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Condenan con 15 años de prisión a los autores del asesinato de Pablo Podadera, el joven malagueño que medió en una discusión

Ciudad de la Justicia de Málaga

Néstor Cenizo

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Poco después de las 4.35 de la madrugada del 21 de abril de 2017, Pablo Podadera salió del bar en el que celebraba su 22º cumpleaños para tomar algo de aire. Lo acompañaba su amigo, y ambos observaron una discusión que se calentaba. Pablo decidió intervenir pidiendo a quienes porfiaban que se dedicasen a disfrutar de la noche. Sin mediar palabra y de espaldas a Pablo, Alberto le propinó dos puñetazos en la cabeza y, ya en el suelo, otro en la espalda. Entre medias, Alejandro le golpeó con la rodilla y el puño en la cabeza. Entre los dos mataron a Pablo Podadera y luego huyeron, ocultándose durante varios días. Los agresores tienen vinculaciones con grupos neonazis o de ultraderecha.

Este jueves, Alberto R. y Alejandro C. han sido condenados por asesinato con alevosía. La sentencia corrige la primera resolución sobre el caso, que en abril de 2019 encontró a los acusados culpables únicamente de un delito de lesiones dolosas en concurso con el de homicidio imprudente, y no por asesinato, como pedían la Fiscalía y la acusación particular.

La nueva sentencia corrige (al menos de momento) una resolución que había causado una notable indignación social. A Pablo Podadera lo mataron mientras celebraba su cumpleaños, en el que había hecho un alto para mediar en una discusión. Los agresores actuaron de forma cobarde y con violencia extrema, sin que el muchacho pudiera ni siquiera defenderse. Algunos de los autores y encubridores del crimen participaban del Frente Bokerón y de la Asociación Málaga 1487, un grupo neofascista que se hace pasar por asociación cultural, según desveló en su día El Español. Tras propinar la brutal paliza, los autores se ocultaron de la Policía durante varios días e hicieron planes para huir del país.

Alevosía por el ataque sorpresivo

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía anuló la primera sentencia y ordenó repetir el juicio (celebrado con jurado) ante las contradicciones en el veredicto. Se celebró nuevamente entre marzo y abril de este año y el jurado anunció su nuevo veredicto, por unanimidad, el 23 de abril: culpables de asesinato.

Faltaba la plasmación jurídica de sus conclusiones: ahora la Audiencia Provincial de Málaga condena a los principales acusados a quince años de cárcel, en lugar de a los tres años y dos meses con que se había resuelto el primer juicio. El fallo es recurrible. La Fiscalía había solicitado 18 años de prisión para los agresores, mientras que la acusación particular ejercida por la familia pedía veinte años.

La sentencia es concluyente: basándose en los informes forenses y un estudio histopatológico, la muerte de Pablo se produjo por los brutales golpes que recibió en la cabeza, que le provocaron una hemorragia cerebral masiva. Ni siquiera se puede saber cuál de los golpes lo mató. Pudo ser cualquiera.

Los magistrados concluyen que, aunque los asesinos no buscaran consciente y deliberadamente la muerte de su víctima, la asumieron como posible sin importarles demasiado. “Dada la violencia, envergadura y fuerza de los golpes, unido al lugar al que la mayoría de estos se dirigieron, la cabeza, pudieron representarse que tal muerte podía suceder, y pese a ello asumieron dicha posibilidad por resultarles indiferente”.

El jurado concluyó también que los agresores atacaron por la espalda a Pablo. Por eso, los magistrados incorporan al asesinato la agravante de alevosía, recordando que es definida por el Tribunal Supremo como una “agresión a traición” para evitar una posible defensa. Las imágenes “no dejan lugar a dudas”, dicen los jueces: cuando Pablo se estaba marchando pasa al lado de Alberto R., y solo cuando lo sobrepasa ligeramente, este le golpea en la cara, sin que haya señal previa del ataque, ni ambos habían discutido. El segundo agresor, Alejandro, también realiza un ataque “sorpresivo y mezquino”, aprovechando que Pablo estaba aturdido.

También han sido condenados, en este caso por encubrimiento, el portero de la discoteca Theatro, a las puertas de la cual ocurrió el crimen. Este ocultó a la Policía, que llegó poco después de la paliza, que uno de los agresores estaba en el interior, y cuál era la identidad de ambos, a los que conocía. También llamó a Alberto y le recomendó que se marchara del país.

Tanto el portero como otro amigo de Alberto han sido condenados a 14 meses de prisión por encubrimiento. Hace un mes, la confluencia de IU y Podemos en Málaga pidió que se anulara la cesión del estadio municipal de El Duende, una instalación municipal en la que debía celebrarse un combate en el que iba a participar el portero de la discoteca, ahora condenado como encubridor. El concejal Nico Sguiglia explicó entonces que esta persona había hecho “alarde público” en redes de sus vinculaciones neonazis, fotografiándose con “referentes del movimiento”, como el cantante del grupo Batallón de Castigo. Para los encubridores, ambas acusaciones pedían una condena a dos años de cárcel.

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