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El organismo encargado por el Gobierno de descontaminar Palomares admite que “no tiene capacidad” para hacerlo

elDiarioand

1 de agosto de 2021 19:11 h

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El Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (Ciemat) ha indicado que “no tiene capacidad” para realizar “la descontaminación” de las 40 hectáreas que mantiene bajo “vigilancia radiológica ambiental” por la presencia de plutonio y americio en Palomares, en los municipios de Cuevas del Almanzora y Vera (Almería).

La resolución, que firma el director general Carlos Alejandre Losilla, llega después de que el Gobierno haya trasladado la competencia a este órgano, que elaboró el Plan de Rehabilitación (PRP) de la zona, que prevé retirar 50.000 metros cúbicos de tierra y que tuvo que ser aprobado en pleno en 2010 por el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN).

El Ciemat responde a Ecologistas en Acción en un escrito consultado por Europa Press que sus “competencias” como “organismo público investigador” es la de “continuar trabajando” en la “realización” del Programa de Vigilancia Radiológica Ambiental y de Personas (PVRAP) de Palomares. Añade que esta labor se “lleva a cabo de manera continúa” y subraya que los resultados se “envían anualmente” al CSN, pero matiza que “no tiene capacidad para realizar la descontaminación de los terrenos implicados en el PVRAP”.

El organismo encargado de la limpieza

Los ministerios de Presidencia y de la Transición Ecológica y el Reto Demográfico indicaron en respuesta al colectivo conservacionista que es en este organismo en el que recae la competencia para la limpieza.

El plan que elaboró para llevar a cabo esa descontaminación precisó de la aprobación en pleno en 2010 del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), ente regulador del que la Audiencia Nacional ha dicho recientemente que no tiene “labores ejecutivas” para poder hacerlo.

El de Presidencia ha sido el primer ministerio en responder al escrito presentado por Ecologistas en Acción al Consejo de Ministros tras hacerse público el fallo de la Audiencia Nacional que, recientemente, desestimó su petición de que obligase al CSN a fijar plazo para llevar a cabo la restauración de las más de medio centenar de fincas que componen el área bajo vigilancia radiológica.

Presidencia delega en Transición Ecológica

Según la resolución, “carece de competencias” y comunica que da trasladado al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico “por entender que la cuestión planteada sí afectaría a su ámbito competencial”, en este caso de la Secretaría de Estado de Energía“.

Remarca que debe ser este departamento el que realice “la instrucción del procedimiento” al que da lugar la reclamación de Ecologistas en Acción y el que eleve “la correspondiente propuesta a la consideración del Consejo de Ministros”. La respuesta del ministerio que dirige Teresa Ribera es más escueto y se limita a informar de que ha dado traslado, en concreto el pasado día 19, del escrito al Ciemat “por ser de su competencia”.

Un almacenamiento temporal

Ecologistas en Acción persigue, además de la “fijación de plazo” para ejecutar la limpieza, que se busque un almacenamiento “temporal” para los 6.000 metros cúbicos de residuos radiactivos que resultarían de la limpieza, tal y como se recoge en el PRP aprobado en 2010 que establece el límite máximo permisible de contaminación en 1 bq/g de americio 241.

El colectivo conservacionista considera que al margen de las conversaciones con EEUU, al que el Gobierno de España condiciona de forma casi inexorable la limpieza, “corresponde” a este organismo iniciar la rehabilitación para “posteriormente encontrar almacenamiento definitivo a los residuos que no tiene que ser necesariamente en EEUU”.

La sentencia la Audiencia Nacional, que daba respuesta a un contencioso-administrativo que se inició tras la negativa en 2017 del Consejo de Seguridad Nuclear y tuvo dos votos particulares, trasladó a la Administración del Estado la competencia para realizar la descontaminación.

Años de retraso

Cuando el plan fue aprobado en 2010, se dio un plazo máximo de ejecución de tres años que ya ha sido ampliamente superado. En voto particular, dos de los magistrados de la sala, que señalaron la “falta de transparencia e información” en la gestión de este asunto, entendieron que la demanda debió estimarse en parte, encomendando al CSN, en el ejercicio de su condición de organismo regulador independiente único competente en materia de seguridad nuclear y protección radiológica, “el impulso de la culminación del proyecto de rehabilitación”.

Posteriormente, según añadieron, de los trabajos para el mantenimiento de las tierras contaminadas, “fijando a tales efectos un plazo razonable para la ejecución de estos cometidos y el cese de una situación que la población de Palomares lleva soportando más de 55 años”.

Informar antes de fin de año

Estos magistrados defienden, a diferencia de la mayoría del tribunal, que el CSN es la autoridad competente en materia de seguridad nuclear y protección radiológica para impulsar la adopción de medidas efectivas de intervención en el área contaminada.

El Gobierno debe informar a finales de 2021 a la Comisión Europea (CE), en el marco del convenio Euratom, los “progresos” alcanzados en la ejecución del Plan de Rehabilitación que prevé instalar in situ unas plantas de tratamiento de suelos para minimizar el volumen de terrenos a transferir a EEUU para su almacenamiento definitivo. El plan prevé también un programa de vigilancia adecuado para estas actividades.

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