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La Fiscalía se reafirma en que las transferencias de financiación de la Junta para los ERE fueron “fraudulentas”

Fiscalía ve "inadecuado o fraudulento" el uso de las transferencias de financiación en los ERE

Europa Press

SEVILLA —

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La Fiscalía Anticorrupción, en su informe final, considera que el uso “inadecuado, indebido o fraudulento, llámese como se llame”, de las transferencias de financiación para el pago de las ayudas de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos concedidas por la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo era una situación detectada por la Intervención General en sus informes de Control Financiero Permanente y puesta en conocimiento de sus destinatarios.

Haciendo uso de los informes de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), a cuyos peritos ha defendido el fiscal Manuel Fernández en su intervención, el Ministerio Público ha resumido que el uso de las transferencias de financiación para allegar al Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), posterior Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), fondos del programa presupuestario 31L por parte de la Dirección General de Trabajo para el pago de las ayudas concedidas por este órgano es “inadecuado” por no cumplir los requisitos de dicha herramienta al no financiar actividades propias de IFA/IDEA sino el pago de subvenciones.

El uso de las transferencias de financiación “no se ajustó al procedimiento legalmente establecido”, lo que suponía “la vulneración” de la Dirección General de Trabajo de las leyes de presupuestos y de la Ley General de Hacienda Pública de Andalucía, “concediendo subvenciones excepcionales prescindiendo del procedimiento legalmente establecido” para ello.

El uso de las transferencias de financiación del programa presupuestario 31L durante la década investigada ha sido el segundo bloque abordado por la Fiscalía en su informe final del juicio contra 21 altos cargos de la Junta --tras la retirada de la acusación contra el ex secretario general de Hacienda Antonio Estepa-- por el procedimiento específico por el que se concedían las ayudas de los ERE.

En el año 2000, la Junta llevó a cabo un cambio en la aplicación presupuestaria utilizada hasta entonces para el pago de las subvenciones excepcionales, introduciendo por primera vez el concepto presupuestario transferencias de financiación. “Una decisión adoptada conscientemente por los acusados en el ejercicio de sus funciones”, según la Fiscalía.

Este cambio de herramienta presupuestaria se reflejó en el convenio marco firmado en julio de 2001 entre el consejero de Empleo José Antonio Viera y el presidente del IFA y viceconsejero de Empleo Antonio Fernández, ambos acusados. En el mismo se recogía que la Dirección General de Trabajo allegaría fondos del programa 31L vía transferencias de financiación a IFA/IDEA para que este ente materializara el pago de las ayudas concedidas previamente por la Dirección General.

“NO ENCUENTRA FUNDAMENTO PARA EL CAMBIO”

La Fiscalía ha expuesto este miércoles que “no encuentra fundamento que sustancie este cambio”, que conllevó que el crédito consignado en el 31L a transferencias de financiación a IFA/IDEA se tramitara de forma global en un solo expediente con el traspaso de fondos en su totalidad, con autorización de la Secretaría General Técnica y fiscalización de la intervención delegada en Empleo, teniendo en cuenta que las transferencias de financiación “no requieren de justiciación” para ser fiscalizadas. “Los fondos se integran en el presupuesto de IFA/IDEA con destino a actividades del ente y son objeto de Control Financiero Permanente”, ha añadido el fiscal anticorrupción.

De otro lado, ha insistido en que “ha quedado acreditado” que la Dirección General de Trabajo “asumió compromisos frente a terceros para conceder ayudas sin sujetarse a procedimiento alguno, pues no consta solicitud, ni resolución de concesión, ni otros trámites requeridos”. “Tampoco está acreditada la finalidad pública de las ayudas, ni la competencia legal del director general de Trabajo para su concesión”.

La Fiscalía, en su informe, también ha puesto de relieve que “ninguna de las ayudas concedidas estaba incluida en la base de datos creada por la Consejería de Hacienda para su control, siendo la obligación del órgano concedente su registro y constituyendo un trámite esencial por lo que los interventores no debían fiscalizar de conformidad dichas ayudas”.

Sobre la ausencia de fiscalización de las ayudas concedidas “se nos podrá decir que sólo afectaba a la Consejería de Empleo, excluyendo a los gestores de IFA/IDEA porque nada conocía de los convenios y porque la gestión era de la Dirección General de Trabajo. También se puede decir que los responsables de la Consejería de Hacienda eran ajenos a la tramitación”.

“Si bien, el informe adicional de Control Financiero Permanente de IFA/IDEA del ejercicio de 2003 conocido en 2005, notificado a sus destinatarios, según recoge la normativa --Miguel Ángel Serrano Aguilar (director general de IDEA); Francisco Vallejo (consejero de Innovación); José Antonio Griñán (consejero de Hacienda), a través de su viceconsejera Carmen Martínez Aguayo; y el exconsejero de Empleo Antonio Fernández-- detectó deficiencias”, entre ellas la ausencia de control previo.

“Cómo es posible que desde el año 2001 los fondos del programa 22E, posterior 31L, se gastaran, ejecutara y tramitaran con falta de procedimiento legalmente establecido”, se ha preguntado el fiscal, que ha precisado que con el cambio de concepto presupuestario y el consiguiente procedimiento seguido para conceder las ayudas “se separa la concesión de las subvenciones y el pago, entre la Dirección General de Trabajo y el IFA, lo que motivó las deficiencias”.

Antes de entrar a abordar las cuestiones jurídicas objeto de debate en el juicio, la Fiscalía ha explicado las modificaciones introducidas en sus conclusiones definitivas, procurando en primer lugar “ofrecer mayor detalle en la participación de los encausados en los hechos”, frente al “déficit de concreción” que detectan las defensas en las conclusiones de las acusaciones.

Los indicios existentes en la fase de instrucción que sustentaban la acusación contra Antonio Estepa “no han adquirido la necesaria solidez para sostener dicha acusación” tras la práctica de la prueba.

“NI DUDAS NI VARIACIONES SOBRE EL OBJETO DE LA CAUSA”

Frente a lo expuesto este martes por el abogado del exconsejero Antonio Fernández y la pretendida intención de la Fiscalía en su escrito de conclusiones de intentar retirar la concesión y pago de las ayudas --hechos que sustentan el delito de malversación-- de esta causa porque quiere que se juzgue en las piezas separadas, lo que la Sección Séptima no le permite“, en alusión a las resoluciones de esta sala de apelación de los recursos de los altos cargos acusados en los ERE y que, en base al principio 'non bis in ídem', están confirmando las exclusiones de éstos de las piezas separadas para que no sean juzgados dos veces por los mismos hechos.

En este punto, la Fiscalía ha explicado que “en ningún momento procesal de esta causa ha variado su criterio ni ha tenido dudas sobre el objeto de la misma”, si bien en las conclusiones provisionales “pudieron llevar a un mal entendimiento”, ahora “se pretende eliminar de forma rotunda para evitar equívocos”.

Esta Fiscalía “no entiende que los pagos singulares de la Consejería de Empleo de las ayudas” sean objeto de este procedimiento. “Mal se puede enjuiciar lo que no se ha instruido ni es objeto de este procedimiento”, ha añadido.

Para la Fiscalía, el objeto de esta causa “integra los hechos que facilitaron que los fondos salieran de las arcas públicas eludiendo los mecanismos de control, justificación e, incluso, reintegro”.

En este sentido, ha asegurado que “no es factible reproducir el 'iter' de cada pago ni haber ampliado el objeto a los pagos, trayendo a personas beneficiarias de forma ilícita”.

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