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Pantoja facilitó sus sociedades para blanquear dinero de Muñoz sabiendo que era ilegal
El Tribunal que ha condenado a Isabel Pantoja considera que la normalidad financiera y contable de la cantante “se ve alterada notablemente tras el inicio de su relación sentimental” con el exalcalde de Marbella (Málaga) Julián Muñoz, “al utilizar las cuentas para aflorar efectivo ilícito de éste”. Además, facilitó la estructura societaria legal “a modo de tapadera” en operaciones, sabiendo que “el origen del dinero procedía de actividades delictivas”.
La cantante ha sido condenada a dos años de cárcel y multa de 1,1 millones de euros por un delito de blanqueo de capitales, sin apreciar el carácter continuado; mientras que el exalcalde marbellí ha resultado condenado a siete años de prisión y multa de 3,8 millones por un delito continuado de blanqueo de capitales y cohecho pasivo, así como a la inhabilitación para empleo o cargo público por siete años.
Según la sentencia, de 277 folios, para disponer del dinero que acumulaba “de procedencia ilícita”, Muñoz “se sirvió de las actividades empresariales, profesionales y de la estructura societaria” que Pantoja “ya poseía y que puso a su disposición para el logro de tales fines; no obstante conocer que el origen del dinero procedía de las actividades delictivas” del exalcalde, “escondiendo, tras la relación con Julián Muñoz”, las adquisiciones e inversiones.
Para la Sala, con diversos procedimientos, “el dinero y beneficios producidos por las actividades delictivas de Julián Muñoz, tras un primer enmascaramiento u ocultación de su origen, se mezclaba con otros de origen lícito, ya fuese por la de vía ingresos en las cuentas privativas de María Isabel Pantoja o de sus sociedades, ya fuese por la de vía adquisición de bienes”. “El resultado era una confusión patrimonial completa con la que se pretendía borrar cualquier rastro de la procedencia inicial e ilegal”, se añade.
Para la Sala, cuando Muñoz llegó a ser el alcalde tras la inhabilitación de Jesús Gil “sus problemas judiciales aumentaban exponencialmente” con algunos casos “ya sentenciados”, momento en el que comienza la relación profesional de Pantoja con el Consistorio, a lo que se añade “la relación sentimental que, paralelamente, se iba gestando” entre ambos.
El Tribunal dice que “lo realmente relevante” y ha quedado acreditado “es el hecho de que entre la acusada y Muñoz --al menos desde la segunda mitad de 2002-- existía una relación que no era ocasional sino íntima o de una estrecha amistad”, apuntando que la fecha exacta en que se convirtió en una relación sentimental es “irrelevante”.
Se considera que la acusada conocía las actividades delictivas de Muñoz “no solo por la dimensión pública” de sus problemas judiciales, sino “por esta vinculación personal/afectiva”. La cantidad blanqueada es de 1,18 millones de euros.
En otro punto de la sentencia, se indica que es “meridiano” que transformó el dinero de Muñoz “mezclándolo con los beneficios generados en sus actividades lícitas” e, igualmente, “convirtió parte de esos beneficios ilícitos en bienes de tráfico lícito”, para lo que adquirió bienes, usando como instrumento sus sociedades y realizando como administradora “cuantas acciones fueron necesarias para ocultar su origen”.
INGRESOS Y ADQUISICIONES
En el apartado de hechos probados, la Sala señala que mientras en 2002, previo a esta relación, “no se produce ninguna operación de ingreso en efectivo de importancia”, en 2003 se producen 29 operaciones, un argumento de la Fiscalía Anticorrupción y del Ayuntamiento marbellí contra ambos.
De dichos ingresos, salvo algunos, “no hay la menor justificación de que procedan de las actividades artísticas y empresariales” de la cantante, dice la Sala, apuntando que en 2003, en sus cuentas privativas y en las de sus sociedades se ingresaron en efectivo 427.962,37 euros “de origen no justificado”, en 2005 fueron 125.210 euros y en 2006, 181.000 euros.
Respecto al apartamento en el hotel Guadalpín, Pantoja disponía de efectivo en sus cuentas en 2002, pero “no constan adeudos ni reintegros en las cuentas privativas ni de ninguna de las sociedades por tal cantidad”, además de que la compra no se contabilizó en la declaración de la sociedad Franbel Artis hasta el ejercicio 2005-2006, firmando la declaración fiscal días después la detención de Muñoz en julio de 2006 por el caso 'Malaya'.
Sobre el chalé 'Mi gitana', la Sala dice que la compra se documenta en escritura pública por una sociedad de la acusada María Isabel Pantoja “que vuelve una vez más a facilitar la estructura societaria de la que disponía”, en concreto Panriver 56 SL. El precio fue 3,3 millones y se solicitó un préstamo con garantía hipotecaria.
“El pago de las amortizaciones de dicho préstamo fue el mecanismo ideado y concertado por ambos --Julián y María Isabel-- para aflorar e introducir en el mercado financiero parte del efectivo de origen ilícito de que disponían”, dice el Tribunal. Respecto a la ganadería, se señala que parte no se llegó a pagar.
MUÑOZ Y ZALDÍVAR
Se señala que, previamente a su relación con Pantoja, la etapa de Muñoz vinculada a su actividad política se caracteriza “por el importante desfase entre ingresos y gastos y por excesivos movimientos de dinero en metálico; así como por numerosas adquisiciones de bienes muebles e inmuebles”. Desfases, movimientos y adquisiciones “de los que no ha podido justificar su procedencia lícita”, se indica.
“Y no lo ha hecho porque están realmente relacionadas con aquellas actividades al margen de la legalidad y delictivas, a las que se dedicó desde su incorporación al Ayuntamiento”, dice la sentencia, en la que se señala que Muñoz está imputado en más de 110 causas y tiene 52 condenas, además de estar pendiente de la sentencia del caso 'Malaya', contra la corrupción en Marbella.
Para la Sala, los bienes o dinero empleados, “y que procedían de los beneficios ilegales de actividades ilícito-criminales, tras un primer enmascaramiento u ocultación de su origen, los mezclaba con otros de origen lícito”. Una vez unidos, lo invertía sucesivamente “con el fin claro de borrar su procedencia inicial”.
Durante el matrimonio con Maite Zaldívar, dice el Tribunal, ésta “estaba al corriente de las actividades de su esposo, así como del origen del dinero en efectivo que manejaba” y de que “llevaba cantidades elevadas al domicilio familiar, con una cadencia regular al margen de su sueldo legalmente establecido”, siendo éste el lugar elegido “para su ocultamiento, a la espera del momento adecuado para su afloramiento”.
Se insiste en que Zaldívar tuvo conocimiento de dichas actividades “ilícitas” de Muñoz “inmerso en procesos penales desde 2000 por delitos cometidos al amparo del ejercicio de sus cargos políticos en fechas anteriores”, figuró como titular de bienes y participaciones en sociedades y, además, “manejó importantes cantidades en efectivo” con fondos “de las actividades delictivas de su marido”.
Asimismo, según los magistrados, Muñoz evitaba que figurara su nombre para lo que recurría a comprar sociedades ya constituidas, al frente de las cuales estaban personas, como su cuñado Jesús Zaldívar, que también ha sido condenado y que era “conocedor de las actividades delictivas”.
Tras la ruptura de Muñoz y Zaldívar, tanto Jesús como Maite, dice la sentencia, “idean un entramado societario y financiero que tenía por finalidad disponer de los fondos ilícitos --que procedían de Muñoz-- y que María Teresa Zaldívar tenía en su poder”. Así, se detallan operaciones con Suiza, algunas a través del acusado Fernando de Salinas, entonces gestor de un banco suizo, y del que era director de una sucursal, Benjamín Martínez, ambos condenados.