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Una sentencia obliga a Unicaja a devolver unos 30.000 euros a siete consumidores por cláusulas suelo
El juzgado de lo mercantil número dos de Málaga ha condenado a Unicaja Banco S.A.U. a devolver el dinero cobrado a través de cláusulas suelo, más intereses legales, a siete consumidores, agrupados en Adicae, que tenían insertos en sus respectivos contratos hipotecarios una cláusula suelo del 3,50 por ciento de interés mínimo.
Fuentes de la entidad financiera han señalado a Europa Press que presentará el recurso correspondiente ante esta sentencia.
La magistrada se respalda en el artículo (art 3.1 Directiva 93/13 y 82.1 TRLCU) en el que se concreta que una cláusula será abusiva cuando “contradiciendo las exigencias de la buena fe causen un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato en perjuicio del consumidor”.
“Dicho desequilibrio no ha de entenderse en términos económicos, sino en el sentido de real reparto de riesgos de la variabilidad de los tipos en abstracto. Si bien el futuro a medio/largo plazo es imprevisible, los riesgos de oscilación del tipo mínimo de referencia dan cobertura exclusivamente a la entidad crediticia y frustran las expectativas del consumidor de abaratamiento del crédito como consecuencia de la minoración del tipo de interés pactado como variable (el tipo pasa a ser variable únicamente al alza)”, señala.
En consecuencia la magistrada declara la nulidad de dicha cláusula, y condena a Unicaja a la eliminación de la misma y a la devolución de las cantidades cobrados a través de la misma más intereses.