El Parlamento Europeo ha acordado fijar por ley unas medidas para poner freno el contenido ilícito, responsabilizar a las plataformas digitales de sus algoritmos y mejorar la moderación de los contenidos. Es decir, medidas contra los productos, servicios y contenidos ilegales, incluidos procedimientos claros para su retirada; más opciones para publicidad sin rastreo y prohibición del uso de datos de menores para ofrecerles anuncios personalizadas; quienes adquieran un servicio por internet podrán reclamar indemnizaciones por daños y perjuicios; evaluaciones de riesgo obligatorias y mayor transparencia en los algoritmos para luchar contra los contenidos nocivos y la desinformación.
Éstos y otros son algunos de los elementos que contiene la Ley de Servicios Digitales (DSA), presentada por la Comisión Europea en diciembre de 2020, y sobre la que este jueves los eurodiputados han fijado posición: nuevas reglas para abordar el contenido ilegal, para garantizar que plataformas como Google, Facebook y Amazon rindan cuentas por sus algoritmos y mejores prácticas de moderación de contenido.
El texto aprobado este jueves por el Parlamento por 530 votos a favor, 78 en contra y 80 abstenciones servirá de base para las negociaciones con la presidencia rotatoria francesa del Consejo de la UE, que representa a los Estados miembros.
La eurodiputada socialista Adriana Maldonado, miembro de la comisión de Mercado Interior, responsable del expediente, ha afirmado: “Esta ley es una oportunidad para cambiar el mundo digital para siempre: incluye el derecho de indemnización ante vulneraciones de la ley y que los menores estén protegidos en la publicidad dirigida”.
Tras la votación, Christel Schaldemose (S&D, Dinamarca), la diputada que encabeza el equipo negociador del Parlamento, afirmaba lo siguiente: “Es nuestra obligación garantizar que lo que es ilegal en el mundo real lo es también en el virtual. Tenemos que asegurarnos de que las reglas benefician a los consumidores y los ciudadanos”.
Coto a la desinformación
La propuesta de Ley de Servicios Digitales (DSA) define unas responsabilidades claras para los proveedores de servicios intermediarios y en concreto para las plataformas en línea, como las redes sociales o los mercados digitales.
La Ley de Servicios Digitales establece un mecanismo de “notificación y acción”, además de salvaguardias, para la retirada de productos, servicios o contenidos ilegales de las plataformas digitales. Los prestadores de servicios de alojamiento de datos deberán actuar al recibir tales notificaciones “sin demora indebida, teniendo en cuenta el tipo de contenido ilegal que se está notificando y la urgencia de adoptar medidas”. Los eurodiputados también han incluido unas salvaguardias más estrictas para garantizar que las notificaciones se tramiten de forma no arbitraria y no discriminatoria y respetando los derechos fundamentales, entre ellos la libertad de expresión.
La Eurocámara insiste en que los consumidores han de poder adquirir unos productos seguros en los mercados digitales, por lo que debe reforzarse la obligación de rastrear a los comerciantes (el principio de “conozca a su cliente”).
Obligaciones suplementarias
Las plataformas en línea consideradas de muy gran tamaño estarán sujetas a unas obligaciones específicas por los riesgos concretos que plantean en la difusión de contenidos tanto ilegales como nocivos. La Ley de Servicios Digitales ayudará a limitar los contenidos nocivos (que pueden no ser ilegales) y la desinformación. Para ello, incluirá varias disposiciones: evaluaciones de riesgos obligatorias, medidas de mitigación de riesgos, auditorías independientes y transparencia de los denominados “sistemas de recomendación” (algoritmos que determinan lo que ven los usuarios).
El Parlamento introdujo varias modificaciones más a la propuesta de la Comisión, pidiendo, por ejemplo: que se exonere a las microempresas y a las pequeñas empresas del cumplimiento de algunas obligaciones de la Ley de Servicios Digitales;
publicidad personalizada: el texto busca que los destinatarios de la misma puedan decidir con mayor transparencia y conocimiento de causa, incluida información sobre la forma en que se monetizarán sus datos. Denegar el consentimiento no deberá ser más difícil ni llevar más tiempo que concederlo. En caso de rechazar dar el consentimiento o retirarlo, las plataformas deberán ofrecer otras opciones de acceso, incluida la posibilidad de anuncios sin rastreo; quedarán prohibidas las técnicas de focalización o amplificación a partir de los datos personales de menores con el fin de mostrar publicidad, y tampoco se podrá hacer publicidad personalizada sobre la base de categorías especiales de datos que permiten dirigirse a grupos vulnerables; que los destinatarios de los servicios digitales y las organizaciones que los representan puedan reclamar daños y perjuicios cuando las plataformas no hayan respetado sus obligaciones de diligencia debida; que se prohíba a las plataformas digitales engañar o condicionar a los usuarios para influir en su comportamiento a través de “patrones oscuros”; más posibilidades de jerarquización basada en algoritmos: las plataformas en línea de muy gran tamaño deberán proporcionar al menos un sistema de recomendación que no se base en la elaboración de perfiles.
Otras enmiendas aprobadas en el pleno tienen que ver con la necesidad de los suministradores de respetar en sus términos y condiciones la libertad de expresión y la libertad y el pluralismo de los medios de comunicación, así como una nueva disposición sobre el derecho a usar y pagar por servicios digitales de manera anónima.