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El TC declara inconstitucional la jornada laboral de los funcionarios andaluces a 35 horas semanales

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El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso presentado por el Gobierno contra el decreto de la Junta de Andalucía por el que se regula la jornada de trabajo del personal empleado público andaluz, en vigor desde el pasado mes de enero.

El Pleno considera que, al reducir a 35 horas semanales la jornada laboral para los funcionarios públicos autonómicos, y a 18 las horas lectivas semanales para el personal docente de esa comunidad autónoma, el Decreto-ley 5/2016, de 11 de octubre recurrido vulnera las normas dictadas por el Estado en el ejercicio de su competencia para regular el régimen jurídico de las Administraciones públicas. La sentencia, de la que ha sido ponente el Magistrado Santiago Martínez-Vares, cuenta con el voto particular del Magistrado Fernando Valdés Dal-Ré.

En una nota remitida por el TC se señala que el Tribunal resuelve, en primer lugar, si el establecimiento de la jornada laboral ordinaria de 35 horas semanales para los funcionarios de la Comunidad Autonómica de Andalucía vulnera, como sostiene el recurrente, la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.

La citada Ley de Presupuestos Generales del Estado, explica la sentencia, fue aprobada por el Gobierno en ejercicio de su competencia exclusiva para dictar la legislación laboral (art. 149.1.6 CE) y para establecer las bases tanto del régimen jurídico de las Administraciones públicas como del régimen estatutario de sus funcionarios (art. 149.1.18 CE). La norma determina que la jornada de trabajo de los funcionarios públicos, incluidos los autonómicos, “no podrá ser inferior a treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en el cómputo anual”.

En consecuencia, el establecimiento por la ley recurrida de una jornada de treinta y cinco horas semanales de promedio al año “resulta incompatible” con la ley estatal, que la fija en un mínimo de treinta y siete horas y media semanales.

Lo mismo ocurre con las horas lectivas semanales del personal docente de Andalucía, que el Decreto-ley impugnado fija en 18 horas, a excepción del profesorado de educación infantil y primaria. En este caso, la regulación autonómica también es considerada por el Pleno incompatible con la estatal, pues, según ésta (art. 3 del Real Decreto-ley 4/2012), “la parte lectiva de la jornada semanal del personal docente que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, en centros públicos y privados sostenidos con fondos públicos será, como mínimo de 25 horas en educación infantil y primaria y de 20 horas en las restantes enseñanzas”.

Como consecuencia de todo ello, la sentencia declara que ley recurrida invade la competencia del Estado para establecer las bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas y para regular las condiciones de obtención de títulos académicos (art. 149.1.18 y 30 CE).

Finalmente, el Tribunal explica que, una vez declarada la inconstitucionalidad del decreto recurrido por razones competenciales, no es necesario pronunciarse sobre la eventual vulneración, también denunciada por el recurrente, del art. 86 de la Constitución y del art. 110 del Estatuto de Autonomía andaluz, que establecen los límites de la aprobación de normas por decreto ley.

En su voto particular, el Magistrado Valdés Dal-Ré se remite a los argumentos con los que expresó su discrepancia respecto de las STC 99/2016 y 158/2016. Entonces consideró que el Tribunal debía haber declarado inconstitucionales la disposición adicional septuagésimo primera de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, y el art. 3 del Real Decreto-ley 14/2012, que el Tribunal entiende vulnerados por la norma foral recurrida. Estos preceptos establecen, respectivamente, la duración semanal de la jornada laboral de los funcionarios de las Administraciones públicas en 37 horas y media y, en 18, la del personal docente de las escuelas públicas y concertadas.

Un largo camino

La decisión se adopta después de haber considerado la respuesta del Gobierno de España, que tenía cinco días para pronunciarse sobre las alegaciones de la Junta de Andalucía en contra de dicha suspensión cautelar, un plazo que se ha cumplido en vísperas del puente del 12 de octubre, lo que ha aprovechado el PP para que pase desapercibida su reacción, nada popular entre la función pública.

Con ello se cierra un pulso que la Junta de Andalucía y el Gobierno de España, que ya había intervenido contra la misma medida en Castilla la Mancha, pionera en implantarla, Euskadi y el Ayuntamiento de Madrid. En el caso de Andalucía, sin embargo, el Gobierno de Mariano Rajoy había llevado hasta el límite la pugna porque en lugar de recurrirla nada más aprobarse, optó por la vía de convocar la comisión bilateral que prolongaba a nueve meses el plazo para impugnarla en el TC. Posteriormente, sin que nunca se hubiera reunido dicha comisión bilateral, espero hasta el último día en que se agotaba ese plazo de nueve meses para aprobar el recurso en el Consejo de Ministros, con petición de suspensión cautelar de la medida.

La suspensión cautelar no se había aplicado todavía porque había un periodo para que la Junta de Andalucía presentara sus alegaciones, que es lo que hizo hace unas semanas cuando se cumplió el plazo para ello y que es a lo que ha respondido con su rechazo el Gobierno de España. Es decir, debe volver a la jornada laboral de 37,5 horas que se impuso en 2012 para los empleados públicos de las comunidades autónomas y los municipales que disfrutaban de una reducción desde 1999 cuando se conquistó este derecho para ellos y que, eso sí, nunca ha sido real para los que trabajan en la Administración General del Estado.

Desde el PP acusan a la Junta de Andalucía de haber “reventado” cualquier posibilidad de acuerdo que se intentó por parte del Gobierno de España, donde se ha producido una división entre el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, dispuesto a devolver este derecho a todas las comunidades autónomas por sectores, y el de Economía, Luis de Guindos, para quien el coste de la medida es inasumible todavía con las exigencias de racionalización del gasto público impuestas por Bruselas.

El Gobierno de España llegó a abrir la posibilidad de aplicar de nuevo las 35 horas con los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2018, empezando por sectores, en concreto las plantillas que prestan los servicios de educación y sanidad. Con ello, tendría un gesto con los pilares del estado de bienestar a la vez que evitaría su aplicación en los ayuntamientos, que no tienen estas competencias, y con ello el desequilibrio en los objetivos de déficit que le supondría para las administraciones que mejor están cumpliendo con el equilibrio entre ingresos y gastos.

En vísperas de que se presentaran las alegaciones en el TC, el delegado del Gobierno en Andalucía, Antonio Sanz, ya dejó claro que se persistiría en este rechazo porque no se podían establecer “diferencias” entre los empleados públicos en este tema, si bien es cierto que ya se ha indicado que siempre han existido porque los de la AGE nunca han disfrutado de las 35 horas. En cualquier caso insistía en que la intención del Gobierno de España es “buscar el diálogo y el acuerdo” “en el marco que sea posible” y con “independencia” de la resolución del TC.

Cabe recordar que la vuelta a las 35 horas en Andalucía entró en vigor el pasado mes de enero en Andalucía si bien no se ha establecido para toda la plantilla, porque excluye a los empleados públicos que dependen de la Consejería de Justicia e Interior y fija que para el caso de los docentes se implante durante el curso que acaba de empezar y el próximo. Sin embargo, más de la mitad de la plantilla de la Junta de Andalucía, entre otros los trabajadores del Servicio Andaluz de Salud (SAS) que rondan los 100.000 y son el grueso, ya disfrutan de esas 35 horas, igual que el curso que acaba de empezar se ha planificado también con una primera reducción de la jornada lectiva mientras que la otra estaba prevista para el curso 2019-2020.

Esto ha permitido a la Junta de Andalucía, según datos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, contratar en los últimos meses a 7.000 personas para cubrir esas dos horas y media menos que a la semana trabaja el resto, decisión que se tomó pese a que el Gobierno de España presentó su recurso en el TC y los precedentes indicaban que la medida sería tumbada. Sin embargo, la consejera del ramo, María Jesús Montero, ha insistido en que “no habrá ningún despido” de esos 7.000 contratados.

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