La Audiencia Nacional ha inadmitido una demanda de Telefónica Audiovisual contra la resolución de la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a cuenta de un episodio de Mira lo que has hecho, recoge Europa Press.
El órgano regulador había requerido a la multinacional, propietaria de #0, la adopción de medidas para garantizar en sus emisiones una imagen respetuosa de las personas con discapacidad, en virtud de lo dispuesto en la Ley General de la Comunicación Audiovisual.
Reaccionaba así a una escena correspondiente al primer capítulo de la comedia de Berto Romero, en la que se realizaba un intercambio de diálogos cómicos a cuenta del Síndrome de Down: “Mira, mira qué gracia. Algún vecino retrasado que ha tirado una colilla y me ha hecho un agujero en la chaqueta”, dice uno de ellos, al que responde otro: “Se dice Síndrome de Down, hijo”.
Califica la broma de “peyorativa e injustificada”
peyorativa e injustificadaTelefónica recurrió la decisión ante la Audiencia Nacional, aludiendo a la libertad creativa de sus guionistas y productores. Sin embargo, el órgano judicial ha desestimado el recurso y suscrito la resolución de Competencia.
El tribunal entiende que el tratamiento y comentarios hacia el colectivo no son “adecuados ni correctos desde el punto de vista social y normativo, a pesar de que la serie es una obra de ficción con escenas humorísticas y satíricas”. A su juicio, la comparativa realizada en los diálogos expuestos es “peyorativa e injustificada”, ya que ni siquiera tiene una connotación humorística que se pueda situar en un contexto en el que estas alusiones puedan puedan considerarse adecuadas o al menos aceptadas.
La sentencia, aún recurrible por casación, ha sido aplaudida por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad, que la califica como una “clara directriz a los operadores audiovisuales” para que respeten la imagen e integridad de las personas con discapacidad o capacidades especiales.