En el último de los episodios de El caso Alcàsser se incluyen una serie de conclusiones en rótulos, entre los que aparece una frase que reza que “en 2013 se derogó la doctrina Parot en el Parlamento Europeo”. Una afirmación que la eurodiputada de Renovar Europa, Maite Pagazaurtundúa de Ciudadanos, ha descrito como errónea y ha escrito una carta a Netflix para que corrija el error. Igualmente se ha dirigido a su productor Ramón Campos (Bambú).
En referencia a la excarcelación de Miguel Ricart, único condenado por el asesinato de las tres niñas de Alcàsser, el texto de la eurodiputada recuerda que fue en 2012 cuando la citada doctrina dejó de aplicarse, “tras una sentencia del Tribunal de Estrasburgo”, que “nada tiene que ver con el Parlamento Europeo”. Es por ello que la vicepresidenta de la comisión de Libertades Civiles de la Institución ha solicitado a la plataforma que subsane la equivocación.
“Es evidente el gran trabajo de documentación de esta serie, que nos muestra la importancia del tratamiento informativo de los crímenes que se producen en nuestra sociedad, y sus implicaciones sobre las decisiones políticas”, añade. Sin embargo, “es sorprendente leer este importante error al final del quinto capítulo, cuando el director llega a sus conclusiones sobre el caso”, lamenta.
Pegaza resalta el acierto de la producción en hacernos reflexionar sobre los fake news, la manipulación, y el tratamiento de las víctimas, por lo que considera que es aún más importante que sea realmente rigurosa en la expresión de los hechos. “No debe hacerse creer al público que una institución como el Parlamento Europeo está implicada en una decisión puramente judicial”, indica. Incluso concluye afirmando que “la gestión de la sentencia del TDH merece otro documental de Netflix.
¿Qué es la doctrina Parot?
Establecida por el Tribunal Supremo en 2006 y refrendada luego por el Tribunal Constitucional, la doctrina Parot consistía en la aplicación de los beneficios penitenciarios sobre cada una de las condenas impuestas, y no sobre una sola de 30 años, empezando por la más grave.
La filosofía era que los culpables de múltiples delitos de carácter muy grave pagaran hasta 30 años por cada uno de ellos, y no el límite de 30 años por el total en vigor en ese momento.
La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos se refería únicamente a la liberación de la presa etarra Inés del Río Prada. Sin embargo, el fallo se aplicó en la liberación de otros presos por asesinato (entre ellos 63 etarras). El único condenado por el crimen de las niñas de Alcàsser, Miquel Ricart, salió de la cárcel tras 20 años de prisión tras aplicársele la doctrina Parot.