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La derivación de menores migrantes no acompañados: entre la solidaridad y la imposición

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El reciente Real Decreto-ley 2/2025 aprobado por el Gobierno de España introduce un cambio fundamental en la gestión de menores migrantes no acompañados. Con la inclusión de los artículos 35 bis, 35 ter, 35 quáter y 35 quinquies en la Ley de Extranjería, se establece un mecanismo de derivación obligatorio entre comunidades autónomas cuando se declara una “contingencia migratoria extraordinaria”. Este nuevo sistema busca corregir la situación de colapso que enfrentan regiones como Canarias, Ceuta y Melilla, pero plantea interrogantes sobre su aplicabilidad, equidad y recepción por parte de las autonomías.

De la voluntariedad a la obligatoriedad

Hasta ahora, el traslado de menores migrantes entre comunidades autónomas se realizaba bajo acuerdos voluntarios en el seno de la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia. La reforma del artículo 35 supone un giro drástico, ya que permite al Estado imponer la redistribución de menores cuando una comunidad supere tres veces su capacidad ordinaria de acogida.

Esta decisión ha generado críticas desde algunos gobiernos autonómicos, que consideran que la gestión de los servicios sociales es una competencia exclusiva de las comunidades. Sin embargo, el Tribunal Constitucional ha recordado en reiteradas ocasiones que el Estado tiene competencias exclusivas en materia de extranjería y migración, lo que le permite adoptar medidas de coordinación cuando esté en juego el interés superior del menor.

Un reparto basado en criterios objetivos

Uno de los aspectos más destacados del decreto es la introducción de un modelo de distribución basado en criterios cuantificables. La adjudicación de menores a cada comunidad autónoma se determinará según:

Población total de la comunidad (50%): A más población, mayor capacidad de absorción. 

Renta per cápita (13%): Se presupone que regiones más ricas pueden ofrecer mejores condiciones. 

Tasa de desempleo (15%): En sentido inverso, dando prioridad a comunidades con menor paro. 

Esfuerzo previo en acogida (6%): Se reconoce la carga histórica en acogida de menores. 

Capacidad del sistema de acogida (10%): Se ajusta según las plazas de acogida disponibles. 

Condición de ciudad fronteriza (2%): Se protege a Ceuta y Melilla de una carga desproporcionada. 

Insularidad (2%): Baleares y Canarias reciben una ponderación negativa. 

Dispersión geográfica (2%): Se reduce la carga a comunidades con población dispersa. 

Si bien estos criterios buscan una distribución más equitativa, algunos elementos pueden resultar problemáticos. Por ejemplo, comunidades con menor desempleo podrían alegar que esto no implica necesariamente mayor capacidad de acogida. Además, el peso relativo de cada factor podría ser objeto de debate.

Resistencia autonómica y tensiones políticas

El decreto ha generado un intenso debate político. Mientras que Canarias y Ceuta han celebrado la medida como un avance en la corresponsabilidad autonómica, regiones como Madrid y Andalucía han mostrado su rechazo. El principal argumento de oposición radica en que el Estado impone una “solidaridad” sin considerar las particularidades de cada autonomía ni consultar adecuadamente con los gobiernos regionales.

Un caso particular es el de Catalunya, que ha sido acusada de no querer acoger más menores migrantes cuando la realidad es que ya tutela a más de 2.000 menores, una cifra claramente superior a la de muchas otras comunidades autónomas. Además, la Generalitat se hace cargo de 3.000 jóvenes extutelados, provenientes del gran flujo migratorio de 2018, que ya han alcanzado la mayoría de edad. Esto supone un esfuerzo económico y estructural adicional que no siempre se visibiliza en el debate público. La situación catalana pone de manifiesto que la derivación de niños, niñas y adolescentes (NNA) migrantes debe tener en cuenta tanto la carga actual como el impacto a largo plazo de la integración de estos jóvenes.

La paradoja del Partido Popular en este debate resulta especialmente llamativa. Mientras sus gobiernos autonómicos en Madrid, Andalucía y Galicia han liderado la oposición al decreto con argumentos sobre falta de recursos y la supuesta imposición del Estado, el PP es, a su vez, socio de gobierno en Canarias, comunidad que ha sido la principal impulsora de esta reforma debido a la sobrecarga que enfrenta su sistema de acogida. La contradicción es evidente: su discurso de rechazo choca frontalmente con la necesidad urgente expresada por el gobierno de Fernando Clavijo (CC), quien ha defendido la medida como una solución imprescindible para el archipiélago. Esta doble postura del Partido Popular pone de manifiesto que su oposición al decreto parece responder más a una estrategia de confrontación política con el Ejecutivo central que a una preocupación genuina por la gestión de los menores migrantes.

A esta controversia se suma la actitud del presidente de Castilla La Mancha, Emiliano García-Page, cuyas declaraciones han sido criticadas por reforzar el discurso alarmista en torno a la acogida de NNA migrantes (95 tutelados en CLM). Al presentar la redistribución como una carga en lugar de un deber humanitario y una responsabilidad compartida, Page se alinea más con las posturas conservadoras que con los principios de solidaridad y corresponsabilidad que su propio partido defiende a nivel estatal. Su posición, además de generar confusión dentro del PSOE, alimenta la retórica del miedo que obstaculiza la construcción de políticas migratorias basadas en derechos humanos y cohesión social. 

Sin embargo, la inclusión de un fondo de compensación de 100 millones de euros para las comunidades receptoras podría atenuar algunas resistencias, al menos en el corto plazo. La clave estará en si la financiación es suficiente para cubrir los costes reales de integración.

¿Solidaridad impuesta o responsabilidad compartida?

El Real Decreto-ley 2/2025 representa un cambio histórico en la gestión de menores migrantes en España. Si bien responde a una necesidad urgente de alivio para las regiones más afectadas, también plantea interrogantes sobre su aplicación efectiva. La solidaridad territorial es clave para garantizar una acogida digna y adecuada, pero el reto estará en lograr que las comunidades asuman esta responsabilidad sin generar conflictos institucionales.

El tiempo dirá si este decreto logra equilibrar los principios de solidaridad, proporcionalidad y eficiencia o si, por el contrario, termina siendo una imposición difícil de implementar en un modelo autonómico descentralizado.

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