La larga instrucción de una macrocausa como la de los ERE da lugar a muchas vueltas. El ahora ministro de Interior, Juan Ignacio Zoido, y la que fuera instructora del caso durante cuatro años, Mercedes Alaya, que coincidieron en los juzgados de Sevilla cuando Zoido era decano de los jueces, vuelven a encontrarse a raíz de una providencia de la jueza María Núñez Bolaños, que ahora instruye la pieza separada de la Faja Pirítica de Huelva en la que se investiga a un par de exresponsables del Ministerio de Empleo, entre otros.
La jueza Núñez Bolaños ha dictado una providencia en la que, entre otros numerosos extremos, solicita para la práctica de pruebas que se libre oficio a la Delegación de Gobierno en Andalucía a fin de que aporte el acuerdo firmado entre el entonces delegado de Gobierno de Andalucía, José Torres Hurtado, y el que fuera consejero de Empleo de la Junta, José Antonio Viera, el 27 de febrero de 2002, así como una copia del 'Plan Unico del Gobierno Central para paliar la crisis de la Faja Pirítica' y su expediente completo de elaboración. En febrero de 2003, Zoido, que sustituyó al exalcalde de Granada, suscribió con los representantes sindicales un acuerdo para analizar los expedientes. La jueza también pide copia del acta de aquella reunión.
Pues bien, la jueza Alaya, en un auto fechado el 10 de noviembre de 2011, solicitó en un auto de la entonces causa matriz, luego despiezada, aquel Plan Único del Gobierno para tramitar las ayudas a los mineros onubenses y los compromisos que en él se contemplaron. Y se lo pidió a la representación legal de Zoido y Antonio Sanz, exsecretario general del PP-A entre 2006 y 2012, ya entonces personados en la causa en nombre del PP como acusación popular, para que lo aportaran con el fin de que la información de su contenido constara “a la mayor brevedad” en la causa.
Unas ayudas obviadas
Pues ni parece ser que se le remitiera rápidamente ni consta en las actuaciones del caso a tenor de que la jueza, pasados más de seis años y tras abrir una pieza separada por unas ayudas que la propia jueza Alaya obvió durante la instrucción, ha solicitado la información a la Delegación del Gobierno de la comunidad, precisamente dirigida por Antonio Sanz. Alaya decía en su auto que el juzgado había buscado “en varias bases de datos” pero que, aprovechando que aquel acuerdo se firmó con el PP en el Gobierno de la nación, se lo pedía directamente a los abogados de Zoido y Sanz, como representantes del PP-A, así como a la representación procesal de la Junta.
Años después de aquel auto de Alaya, durante la ratificación del informe pericial clave de la causa, la jueza no quiso profundizar en el origen de las subvenciones concedidas a los mineros de la Faja Pirítica. La entonces titular del juzgado consideró “impertinente” la pregunta de un abogado que pedía que se aclarara por qué no se publicaron las bases reguladoras de las subvenciones otorgadas por el Gobierno central. El equipo pericial admitió que no había examinado cómo se tramitaron esas ayudas, las únicas que constan en autos como cofinanciadas entre Junta y Ministerio, pero sobre las que ahora deberá pronunciarse muy en detalle el departamento que actualmente dirige Fátima Báñez.
Y es que la providencia de Núñez Bolaños contiene, además de la vieja reclamación del juzgado para hacer las pertinentes comprobaciones, la novedad de que se recoge la petición de la Fiscalía Anticorrupción, enviada el pasado 15 de diciembre y que hasta ahora no había trascendido, para que el Ministerio de Empleo y Seguridad Social aclare si en todos los expedientes reseñados en un informe enviado en septiembre al juzgado constaba solicitud conjunta de la empresa y de los representantes de los trabajadores, o directamente por éstos últimos; si recayó resolución expresa de concesión de las ayudas; o si los citados expedientes estaban sujetos a fiscalización y a qué extremos abarcaba la misma, según consta expresamente en la providencia.
Justificaciones y reintegros
También se interesa la Fiscalía, que parece dar por hecho que las ayudas se otorgaban bajo el régimen de concesión directa bajo la norma ministerial de 1995, por si todos los expedientes reseñados estaban sujetos a disponibilidad presupuestaria existente, si fueron objeto de justificación por los beneficiarios, si en dichas ayudas se inició algún procedimiento de reintegro, debiendo, en su caso, hacerse una relación de tales procedimientos por cada ayuda concedida. En relación a esta pieza, Anticorrupción apenas hace unos meses no se mojaba sobre si las ayudas de los ERE tenían un marco legal estatal, mientras que el juez Martín rechazó anteriormente que el Ministerio aclarara en persona esta cuestión.
El juzgado instuctor, precisamente, acaba de exculpar en esta pieza a seis exaltos cargos de la Junta de Andalucía después de que Bolaños siguiera el criterio marcado por la Audiencia de Sevilla en cuanto a la imposibilidad de no poder juzgar a una persona dos veces por los mismos hechos. Se trata de una cuestión, asimismo, muy presente en el juicio que se desarolla estos días contra 22 exdirigentes andaluces, entre ellos los expresidentes Chaves y Griñán, donde las defensas han rechazado que Anticorrupción quiera de alguna manera “reinterpretar” el objeto de juicio trayendo al procedimiento una confirmación expresa por parte del tribunal para la exclusión de las ayudas concretas.
Esta pieza de la Faja Pirítica también ha sido citada en el juicio de la pieza política ya que dos acusados, entre ellos precisamente el exconsejero Viera, piden la presencia del Estado en la vista con determinados testigos por estar sujeto a “la misma legalidad” en la concesión de las ayudas.