El Gobierno andaluz ha acordado derogar la norma que en los últimos dos años le ha servido para dar cobertura jurídica a miles de contrataciones de servicios, suministros y obras realizadas a dedo y de forma exprés. La derogación se produce una semana después de que Juan Bravo, consejero de Hacienda, tuviese que comparecer en el Parlamento andaluz para hacer frente a las críticas de la oposición, que denuncia el abuso extemporáneo de este mecanismo de contratación.
Hasta ahora, el artículo 9 del Decreto 3/2020 facultaba al ejecutivo andaluz para declarar contratos de emergencia todos aquellos con los que adopta “cualquier tipo de medida directa o indirecta” para “hacer frente al COVID-19”. Este marco legal se articuló durante el primer Estado de alarma. Tenía la finalidad facilitar la adquisición ágil y rápida de material sanitario en un contexto de gran escasez, y se había mantenido hasta ahora (cuando abunda lo que antes escaseaba) a pesar de ser un sistema mucho más laxo con el cumplimiento de los mecanismos habituales de contratación pública.
La propia Dirección General de Contratación de la Consejería de Hacienda publicó el 18 de junio del año pasado unas instrucciones advirtiendo a los departamentos de contratación de que a partir de ese momento debía tener “carácter excepcional y residual”, y que la administración debía motivar sus razones para acudir a esta vía. Sin embargo, el procedimiento ha seguido utilizándose con cierta frecuencia hasta bien entrado el año 2022.
En las últimas semanas la oposición había exigido su cancelación, por entender que este tipo de contratos ya no está justificado. Un informe preliminar de la Cámara de Cuentas andaluza contabiliza 17.472 contratos de emergencia por un importe global de 979,8 millones en 2020, en su mayor parte para la adquisición de material y servicios, menores y a cargo del Servicio Andaluz de Salud (SAS). En 2021 la cifra fue menor, pero aún se cuentan por miles: Juan Bravo, consejero de Hacienda, reveló que el año pasado la Junta de Andalucía recurrió a este procedimiento para suscribir 4.124 contratos a dedo por valor de 502,7 millones de euros, el 84% de ellos destinados al SAS.
El acuerdo para la derogación de este sistema ha sido adoptado este martes por el Consejo de Gobierno, que dice entender ahora que “en la situación sanitaria actual han dejado de concurrir las razones” que le llevaron a aprobar este mecanismo de contratación supuestamente excepcional.
Un mecanismo supuestamente “residual”
El director general de Contratación de la Junta, Alejandro Torres, había pedido que su uso fuera “excepcional” y “residual”. En un escrito que hizo llegar en junio del año pasado a los departamentos de contratación del Ejecutivo andaluz, sus entidades instrumentales y sus consorcios adscritos, Torres dio su visto bueno a los contratos de emergencia con la condición de que “la necesidad a satisfacer” no pudiera cubrirse recurriendo a otro procedimiento de contratación. Sin embargo, sus indicaciones han caído en saco roto en decenas de ocasiones desde entonces. Distintos organismos de la Junta de Andalucía, especialmente la Consejería de Salud, han seguido utilizando ese procedimiento de contratación.
Estos contratos exprés debían obtener la aprobación del Gobierno andaluz, aunque sean menores, de modo que el histórico del Consejo de Gobierno ofrece un balance fidedigno de su uso. Los primeros nueve Consejos de Gobierno celebrados en 2022 recogen nueve contratos exprés, por un montante global de 16,3 millones de euros. Ocho corresponden al ámbito sanitario, la mayoría para la adquisición de test de antígenos y otros suministros. Sin embargo, hay al menos uno que aparentemente no guarda relación con la pandemia: las obras de reparación del Hospital Marítimo de Torremolinos.
Las “sospechas” de la oposición
Los contratos exprés están en el punto de mira de la oposición, que ha vertido “sospechas” sobre su uso abusivo de un sistema que, según el diputado Mario Jiménez, es “arbitrario” y “discrecional”. Jiménez deslizó la semana pasada posibles tratos de favor, pero sin concretar sus acusaciones. Ismael Sánchez, de Unidas Podemos, aseguró que se ha usado para contratar el servicio de limpieza en las instalaciones de VEIASA en Córdoba un contrato que no tendría nada que ver con la pandemia.
Al derogar el artículo 9 del Real Decreto-Ley 3/2020, la Junta de Andalucía recupera ahora la regulación previa y general para la contratación de emergencia, más restrictiva con los supuestos en los que se le permite contratar prescindiendo o flexibilizando los requisitos de publicidad y concurrencia.
La propia Junta de Andalucía ha recordado que sigue teniendo a su disposición una tramitación de emergencia “ordinaria”, prevista en el artículo 120 de la Ley de Contratos del Sector Público, y que permite a las administraciones evitar la tramitación de un expediente de contratación, sustraerse de los requisitos formales e incluso contratar sin “crédito suficiente”. Sin embargo, solo puede aplicarse cuando la Administración “tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidades que afecten a la defensa nacional”.