Casi siete años después de los hechos, las seis personas acusadas de resistencia y desobediencia grave a la autoridad durante el desalojo del Centro Social Ocupado y Autogestionado 'Casas Viejas' de Sevilla han sido condenadas. Dos de ellos han sido castigados con nueve meses de prisión como autores de un delito mientras que otros cuatro deberán abonar una multa de 120 euros al rebajarle la jueza la condena a una simple falta. Los otro cuatro acusados, que no se encontraban directamente en el interior del centro y que estaban acusados de desórdenes públicos tras ser identificados por la Policía en las cercanías del lugar, han sido finalmente absueltos.
La jueza ha seguido prácticamente la tesis de la Fiscalía en la última sesión del juicio, celebrado a mediados de septiembre y durante casi la totalidad de los acusados pidió su libre absolución. Cabe recordar que sólo uno de los procesados, que ya fue condenado en febrero de 2012 por un delito de calumnias al acusar de torturas a la Policía Nacional (que está revisando el Tribunal de Estrasburgo), reconoció los hechos de los que le acusaba el Ministerio Público.
Rubén Iván D.P. y Agustín T.G., que fueron hallados en un zulo del inmueble con los brazos dentro de un tubo de hierro, han sido las personas condenadas a nueve meses de prisión, mientras que Luis Miguel L.R., Andrés Z.D., Irene L.B. y María Dolores V.M. deberán pagar cada uno multa de 120 euros por una falta de desobediencia. Por su parte, Carlos Javier S.E., Sergio H.M., Jorge Y.T. y Alicia P.G., que se enfrentaban inicialmente a una pena de un año de prisión y para los que la fiscal solicitó finalmente el pago de una multa, han resultado absueltos.
Los condenados por delito recurrirán la sentencia
Respecto a las dos únicas personas condenadas por delito dice la sentencia, a la que ha tenido acceso eldiario andalucia, que “otorgando plena credibilidad a los agentes, por su contundencia y persistencia, se acredita la envergadura de la resistencia ejercida por los acusados y la peligrosidad, poniendo incluso en riesgo su propia vida, revelándose la realidad del delito imputado”. Agustín T.G. reconoció los hechos durante el juicio mientras que Rubén Ivan D.P. no compareció al encontrarse en el extranjero.
El abogado de estos dos acusados ya ha anunciado a este periódico que se interpondrá recurso de apelación porque no se ha estimado la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas. “No es de recibo que después de un proceso penal al que han sido sometidos mis defendidos y criminalizados durante siete años, dilaciones ajenas a esta representación y únicamente imputables a la administración de justicia, ni siquiera se contemple la atenuante del articulo 21.6 que rebajaría la pena ostensiblemente”, ha considerado el letrado tras conocer el fallo.
Esta defensa, que valora la absolución de cuatro personas procesadas, lo cual refuerza el derecho a la libertad de expresión y manifestación de las personas que ese día salieron a la calle en contra del desalojo de Casas Viejas, señala también que ha detectado “una desproporción injustificada de los días multas impuestos, ya que la sentencia no modula los diferentes comportamientos que considera merecedores de una falta de desobediencia”.