Es licenciado en Derecho, tiene 25 años, una discapacidad del 34% por una malformación en su mano izquierda y vive en Medina Sidonia (Cádiz). En octubre de 2016, por el ámbito de Andalucía y por el sistema para personas con discapacidad, realizó el examen para acceder al Cuerpo de Auxilio Judicial por oposición libre. Había una única plaza en juego y no resultó agraciado. Pero la persona a la que finalmente se le ha adjudicado obtuvo una puntuación total menor que la suya, no superó la nota mínima de corte de cada uno de los dos ejercicios y, lo que más llama la atención, no consta como discapacitado ni antes, ni durante, ni después del proceso. Únicamente aparece como persona con esa condición en la relación oficial de aprobados. Considera que ha habido irregularidades en el proceso selectivo y ha denunciado el caso.
El joven interpuso recurso de alzada y reposición el pasado 3 de enero y, actualmente, espera la tramitación de la justicia gratuita para presentar un recurso contencioso-administrativo contra el Ministerio de Justicia por la desestimación por silencio administrativo del primer recurso. “No hemos recibido contestación alguna ni del Ministerio ni del tribunal del proceso”, lamenta el joven, que indica que a partir del 3 de abril el opositor al que se le ha adjudicado la plaza puede tomar posesión en el destino elegido “a pesar de no constar como discapacitado en las resoluciones de admitidos y excluidos y haberse presentado por el turno general, cambiando de lista a su conveniencia”. Esta acción, asegura, está “prohibida rotundamente por el Tribunal Supremo” y “el tribunal calificador de las pruebas lo ha permitido e ignorado”, añade aludiendo a reciente jurisprudencia que cita en su recurso, al que ha tenido acceso este periódico.
En el proceso se ofertaron 30 plazas en Andalucia (29 por el turno general y una reservada a personas con discapacidad). El examen se realizó en toda España y constaba de dos ejercicios, uno teórico de tipo test y uno practico, tipo test también. Para superar el examen había que pasar el corte que para cada ejercicio establece el tribunal. En noviembre se hizo publica la nota de corte y la relación de aprobados. El joven recurrente, como ha comprobado este periódico, obtuvo una calificación de 91'25 en el primer ejercicio, superando ampliamente el corte (76,75) pero quedándose fuera en el segundo, dado que el tribunal estableció la nota mínima en 77'5 y su calificación fue de 76, por lo que quedó eliminado del proceso en este segundo ejercicio.
“Tres escritos y ninguna explicación”
Su sorpresa llegó cuando, revisando la lista de admitidos y excluidos, observó cómo la persona a la que se le ha adjudicado la plaza (con una puntuacion de 82 y 85 puntos, 167 en total) no constaba como discapacitado ni antes, ni durante, ni después del proceso. Solo aparecía como persona con esa condición en la lista de aprobados, ya publicada en el BOE. Además, denuncia que hay personas que aprueban, aunque sin plaza, superando ambos ejercicios con una puntuación muy inferior a la suya, con 155 puntos, por ejemplo, si bien la suma de la puntuación de los ejercicios (167,25 en su caso) no es definitiva para conseguir plaza.
La nota de corte en el cupo de reserva para personas con discapacidad es inferior a la del turno general, que fue de 82,25 y 88,5. La del opositor agraciado con la plaza, como acudió por el turno general, es superior. Sin embargo, “a pesar de faltarle 3,5 puntos en un ejercicio y 0,25 en el otro para superarla consta como apto en los dos de forma inexplicable”, asegura el joven denunciante.
“Desde mi posición considero una falta de transparencia absoluta por parte del tribunal, una injusticia hacia mi persona y una tomadura de pelo a las personas con discapacidad que acudieron a Sevilla el 1 de octubre de 2016”, concluye este joven, que asegura haber presentado otro escrito “pidiendo explicaciones e impugnando el proceso”. “Es decir, tres escritos y ninguna mera explicación. Deberían haber dado transparencia y aclararlo todo pero se amparan en el silencio administrativo y en la posibilidad de no contestar”, lamenta.
La discapacidad de este joven es en la mano izquierda. Carece de dedos en ella salvo el pulgar y las dimensiones de la muñeca y del brazo son inferiores en comparación con el derecho. Es una malformación de nacimiento. El pulgar junto con el muñón le permiten hacer un efecto pinza por lo que puede hacer una vida normal, incluso conducir sin ayuda, explica.