La publicación el pasado lunes del artículo de Francisco Longo en el que puntualiza algunas ideas mías anteriores, me incita a continuar el debate, tan actual, sobre el futuro de la Universidad. El problema, esencialmente, es de modelo universitario, entre un Universidad-empresa y una Universidad como Administración pública que funciona en el marco de un Estado social y democrático. Las diferencias acaso aconsejan hacer un debate más allá de las páginas de Agenda Pública -luego transcrito en ellas- que sus creadores acaso pudieran organizar para un futuro próximo. Sería, además, un debate sobre la realidad de la Universidad, sobre su evolución de los últimos años y sobre los retrocesos que habrá en el futuro por los recortes.
Mas allá de las soluciones que cada están en liza ahora, el debate sobre el modelo universitario tiene que tener presente las reglas constitucionales sobre el diseño de las Universidades, en particular, de las Universidades públicas. Conviene recordar, para refutar la posibilidad de que agentes externos a la Universidad vengan a gestionarlos o que desde fuera se impongan los órganos de gobierno, que la STC 26/1987 anuló preceptos de la Ley de Reforma Universitaria precisamente por el hecho de que era un órgano de participación minoritaria de la comunidad universitaria como es el Consejo social el que decidía sobre las plazas de profesorado y sobre el número de departamentos. Todo aquello que afecte a la docencia e investigación, dijo entonces el Tribunal Constitucional, no puede estar atribuido a órganos en los que la participación de la comunidad universitaria es minoritario, como ocurre con la decisión sobre sacar a concurso unas plazas de profesor. Si se permite que el Rector sea externo a la comunidad universitaria, la consecuencia inmediata será la inconstitucionalidad de la regla.
Algo parecido ocurre cuando hablamos de la flexibilización de la selección de profesorado. ¿Queremos hacer un régimen autónomo para las Universidades públicas que no cumpla con los principios de mérito y capacidad que están en el artículo 23 de la Constitución? Es cierto que alguien me podrá hablar de la endogamia que existe, no más que en otros sitios, por cierto, empezando por el propio sector privado. Pero es una cuestión que deriva de como se ejercitan las funciones públicas de miembro de las comisiones y de como se recibe una respuesta ilegal. Hay que felicitarse de que en los últimos tiempos la conflictividad haya aumentado porque los damnificados presentan recursos, de que se anulen los resultados de los concursos mal tramitados y que se reponga la legalidad por parte de los Tribunales de Justicia. Y cuando se cuestiona el papel de los sindicatos, que ha aparecido por parte de alguna Administración popular, ¿queremos una relaciones laborales en la Universidad sin órganos de defensa de los derechos e intereses de los trabajadores? Esto es, ¿inaplicamos el artículo 28 de la Constitución en las Universidades públicas? No parece muy razonable.
Ciertamente, cuando se habla de los expertos externos a la Universidad, me preocupa. Por un lado, porque en este momento hay un órgano de gestión que permite la participación de la sociedad en el gobierno universitario que ha fracasado en el papel primordial que tiene encomendado: intensificar las relaciones entre sociedad y Universidad y atraer recursos. Esencialmente porque no están a diario en la gestión de la Universidad, ya que son personas con otra ocupación, por muy relevantes que sean las personas que acuden mensualmente a las reuniones. Pero recordemos que tal como señaló el Tribunal Constitucional, para ejercer las funciones centrales de gobierno y administración, hace falta ser interno a la propia Universidad.
Internacionalización. Sí, de acuerdo. El esfuerzo que se viene haciendo en los últimos años es especialmente importante y parece que no se quiere tener presente. Conviene recordar, en este sentido, que la única Universidad del mundo que tiene un centro mixto en la Harvard University es la Universidad Complutense de Madrid, a través del Real Colegio Complutense en Harvard, centro por el que hemos pasado más de 1.500 investigadores de toda la Universidad española. Pero supone, también, olvidar la creación en la pasada legislatura de la Fundación para la proyección internacional de las Universidades españolas, los Campus de Excelencia Internacional que tenían como uno de sus presupuestos la internacionalización, los programas especiales que impulsó el anterior gobierno para que los estudiantes salieran al extranjero con complementos a las exiguas becas Erasmus, los planes muy reducidos en el último año de movilidad del profesorado o de los becarios predoctorales. En fin, los proyectos de captación de estudiantes latinoamericanos y asiáticos que las Universidades impulsamos se han visto muy resentidos por el aumento brutal de las tasas universitarias. Acciones todas ellas que requieren tiempo para obtener frutos y recursos económicos. El tiempo lo han eliminado los recortes en los recursos que se están produciendo en los últimos tiempos.
El control y la responsabilidad ante la sociedad. ¿Se sabe que cada seis años los profesores estamos sometidos a un control para la obtención de los sexenios de investigación del que dependen nuestras retribuciones variables y la posibilidad de realizar ciertos actos de la vida académica? ¿Y cada cinco somos examinados para valorar los méritos de docencia? ¿Y que los complementos autonómicos también varían en función de los méritos de cada uno de nosotros? A ello se añade que un profesor de mis características tiene que ser doctor, ha sido examinado en diversos grados de contratación administrativa (3 en mi caso), más las oposiciones de titularidad y de cátedra, que vienen después de un complejo proceso de acreditación que exige docencia e investigación. Mis artículos antes de ser publicados son evaluados por paneles ciegos en las revistas de impacto. Y pese a todo ello, un catedrático de universidad no alcanza el nivel 30 en la clasificación de puestos de trabajo de la Administración.
Institucionalmente, el control y la responsabilidad ante la sociedad también es profundo. Las titulaciones universitarias tienen que ser examinadas cada tres y cada seis años por la agencia de calidad. Los institutos de investigación son evaluados periódicamente. Anualmente, las Universidades tenemos que ser examinados económicamente por una auditoría externa, el Consejo social y el Tribunal de Cuentas autonómico. La parte flexible de la financiación, la vinculada a proyectos de investigación, es el resultado de procedimientos competitivos en el que los evaluadores rechazamos a muchos por mal planteados, ser insostenibles económicamente o científicamente o por coincidentes con otras actuaciones. Estamos, además, sometidos a las evaluaciones de las Agencias de Protección de Datos. ¿Me puede alguien decir unos empleados públicos y unas instituciones más controladas que las Universidades?
Por otra parte, no podemos olvidar las importantes tareas que se han desarrollado en los últimos años en materia de responsabilidad social universitaria, que engloba un número amplísimo de actividades. Esto incluye, por ejemplo, la consideración de la Universidad como agente de la política española de cooperación al desarrollo. Hoy, lamentablemente, también en riesgo como la que desarrolla el Gobierno de España.
El modelo actual de Gobierno universitario tiene sus dificultades -como tiene cualquier organización compleja, por otra parte-, pero tiene una ventaja indudable: la legitimidad del Rector por la votación por el conjunto de la comunidad universitaria. Un plus que los modelos que se proponen están lejos de satisfacer. Esto da un plus que facilita enormemente la gestión diaria, tanto que de mi experiencia de ocho años no recuerdo que el equipo de gobierno perdiera una sola votación en Consejo de Gobierno ni en Claustro ni que la gobernabilidad de la UCM fuera un problema. Todo ello con participación y diálogo. Lo que sí nos generó muchos problemas de gestión fueron los impagos de la Comunidad de Madrid, el incumplimiento de los contratos programas de inversiones que impidieron cualquier actuación planificada en el tiempo y que ocasionaron muchos gastos a la UCM.
Asumo que el modelo electoral actual, por sufragio universal en la comunidad universitaria, pueden dar un resultado de un mal Rector. Pero, ¿lo evitan el sistema de los expertos que se propone? Recuerdo que es el sistema que tiene Harvard y que no evitó que su anterior Presidente, Summers, tuviera que dimitir por su mala gestión. Todo ello, además, con un coste muy distinto. La actual Presidenta de Harvard gana 875.000$ anuales. Ahora hay críticas en España porque la Gerente de la UCM gana unos 100.000$ anuales a pesar de que gestiona un presupuesto de casi 600.000.000€. Cualquier Rector de Universidad pública cuesta a su Universidad su sueldo normal de Catedrático más 17.000€. O lo uno o lo otro, las dos cosas al tiempo no son posibles.
Las anteriores consideraciones no me hacen creer que la Universidad sea el paraíso ni que se pueda mejorar la gestión, centro a centro, Universidad a Universidad. Hay un problema importante de falta de recursos, que en mi opinión deben ser aportados por las Administraciones territoriales. Es un mandato constitucional, recogido en el artículo 44.2 de la Constitución, que obliga a que los poderes públicos promuevan la ciencia en beneficio del interés general. No sé cómo se concilia con los recortes que limitan la capacidad de ciencia en la Universidad. La política de precios públicos está conectada con el articulo 27 de la Constitución y tiene una función esencialmente redistributiva, que configura mejores ciudadanos y mejores técnicos para el sistema productivo. Es una consecuencia de la cláusula del Estado social que configura a España el artículo 1.1 de la norma fundamental.
Cuando se miran otros modelos de financiación, anglosajones especialmente, hay que enmarcarlos en lo que son las sociedades de cada uno de los países y el papel que tiene la sociedad civil. La biblioteca Widener, la más importante de Harvard, por ejemplo, es el resultado de una donación de Eleanor Elinkins Widener en honor de su hijo Harry, un ex alumno fallecido en el Titanic. Recientemente, otro ex alumno acaba de donarle 30 millones de dólares. La reforma de la biblioteca de la Law School también es el resultado del mecenazgo. ¿Está la sociedad española en condiciones de hacer algo parecido? Por que si no lo está, vamos a hacer un pan… defectuoso. Acaso el Banco de Santander, a través de Universia, es el único que se sale de este juicio. Si se puede señalar que acaso se pudiera mejorar la legislación española para favorecer el mecenazgo a la Universidad. Lo que no quita para que, en mi opinión, tengan que ser las Administraciones Públicas las que asuman la financiación de las Universidades y nos debieran llegar a porcentajes equivalentes que los países de la Unión Europea.
No eludo que se pueda refinar los mecanismos de gestión entre departamentos, facultades e institutos, aunque el peso y la tradición de cada Universidad ha creado mecanismos y reglas de funcionamiento adaptados a sus características, historia y problemática. No es lo mismo una Universidad de reciente creación que cualquiera de las grandes la de las históricas; ni una monocampus que una con varios dispersos en el territorio.
Con ello quiero mostrar que el debate sobre la Universidad no puede estar anclado en tópicos del pasado sino que ha de entrar a analizar lo realizado en los últimos ocho años. Recogiendo el testigo de la Ley Orgánica de Universidades de 2001, desde 2004 se proporcionó un nuevo impulso a la Universidad, mejorando su actividad y que ha permitido un mejor cumplimiento de la función pública que motiva su presencia en el artículo 27.10 de la Constitución. Cuando se insiste en el cambio, a un ritmo acrítico que suene a música de ranking de Shangai, el riesgo que se corre es de vuelta atrás, de paralización al ritmo real de música de recorte.