La Universidad Rey Juan Carlos de Madrid pagó a uno de sus profesores 10.227 euros menos de lo que le correspondía al menos durante un año de los nueve que estuvo contratado. La propia universidad admitió esta circunstancia durante el acto de conciliación previo al juicio por el despido improcedente de Rafael (nombre supuesto). Además, Rafael era profesor visitante en el centro sin cumplir casi ninguna de las condiciones para estar contratado bajo esta figura, como la duración de su contrato, la procedencia de otra universidad, su experiencia previa o la citada merma en la cuantía económica que contraviene el convenio colectivo.
De hecho, la URJC tiene una política atípica en relación a la figura del profesor visitante, muy diferente a la de otras universidades y en la que sería cuestionable que esté cumpliendo la Ley Orgánica de Universidades y la legislación de contratación de profesorado docente universitario de la Comunidad de Madrid. Esta figura, regulada por norma, se contempla en la legislación como la de un experto en una materia determinada que acude de manera temporal y desde otra universidad a realizar una estancia en otro centro. Tienen limitados la duración de sus contratos a dos años y estipulado muy claramente su salario mínimo. Ninguna de estas circunstancias se cumplió en el caso de Rafael, según él mismo admite. Además, la URJC abusa de esta figura, que permite realizar contratos sin dar explicaciones ni convocar concursos: hasta un 20% de sus docentes son visitantes, según sus propios presupuestos, cifra que no alcanza ni el 1% en otros centros.
La universidad sostiene que lo está haciendo todo “conforme a derecho”, según explicó un portavoz, que no quiso entrar a valorar el caso concreto. ¿Pese a haber admitido en un juzgado que estaba pagando de menos a Rafael? El portavoz no se salió de su respuesta. La administración también se desentiende del asunto: nadie tiene responsabilidades sobre cómo contrata o qué condiciones ofrece una universidad a sus trabajadores. Los ministerios de Educación —que tiene la Alta Inspección del Estado para asegurarse de que se cumple la ley en el sector— y Trabajo —que debe velar porque se respeten los convenios colectivos afirman, consultados por este diario, no tener competencias. Lo mismo sucede con la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, que tiene las competencias en educación y normativa que regula la figura del docente. Nadie controla lo que hace la universidad pública, aparentemente.
Ni un requisito cumplido
El Convenio Colectivo de Universidades Públicas de Madrid para personal docente e investigador delimita muy claramente qué es un profesor visitante y las condiciones laborales que se le deben aplicar. En el apartado 6 del artículo 10 define “los requisitos para la contratación de profesores visitantes. Son dos específicos (”ser profesor o investigador de reconocido prestigio y desarrollar o haber desarrollado su actividad en universidades y centros de investigación, tanto españoles como extranjeros“) y un tercero que abre la puerta a que las universidades establezcan ”otros requisitos adicionales“.
El convenio también establece el salario mínimo que deben tener estos profesionales, que fija en 1.989 euros al mes por 14 pagas, cantidad que se va a los 27.846 euros anuales, que “experimentarán la misma variación que la de los funcionarios de los cuerpos docentes universitarios”. Por último, el texto aclara que “la duración máxima del contrato de profesor visitante será de un año ampliable a dos en los supuestos razonados”.
Ni uno solo de estos requisitos cumplía Rafael cuando trabajó en la URJC. Este profesor estuvo trabajando en la Universidad Rey Juan Carlos durante nueve años, siete más de los que permite el convenio. Llegó allí prácticamente desde su casa. “No era un profesional de reconocido prestigio ni venía de otra universidad”, admite. ¿Por qué no lo denunció en su momento, si su contrato no cumplía las condiciones legales? “Como es un contrato que se renueva año tras año sin necesidad de que den explicaciones, juegan con el miedo”, afirma. Por eso no dijo nada.
Por eso tampoco protestó porque aunque durante esos nueve años estuvo cobrando de menos, ya que percibió un salario de 18.652 euros brutos al año, según figura en su contrato, lejos de los 27.846 euros que estipula el convenio, complemento de la Comunidad de Madrid aparte. Por eso cuando fue despedido denunció a la universidad. Y esta, en el acto de conciliación previo al juicio, admitió que le había estado pagando de menos, según consta en la resolución judicial. En concreto en su nómina faltaban 853,27 euros al mes en concepto de complemento, dos trienios y la prorrata de las pagas extras. La URJC accedió a pagar a Rafael 10.227 euros más el 10% de interés por mora correspondientes al último año de su contrato. Solo pudo conseguir un año porque la ley así lo contempla.
Uno entre tantos
El caso de Rafael es particular desde el punto de vista de que fue despedido, denunció y sus demandas se escucharon. Pero la URJC tiene muchos profesores visitantes y —asegura Rafael— todos están en la misma situación que tenía él cuando estaba en el centro. La universidad ha tenido los dos últimos años un 21% y un 18% del total de su plantilla docente e investigadora bajo esta figura (296 y 260 profesores), cuando otros centros no llegan al 1%, más acorde al espíritu del profesor visitante experto. La Autónoma de Madrid tenía cinco en 2015, la Complutense 20 (con cuatro veces más profesores que la URJC), por citar dos de la misma comunidad. De fuera, la Autónoma de Barcelona contabiliza 40 (el 1%) y la Universidad de Valencia ocho en total.
“Hay departamentos enteros que solo tienen profesores visitantes”, sostiene Rafael. “Y están todos en las mismas circunstancias”, añade. La universidad rehúsa dar explicaciones pese a que podría estar utilizando la figura del profesor visitante para contratar a personas que no cumplen los requisitos legales.
Este centro se ha visto envuelto en los últimos meses en varias polémicas relacionadas con su política de contratación. En el último caso, todavía en curso, la URJC ha visto cómo el Tribunal Supremo le ha anulado la adjudicación de varias plazas del año 2013 porque excedió la tasa de reposición en un 2.500%. La universidad está convocando los mismos concursos de nuevo y adjudicando las plazas a las mismas personas.