A causa de su sordera prelocutiva no sabe hablar, no puede oír, no conoce el lenguaje de signos, ni sabe leer o escribir, pero el sistema judicial y penitenciario sigue siendo el único que le sigue pidiendo cuentas a José María, una persona sin filiación conocida hasta ahora y cuya particular historia hizo pública eldiario.es Andalucía hace aproximadamente un año. Y cuando una luz en forma de informe médico forense recoge oficialmente sus “anomalías importantes tanto sensoriales como psíquicas”, su “deterioro cognitivo apreciable en los últimos años” (la mayoría, en prisión) o sus “muy importantes problemas de comunicación”, son los propios entresijos de ese sistema, a veces inexplicables, los que no le dejan escapar de él para poder recibir una atención de acuerdo a su discapacidad y a su indiscutible situación de exclusión social, aumentada al estar inmerso desde 1991 en el “agujero negro” de las personas sordas en prisión. José María sigue en la cárcel, según ha podido saber este periódico, pese a que un reciente auto ha suspendido una de las penas de prisión que se le impuso y pese a que el sistema reconoce el peligro que corre “si no se le tutela adecuadamente”.
La cuestión es que la Audiencia de Sevilla ha estimado este mes de abril un recurso de apelación interpuesto por Lorena Lozano, su abogada de oficio en una de las causas que José María tiene abiertas, todas ellas por delitos contra la propiedad. El tribunal ha acordado la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad a la que fue condenado por un juzgado tomando como referencia un informe médico forense, emitido meses antes, donde se deja clara constancia de sus limitaciones físicas y cognitivas y donde se advierte de que el contexto penitenciario no es el más adecuado para una persona de sus características.
La exploración psicopatológica a la que le sometió el médico forense del Servicio de Psiquiatría del Instituto de Medicina Legal de Sevilla puso de manifiesto una “limitación sensorial severa consistente en sordomudez que impide cualquier tipo de entrevista”, según recogía el doctor, quien añadía que se trata de “un sujeto ante el que no es posible realizar una entrevista estructurada y que impresiona por una limitación importante en sus capacidades sensoriales que lleva a muy importantes problemas de comunicación”. Como conclusión, “anomalías importantes tanto sensoriales como psíquicas, impresionando de deterioro cognitivo avanzado en sujeto con muy escasa formación”. Deterioro cognitivo es un concepto que se utiliza en términos judiciales para determinar si alguien es o no consciente de sus actos y de las consecuencias de los mismos.
Entre sus conclusiones, el médico forense señalaba que José María “requiere de control de su propia vida por entidad adecuada para mantener su situación actual, sin que sea posible conocer las consecuencias tanto en el consumo de sustancias como de su propia existencia si no se le tutela adecuadamente”. La referencia en el informe a “su situación actual” obedece a que, en el momento en que se redactó, se hallaba amparado por Cáritas, donde recibía tratamiento, así como terapia conductual y sesiones de aprendizaje de lenguaje de signos. Posteriormente, entró en prisión justo a la salida del juicio por otro procedimiento abierto.
Por otro lado, el informe aludía a “consumo de sustancias” debido a una documentación previa que constaba en el historial médico de José María relativa a que el consumo de hachís y cocaína le había producido un “déficit intelectivo ligero”, si bien el médico forense concluyó tras la exploración que “no se observan datos objetivos indicativos de situación de intoxicación aguda ni signos ni síntomas de abstinencia a drogas”.
“Deficiencias psíquicas y físicas”, dice la Audiencia
Pues bien, pese a aquel informe, el Juzgado de lo Penal número 11 de Sevilla había dictado en noviembre de 2018 un auto por el cual entendía que no había lugar a la suspensión extraordinaria de la pena de prisión impuesta, de acuerdo con la Fiscalía, y decidió su entrada en prisión. Ha sido la Audiencia Provincial la que le ha concedido el beneficio de la suspensión de la pena “especialmente teniendo en cuenta el deterioro cognitivo sufrido en los últimos años a consecuencia de dicha adicción y el menor riesgo de reiteración delictiva por hallarse en un centro adecuado para el tratamiento de las deficiencias psíquicas y físicas que sufre”. Pero, al tener otras causas pendientes y otras sentencias por cumplir, José María sigue en la cárcel.
El caso es que, anteriormente, en el acto del juicio, según recuerda la letrada Lorena Lozano, se llegó a una conformidad para que se le suspendiera la pena de prisión y José María siguiese siendo tratado por Cáritas. Pese a lo hablado entre las partes, “justo a la salida del juicio se lo llevaron a prisión por otro procedimiento”, recuerda indignada la abogada, que le acompañó a comisaría para interesarse por su situación. La abogada señala que fue la Policía la que le contó con más detalle la historia de José María. “A cuenta de que no tiene identidad, se está comiendo todos los marrones de su familia”, le dijeron los agentes a la abogada, que comprobó las diferentes filiaciones, “todas falsas”, que constaban en su documentación policial y judicial.
Lorena Lozano puso de manifiesto en el mismo acto del juicio que “las actuaciones adolecían de defectos de nulidad”, a lo que se propuso la prestación de conformidad por parte del encausado con petición posterior de la suspensión de la pena “con la práctica certeza de su concesión a la vista de la situación del encausado”. Pese a ello, dice en referencia a lo dictado por el juzgado en primera instancia, “nada” de lo que se alegó entonces fue tenido en cuenta, “con la consiguiente vulneración de su derecho a la tutela judicial efectiva”, arrastrando a José María “a una situación de indefensión al no tener en cuenta sus importantísimas limitaciones cognitivas y comunicativas”.
La abogada apeló contra “todas las irregularidades del procedimiento” a través de un recurso, ahora estimado. Según sus argumentos, tanto la exploración del médico forense, así como sus declaraciones ante la Policía y en el propio acto de la vista, se habían realizado “sin la presencia de un traductor de lenguaje de signos, aún habiendo advertido esta circunstancia por esta parte y habiendo sido corroborado por el propio juzgador en el acto de la vista, mi patrocinado es absolutamente incapaz de comunicarse ni de entender lo que se le pregunta”. “Así ha ocurrido en otros procedimientos, al menos en los que yo he podido comprobar
“Todos los procedimientos que se han llevado contra esta persona tienen defectos de nulidad por su situación y está cumpliendo prisión con procedimientos nulos porque, según consta en los expedientes, se supone que ha dado su conformidad a una serie de hechos sin entender nada de nada, porque no había intérprete, ni en sede policial ni sede judicial. Todos los letrados que le han llevado deberían recurrir uno por uno. En mi procedimiento no había causa de nulidad porque la comunicación en sede judicial se pudo llevar a cabo gracias a la intervención de la traductora”, explica la abogada. “Por mi procedimiento no entra en prisión pero, ¿qué pasa con todos los demás casos cuando realmente sus indudables características son las que hizo constar el médico forense en su informe?”, se pregunta, abogando por su participación en un procedimiento de incapacitación a través de un letrado específico y, paralelamente, llevar su caso al completo al Tribunal Constitucional por una “flagrante vulneración de derechos fundamentales”.
Da su conformidad sin intérprete
Pese a todo lo que decía el informe médico forense, en el juzgado se le había tomado declaración “como si tal cosa, sin la intervención de un traductor que haya podido explicarle de qué se le acusa, en qué consiste la imputación y en qué consiste el acto que se estaba llevando a cabo, siquiera la propia conformidad que se dice expresó en el acto del juicio”, denunció la abogada en su recurso.
La letrada hizo mención en su escrito, estimado por la Audiencia, al trabajo de Cáritas: “Tal es su situación de exclusión que mi mandante ni siquiera tiene filiación conocida, siendo la entidad Cáritas la que, tras conocer su extrema situación, ha intervenido intentando resolver este y otros muchos problemas que acompañan a este hombre desde el principio de su vida. Sin apoyo familiar alguno y sin medios de supervivencia, mi cliente ha superado los obstáculos que la vida le ha ido poniendo cometiendo, no lo negamos, algunos errores que le han llevado a la situación en la que se encuentra ahora, pero también algunos aciertos que le han puesto en manos de una institución que le ha dado cobijo y ayuda para afrontar sus dificultades”.
Concluía la abogada que “el hecho de permanecer en prisión supone una grave lesión tanto a nivel personal como social, teniendo en cuenta su incapacidad de comunicarse por ninguna vía, lo que agravará aún más su exclusión social, impidiendo su reinserción en una sociedad que le da de lado cuando por fin confía en alguien que está dispuesto a ayudarle”, en alusión a Cáritas. “Es evidente que el cumplimiento de la pena de prisión en el presente caso daría al traste con el proceso de reinserción social”, denunció la abogada ante la Audiencia, logrando la suspensión de la condena aunque no la salida de prisión de José María, que sigue preso del sistema judicial y penitenciario.
La última luz que se le ha abierto a José María ha llegado en forma de Documento Nacional de Identidad, con el que ahora podrá regularizar su situación personal y administrativa. El Defensor del Pueblo Andaluz, que ha mediado en los últimos meses para resolver esta cuestión, ha confirmado a este periódico que el pasado 5 de julio se le hacía llegar su DNI. Los anteriores intentos por darle identidad por parte de Cáritas se habían visto constantemente interrumpidos por sus continuas entradas y salidas de prisión. Pero la lucha por conseguir identidad merecerá otro capítulo de esta particular historia.