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El TSJA anula la autorización ambiental de las minas de Riotinto por obviar la “exposición pública”

Estado de la balsa de lodos de la mina de Riotinto en mayo de 2018 / EA

Alejandro Ávila

6.500 kilos de explosivos fueron el pistoletazo de salida para reabrir la milenaria mina de Riotinto (Huelva) en 2015 y extraer así las 153 toneladas de cobre que se estima que quedan en sus entrañas. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía acaba de anular la Autorización Ambiental Unificada (AAU) que la Consejería de Medio Ambiente le concedió en 2014.

¿El motivo? Se otorgó el permiso ambiental a Emed Tartessus (hoy, Atalaya Mining) sin su correspondiente periodo de exposición pública, para que cualquier ciudadano pudiera recurrirlo. En concreto, la empresa “presentó numerosa documentación que se consideraba indispensable para la tramitación del expediente” después de un primer y único periodo de exposición pública y, por tanto, se impidió la participación pública en una de las fases del procedimiento.

Dicha documentación “indispensable” incluía información sobre “suelos contaminados, ampliación del estudio acústico, aclaración sobre escombreras activas y pasivas, autorización de aprovechamientos forestales, estudio específico de afecciones a la Red Natura 2.000, adenda al estudio de impacto ambiental así como la matriz actualizada de valoración de impactos, aplicación de mejoras técnicas disponibles en el proceso de deposición de estériles y análisis de alternativas a este proceso”.

Según los denunciantes, la organización Ecologistas en Acción, “la explotación minera no contaría con el permiso ambiental necesario para seguir operando. Además la anulación de la AAU va a conllevar de forma inmediata la nulidad de la Resolución de 23 de enero de 2015 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas que autorizó el reinicio de la explotación minera de Riotinto, que está igualmente pendiente de próxima sentencia en la misma Sala del TSJA”.

La Junta de Andalucía, que ha recibido este martes la sentencia, asegura que interpondrán recurso de casación ante el Tribunal Supremo, ya que sus servicios jurídicos “ven razones suficientes” para interponerlo y aseguran que el fallo se debe a una mera “cuestión de forma en el procedimiento del otorgamiento de la autorización ambiental”.

¿Puede seguir funcionando la mina de Riotinto?

¿Puede seguir funcionando la mina? Desde el momento en el que el Tribunal Supremo acepte el recurso de la Junta de Andalucía y/o de la empresa minera, el procedimiento queda suspendido hasta que el alto tribunal se pronuncie. Es decir, pueden seguir adelante con la explotación de los metales.

Con una salvedad: que los denunciantes soliciten la ejecución provisional de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. El TSJA tendrá que decidir si la ejecuta y si lo hace con una fianza de mayor o menor cuantía. Atalaya Mining, según recoge Europa Press, asegura que la sentencia “no tiene ningún efecto sobre las operaciones actuales ni futuras de la compañía”.

Desde Ecologistas en Acción subrayan que “sin ningún tipo de duda es la mina que más nos preocupa de Andalucía. Hay diez veces más lodo que en Aznalcóllar y contienen los mismos metales (arsénico, cadmio, plomo...)”.

Subrayan que, desde que la mina comenzó a funcionar a mediados de 2015, “ha incumplido radicalmente las condiciones de espesamiento de los lodos vertidos a las grandes presas del recinto minero. Tenían que verter los lodos con un 50% de densidad de agua y lo están haciendo al 70%. Eso significa que la primavera pasada que fue muy lluviosa, las balsas rebosaron y el agua se empezó a filtrar por la base de los muros”.

Paralización cautelar de la actividad minera

La organización ecologista ha mostrado su preocupación con esta mina en numerosas ocasiones. En verano, aseguraban que “la situación de riesgo de rotura en las balsas de Riotinto ha llegado a tal punto de inseguridad que desde Ecologistas en Acción hemos solicitado al TSJA, en base al principio de precaución, la paralización cautelar de los vertidos de lodos en esas balsas, para evitar precisamente que se pueda producir esa rotura antes de que el Tribunal dicte sus sentencias. La situación actual es similar a la que finalmente condujo a la catástrofe anunciada de 1998”.

Según un estudio de la empresa Ayesa, si las balsas que contienen los lodos de la mina se rompieran, como ocurrió en Aznalcóllar, podría afectar a zonas pobladas de los municipios de Gibraleón y Huelva, “que podrían ser inundadas por una onda de vertido tóxico de hasta 5 metros, no descartándose la pérdida de vidas humanas”.

Según el estudio recogido por Ecologistas en Acción, “se podrían derramar 66,28 millones de m3 de lodos tóxicos (en Aznalcóllar se derramaron 6 millones). Los lodos caerían desde alturas de entre 46 y 64 m (según el punto de rotura), al arroyo Rejoncillo y/o al barranco de la Aguzadera, y en poco más de 30 minutos llegarían al río Odiel, llegando al mar y pudiendo afectar a las costas de Doñana”.

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