Endesa aún no ha tenido conocimiento oficial de la sanción de la Junta de Andalucía conocida este martes tras el Consejo de Gobierno pero argumenta que ha actuado “en base a la normativa vigente” y que el expediente a raíz de una denucia de Facua que ha derivado en la multa tiene su origen en “una interpretación” de la ley.
Fuentes de la compañía informan a eldiario.es/andalucia que, aunque se desconoce en qué términos en concreto se ha establecido la sanción, ésta será recurrida ya que “todos los contadores con posiblidad de telegestión se le aplica ese alquiler”. “Endesa, al igual que el resto de distribuidoras eléctricas, aplica la normativa, y Facua no entiende esa interpretación de la ley igual que nosotros, pero en nigún momento hemos sido alegales o hemos estado fuera de la ley”, apuntan.
Las fuentes recuerdan que el Real Decreto 871/2007 señala que “a partir del 1 de julio de 2007 el precio de alquiler de los nuevos contadores electrónicos con posibilidad de telegestión a los que hace referencia la disposición adicional del Real Decreto 809/2006 por el que se revisa la tarifa eléctrica, considera no sólo el precio del propio equipo sino también los costes asociados a la instalación y verificación, así como que la operación y el mantenimiento será de 0,78 euros/mes, manteniéndose el resto de precio de alquiler de contadores establecidos”.
Endesa señala al respecto que “a partir de septiembre de 2015 hemos sido la única empresa distribuidora que hemos dejado de aplicar esa tarifa, entendiendo que puede haber discriminación a raíz dd las denuncias que se han ido presentando por asociaciones de consumidores”.
“Es una interpretación”, insiste la compañía, que señala por ejemplo que, en Baleares, Facua interpuso el mismo recurso y la resolución de la Administración fue positiva a Endesa. Un juez de Sevilla también interpretó que la compañía actuó de acuerdo a la normativa, añaden las fuentes, al igual que la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia también ha emitido algunos dictámenes favorables a la aplicación de la norma como la ha interpretado Endesa y otras compañías.
La Comisión, cocluye Endesa, también entiende que habría que cambiar la normativa, no que la aplicación sea errónea, ilegal o que haya intencionalidad por parte de las empresas de hacer un cobro indebido o abusivo para los clientes. Es una interpretación de la ley y nosotros también somos partidarios de modificarla, do debería tomar partido a nivel ministerial.