone fijar un tamaño y un contenido mínimo para las advertencias de salud. Las medidas, que también incluyen un nuevo régimen específico para los cigarrillos electrónicos, tendrán que se adoptadas por los países miembros para entrar en vigor el próximo 20 de mayo.

De esta forma el alto tribunal europeo falla en contra de los recursos presentados por varias empresas tabaqueras, como Philip Morris y British American Tobacco, que se oponían al nuevo etiquetado de las cajetillas, y por Polonia que, apoyada por Rumanía, impugnaba la prohibición de los cigarrillos mentolados.

Polonia defiende los mentolados

Desde la capital polaca se había argumentado que este tipo de tabaco debería ser tratado como un producto nacional tradicional, de forma similar al snus, un tabaco de mascar típico sueco y que está exento de la normativa de la UE. El argumento esgrimido desde Varsovia se basaba en el gran consumo de cigarros de sabores que se da en el país.

Sin embargo, el tribunal ha recordado en su sentencia que la finalidad del mentol es hacer más atractivos para los consumidores los productos del tabaco y que reducir el atractivo de estos productos “puede contribuir a reducir la prevalencia del tabaquismo y la dependencia del tabaco tanto entre los consumidores nuevos como entre los habituales”.

Un estudio llevado a cabo por la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA) en 2013 concluyó que fumar este tipo de cigarrillos supone un riesgo de salud mayor, ya que intensifica la adicción al tabaco y provoca que sea más fácil empezar a fumar y más difícil dejarlo.

EEUU decidió en 2009 prohibir la comercialización del tabaco con sabores o aromas, como el de frutas o chocolate, pero mantuvo los mentolados, los más consumidos. La normativa europea, por su parte, prohíbe, a partir de esta resolución, la producción de este tipo de cigarrillos, pero da un periodo de 4 años a los mentolados, margen que la UE concede a cualquier producto que tenga una cuota de mercado superior al 3%.

Las tabaqueras en contra de las advertencias

Con respecto al etiquetado de las cajetillas, las tabaqueras se habían posicionado en contra de que se modificara el tamaño de las advertencias de salud que deben acompañar a todos los paquetes de tabaco, que estaban en el 30% de la superficie de la cara frontal y el 40% de la trasera, mientras que la propuesta inicial de la comisión de Medio Ambiente fue de un 75% de la superficie del paquete.

Desde la Mesa del Tabaco, su portavoz Juan Páramo aseguró el pasado 22 de abril que “la Directiva Europea del Tabaco ya reduce al mínimo el espacio para las marcas” y que los “consumidores verán reducida su capacidad de elección de sus marcas por la dificultad de diferenciarlas”.

Finalmente, el tribunal dictaminó el miércoles que la directiva aprobada por amplia mayoría en el Parlamento Europeo en 2013, “no excede los límites de lo que es apropiado y necesario, al prescribir que cada unidad de envasado o embalaje exterior debe contener advertencias sanitarias constituidas por un mensaje y una fotografía en color que cubra el 65 % de la superficie exterior, por delante y por detrás de cada unidad de envasado”, según reza el comunicado oficial.

Reacciones favorables a la decisión

El comisario europeo de Salud y Seguridad Alimentaria, Vytenis Andriukaitis, anunciaba en Twitter su conformidad con la decisión judicial y poco después, también a través de la red social, aseguraba que “hoy la salud de nuestros ciudadanos ha prevalecido sobre los beneficios de comerciar con un producto que mata personas”.

Desde el Comité Nacional de prevención del Tabaquismo también han recibido con agrado la decisión del tribunal y su vicepresidente, Francisco Camarelles, ha asegurado a eldiario.es que la nueva normativa “ha supuesto un avance importante en prevención y control”.

Aún así, Camarelles ha puntualizado que en España aún quedan cosas por hacer que dependen de una “voluntad política que brilla por su ausencia” y ha recalcado que “hay países de nuestro entorno que están tomando más medidas que nosotros, pese a que están en unas cifras de fumadores mucho menores”.

No habrá cigarrillos 'light'

La normativa también incluye la prohibición de contener menos de 21 cigarrillos o la utilización de expresiones como 'light', 'natural' o 'suave', ya que se considera que esos términos podrían inducir la idea de que hay cigarrillos que son menos perjudiciales que otros.

Por último, con respecto a los cigarrillos electrónicos el tribunal subraya que “los riesgos comprobados y potenciales ligados a la utilización de cigarrillos electrónicos” llevaron a la UE a regular su uso “conforme a las exigencias derivadas del principio de cautela”, aunque tienen un régimen jurídico distinto y menos estricto que el aplicable a los productos del tabaco.