Multa de 203.000 euros a TVE por exceso de autopromociones
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con 203.508 euros a la Corporación de Radio Televisión Española (CRTVE) por superar el límite de tiempo de emisión dedicado a autopromociones.
El artículo 13.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), establece que “para la comunicación audiovisual televisiva, el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los 5 minutos por hora de reloj y sus contenidos estarán sujetos a las obligaciones y prohibiciones establecidas con carácter general para la publicidad comercial”.
Por infracciones tanto en La 1 como en La 2
Las infracciones detectadas en RTVE tuvieron lugar en marzo de 2016 en sus canales de televisión La 1 y La 2, como explica detalladamente el informe completo de 28 páginas.
Contra esta decisión, CRTVE podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.
Esta sanción es fruto de un expediente que la CNMC abrió a la Corporación pública en junio, y ante el que ésta interpuso alegaciones. Al final estas explicaciones han sido desestimadas.