La portada de mañana
Acceder
España tiene más de un millón de viviendas en manos de grandes propietarios
La Confederación lanzó un ultimátum para aprobar parte del proyecto del Poyo
OPINIÓN | Aldama, bomba de racimo, por Antón Losada

Absueltos los cuatro acusados en el juicio contra SeriesYonkis

La magistrada del Juzgado de lo Penal número 4 de Murcia ha absuelto a los cuatro acusados en el juicio contra las páginas web de enlaces de descargas SeriesYonkis (seriesyonkis.es, peliculasyonkis.es y videosyonkis.es), al considerar que cerraron la página cuando se sentó la jurisprudencia sobre su actividad. El fiscal había pedido hasta dos años de prisión y las entidades de gestión de derechos de autor, 555,5 millones por los perjuicios causados.

En el fallo, al que ha tenido acceso eldiario.es, la magistrada indica que “las indicadas webs dejaron de funcionar por sí solas no por orden judicial, coincidiendo con el dictado de la sentencia del TJUE [Tribunal de Justicia de la UE] de 13 de febrero de 2014 donde establecía ya una doctrina al respecto”.

Los acusados, desde el creador de la web original (Alberto García Sola) a los compradores del dominio (Alexis Hoepfner, Jordi Tamargo y David Martínez) alegaron que no tenía ningún control sobre el contenido de los enlaces que aparecían en estas páginas web y que, además, estos variaban por minutos debido a la acción de los usuarios.

La magistrada ha admitido esta argumentación y considera que la acusación no ha podido probar que desde estas páginas se pudiera descargar directamente contenidos protegidos por derechos de autor, sino que limitaban a enlazar a sitios de terceros desde donde sí se podía acceder al contenido. Esta labor de enlazado no estuvo penalizada de 2008 a 2014, período en el que las páginas que gestionaban los acusados incluían enlaces a contenidos protegidos, recalca el fallo.

“Estas webs no contenían ningún tipo de contenido audiovisual, sino que se limitaban a la publicación de los enlaces que conducían a otros servidores donde se alojaban las obras”, explica la magistrada, recordando que “no consta que los acusados hubieran alojado contenido alguno en ningún megaservidor que después se insertara en las webs que administraban”.

De esta forma, la sentencia recuerda que los usuarios eran conscientes que estaban siendo redireccionados fuera de las páginas de SeriesYonkis y que “la descarga o visionado in streaming se realizaba en página web diferente de aquella que contenía el enlace”. También que los cuatro acusados no demostraron tener control sobre el correcto funcionamiento del enlace al que redireccionaban, “ni que se cercioraran en todo momento de que el mismo se encontraba operativo y permitía el efectivo acceso al contenido audiovisual”.

El primer gran juicio contra la piratería en España se salda sin condena

Este juicio había levantado gran expectación mediática al tratarse del primero en España en el que se juzga facilitar enlaces sobre los que se puede pulsar para acceder a obras protegidas, lo que podrá crear jurisprudencia. Los abogados de los acusados han celebrado el fallo en las redes sociales, recordando que muchos daban por condenados a los cuatro acusados.

En declaraciones a eldiario.es, el abogado Carlos Sánchez Almeida ha señalado que la decisión del Juzgado de Murcia “tiene mucha trascendencia para todos los casos que hay pendientes: cualquier web que cerrase antes de febrero del 2014 [fecha de la sentencia del TJUE] debe ser absuelta”, pese a que la ley vigente (de 2015) les habría sentenciado.

“El nuevo tipo penal”, recoge la propia magistrada en el fallo, “castiga desde el 1 de julio de 2015 la conducta de facilitación activa no autorizada de hipervínculos o enlaces a obras protegidas por derechos de propiedad intelectual”.

SeriesYonkis fue una de las mayores páginas de enlaces de descarga de cine y de series de televisión que operaba en Internet. Según la Entidad de Gestión de los Derechos de los Productores Audiovisuales (Egeda) , causó perjuicios de hasta 546 millones de euros. Según la Federación Antipiratería, de 9,5.

Por ello, pedían una indemnización de 555,5 millones de euros a los creadores de la página de enlaces. La magistrada ha desestimado estas reclamaciones. Dada la cuantía de la indemnización solicitada, los abogados de los acusados prevén que el fallo será recurrido.