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Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

El Gobierno aprueba el nuevo proyecto de ley de protección de datos para adaptarse a la normativa europea

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el nuevo proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos con el objetivo de aumentar la seguridad jurídica y adaptar la normativa a las nuevas tecnologías, además de regular la potestad de los herederos sobre la información de personas fallecidas.

Se trata de una ley que sustituye a la actual y la adapta a las disposiciones del reglamento europeo. Las principales novedades vienen a la hora de delimitar el consentimiento sobre los datos como en los tratamientos y en la introducción de nuevas figuras y procedimientos. Adelanta a los 13 años la edad -antes 14- de consentimiento para el tratamiento de datos en consonancia con la normativa de otros países.

¿Qué dice la ley?

En lo relacionado con los datos de las personas fallecidas, se tomarán en cuenta las solicitudes de sus herederos para el tratamiento de los datos. También desaparece el consentimiento tácito o por omisión, que implicaba que los datos serían usados salvo que se manifestase la negativa de forma expresa. En caso de una inexactitud en ellos, se excluye la imputabilidad del responsable de su tratamiento si este ha adoptado todas las medidas razonables para su rectificación o supresión.

También se incorpora el principio de transparencia en cuanto al derecho de los afectados a ser informados sobre el tratamiento de sus datos y contempla de forma expresa los derechos de acceso, rectificación, supresión o derecho a la limitación del tratamiento.

Para evitar situaciones discriminatorias, se mantiene la prohibición de almacenar datos de especial protección, como ideología, afiliación sindical, religión, orientación sexual, origen racial o étnico y creencias. En estas categorías, el solo consentimiento del interesado no basta para dar viabilidad al tratamiento.

Igualmente, regula situaciones en las que se aprecia la existencia de interés público, como las relacionadas con la videovigilancia o los sistemas de exclusión publicitaria. Entre las novedades, la potenciación de la figura del delegado de protección de datos, persona física o jurídica cuya designación ha de ser comunicada a la autoridad competente, que mantendrá relación con la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos).

La AEPD se configura como autoridad administrativa independiente cuyas relaciones con el Gobierno se realizan a través del Ministerio de Justicia. Se introduce la obligación de bloqueo, que garantiza que los datos queden a disposición de un tribunal, el Ministerio Fiscal u otras autoridades competentes (como la AEPD) para la exigencia de posibles responsabilidades derivadas de su tratamiento. De esta forma se evita que eso datos puedan borrarse para encubrir el incumplimiento. La nueva normativa entrará en vigor el 25 de mayo de 2018.