Quince años de derechos digitales
El pasado viernes 24 de junio se cumplieron quince años de la entrada en vigor de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (LAECSP), con la que se reconocía por primera vez el derecho de la ciudadanía a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos. Hoy puede resultar algo anecdótico, pero el reconocimiento de éste derecho en 2007 cobra relevancia si consideramos que, en aquel año, tan sólo disponían de acceso a Internet 6.464.751 hogares en comparación con los 15.960.470 de hogares que hoy disponen del mismo, y que esta conectividad estaba mayoritariamente basada en tecnología ADSL frente a la calidad y alta velocidad de las conexiones de hoy basadas en fibra óptica.
El derecho de acceso por medios electrónicos a la Administración es ejercido de modo intensivo por las canarias y canarios. En el último año, el 70,2% de las personas entre 16 y 74 años que viven en la Comunidad Autónoma ejercieron este derecho, un porcentaje que sólo es mayor en el Estado español en las Comunidades Autónomas de Madrid, Valencia y Cataluña y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Es un derecho que facilita la igualdad de quienes vivimos en territorios insulares frente a la Administración, pero que también se enfrenta a desafíos para su ejercicio efectivo por todas y todos.
En primer lugar, el derecho de acceso digital a la Administración depende para su ejercicio de las grandes tecnológicas. El 15 de junio de 2022, la empresa Microsoft anunció la finalización del soporte de la herramienta Internet Explorer. Las eventuales vulnerabilidades futuras de seguridad del navegador ya no serán resueltas, cuestionando la plena garantía jurídica de las transacciones administrativas que se hagan con el mismo a partir de ahora. Aunque la dependencia de este navegador se ha reducido desde el 93% de cuota de mercado que alcanzó, en 2019 PYMEs y autónomos aún estimaban que el 70% de los trámites de la Administración dejarían de funcionar sin ese navegador. Lo sucedido con Internet Explorer es un acicate para que la Administración aplique el principio de neutralidad tecnológica en el desarrollo de las aplicaciones con que se relaciona con la ciudadanía.
En segundo lugar, nos encontramos con la brecha digital como dique para la extensión universal real del derecho de acceso digital a la Administración. El informe anual sobre exclusión y desarrollo que realiza FOESSA, identifica que el 30,4% de los hogares de Canarias tiene alguna condición que le sitúa dentro de la brecha digital, que se eleva hasta el 45,8% entre los hogares en exclusión, los que más necesitan acceder a la Administración en necesidad de apoyo. El resultado de esta situación es un 9% de hogares canarios (hasta un 20,5% en el caso de hogares en exclusión) que reconocen haber perdido oportunidades por no haber podido hacer uso de medios electrónicos para acceder, entre otros servicios, a la Administración digital.
En tercer lugar, se necesita que las aplicaciones de la Administración se desarrollen desde el principio de accesibilidad universal, en particular de las personas con discapacidad y de las personas mayores. El Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, establece las condiciones para garantizar la igualdad y la no discriminación en el acceso a la Administración digital. El último informe de Administración Electrónica de las Comunidades Autónomas señala que sólo el 34% de sus webs cumplen con todas las garantías de accesibilidad. No existen resultados desagregados por cada uno de los gobiernos autonómicos, pero por las declaraciones de accesibilidad del Gobierno canario en su portal principal como de su sede electrónica sabemos que en las mismas existen carencias de accesibilidad de distinto grado. Más preocupante es la ausencia de declaración de accesibilidad en las webs de algunas empresas de su sector público autonómico.
Finalmente, también existe el riesgo de apertura de una brecha de género. Si bien no existe brecha de uso de Internet entre mujeres y hombres ni en España ni Canarias (el mismo porcentaje de hombres y mujeres declaran su utilización), si se aprecia una brecha de género en el uso de la Administración digital (70,5% vs 66,95 a nivel estatal, sin datos desagregados por CCAA), que, aunque reducida, ha ido aumentando en los dos últimos años (en 2019, la brecha se estimaba solo en 0,7%). Es pronto para poder concluir si la ampliación de la brecha de género es circunstancial, aunque existe un riesgo cierto de crecer impulsada por la carencia estructural de la falta de perspectiva de género existente en el altamente masculinizado sector tecnológico, una amenaza sólo reducible mediante la creación de equipos mixtos para el desarrollo de aplicaciones públicas.
Los derechos digitales dan continuidad a nuestra condición de ciudadanas y ciudadanos en la transición a la sociedad y economía digital. El reconocimiento en España del derecho de acceso por medios digitales a los servicios públicos fue pionero en Europa en 2007, y vanguardia del conjunto de derechos digitales de nuestro marco legal. La aprobación hace un año por el Gobierno de España de la Carta de Derechos Digitales, fue la antesala de la adopción en enero de 2022 de la Declaración Europea sobre los Derechos y Principios Digitales. Merece la pena celebrar que desde hace quince años nuestro país haya sido y hoy siga siendo punta de lanza en el ámbito de los derechos digitales en la comunidad internacional, pero recordando su fragilidad. Su refuerzo pasa por la reducción de la dependencia de las grandes tecnológicas, extender la digitalización a toda la sociedad, embeber la accesibilidad en el diseño de aplicaciones y atajar el riesgo de aparición de una brecha de género.
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