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El Ayuntamiento de Marinaleda, sancionado por tener contratadas “en fraude de ley” a sus empleadas de ayuda a domicilio

Las trabajadoras, mostrando algunas de sus reivindicaciones el pasado mes de septiembre

Javier Ramajo

15 de marzo de 2021 21:08 h

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Estaban contratadas “en fraude de ley”. La Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social ha resuelto que las trabajadoras del servicio de ayuda a domicilio del Ayuntamiento de Marinaleda (Sevilla) que se pusieron en huelga en septiembre por sus condiciones laborales tenían, efectivamente, contratos que “adolecen de los requisitos legalmente establecidos”, por lo que levanta acta de infracción contra el consistorio de la localidad sevillana. Las empleadas interpusieron una denuncia ante la Inspección de Trabajo contra el Ayuntamiento “por incumplimientos de normas laborales y fraude en la contratación”, y ahora se les ha dado la razón.

“El Ayuntamiento de Marinaleda ha recurrido a la contratación temporal, contrato de obra o servicio determinado para cubrir un servicio permanente, servicios que no son objetivamente temporales, lo que supone o implica su utilización en fraude de ley, presumiéndose dichos contratos celebrados por tiempo indefinido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.3 del Estatuto de los Trabajadores: 'Se presumirán por tiempo indefinido los contratos temporales celebrados en fraude de ley'”, dice textualmente la resolución firmado por la Inspección de Trabajo, acerca de la cual no han querido pronunciarse desde el ayuntamiento.

El Consistorio y la coordinadora del Servicio de Ayuda a Domicilio aportaron el pasado 4 de febrero la documentación justificativa de la constitución de la bolsa de contratación para la prestación de los citados servicios y todos los contratos de duración determinada suscritos con las trabajadoras integrantes de la bolsa que han cubierto el servicio de ayuda a domicilio desde su constitución e incluso antes, según relata la resolución, que añade que señala que en dichos contratos se hacía constar como objeto o causa de los mismos la “asistencia y cuidados personales a domicilio”, que “no es más que el propio concepto del servicio que prestan, por lo que carece de la autonomía y sustantitividad requerida”.

Detalla también la Inspección que las retribuciones que vienen recibiendo las trabajadoras, que ostentan distintas responsabilidades en la sección sindical de CGT, “respetan el salario mínimo interprofesional”. Fuentes de la organización sindical apuntan que, durante el conflicto laboral, el Ayuntamento se vio “obligado a subirlo a instancias de la propia inspectora”.

¿Qué dice el Ayuntamiento?

Consultado por esta sanción, desde el Ayuntamiento indican a este periódico que es “una situación que se da en muchos ayuntamientos y otras administraciones”. “Se contrata al personal para una bolsa pero cuando pasa cierto tiempo, por encadenar contratos temporales se convierten en indefinidos o bien cuando no se trata de una obra o servicio que no tiene sustantividad propia en la empresa sino que responden a una necesidad permanente. Esto se ha reconocido ante la Inspección pero también ante la representación de las trabajadoras, invitándolas a demandar al Ayuntamiento, única forma de modificar esta circunstancia”, comentan.

Apoyándose en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, apuntan las fuentes municipales que “la declaración [de indefinidas] sólo puede efectuarse por un juez, pero el Equipo de Gobierno nunca ha negado esta circunstancia (muy al contrario, lo ha reconocido), ni a la representación sindical ni a las propias trabajadoras. Otra cuestión es que no pueda hacer la declaración de indefinitud sin incumplir la ley y, por tanto, sin incurrir en prevaricación”.

Huelga suspendida

Paralelamente, el conflicto colectivo planteado ante los juzgados de lo Social de Sevilla por estas mismas trabajadoras tendrá como punto de inflexión el juicio que tendrá lugar el próximo 14 de abril. Cabe recordar que seis de las once trabajadoras del servicio de ayuda a domicilio de Marinaleda (Sevilla), dirigido desde 1979 por el histórico líder jornalero Juan Manuel Sánchez Gordillo (Candidatura Unitaria de Trabajadores), iniciaron en septiembre una huelga de carácter indefinido para todos los miércoles, además de llevar a los tribunales sus condiciones de trabajo por haber sido modificadas de forma “unilateral y arbitrariamente” desde el 1 de agosto. Por otro lado, la Junta de Andalucía fue condenada hace un mes por “vaciar de contenido” el derecho de huelga, esta vez en Marinaleda.

Las empleadas argumentaron que el Ayuntamiento “mantiene a gran parte del personal laboral con contrato en fraude de ley, obras y servicios, o circunstancias de la producción”, unos contratos “que exceden con mucho los tres años de prestación de servicio continuado y que deben, conforme a la legalidad vigente, convertirse en indefinidos a jornada completa” ante el “uso abusivo e ilícito de este tipo de contratación”. La paralización de la bolsa municipal de la ayuda a domicilio llevó a una trabajadora a encerrarse hace unos días en el Ayuntamiento, del que fue finalmente desalojada, porque el servicio está “plenamente cubierto” con las trabajadoras que forman parte de la bolsa, según el Consistorio.

La huelga se suspendió por la pandemia y fue desconvocada el pasado 13 de febrero tras caer “en procesos de baja por enfermedad derivada de la presión en el trabajo de las compañeras”, añaden las fuentes sindicales. Dichos procesos de baja se ha instado a que sean declarados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social como derivados de accidente de trabajo.

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