Los activistas contra el Salto de Chira saben desde hace más de un año que la central no es ilegal hasta que Europa diga lo contrario

Vista aérea de la presa de Chira

Toni Ferrera

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Hasta que la Comisión Europea no se pronuncie, no se puede hablar de ilegalidad o de infracción de las leyes. Así de tajante se mostró el Parlamento Europeo con respecto a las dudas legales que sobrevuelan a la central hidroeléctrica de Chira-Soria, en Gran Canaria, sobre la posibilidad de que Red Eléctrica, la empresa semipública adjudicataria del proyecto, pueda explotar y distribuir a la vez la energía de la obra, prevista para 2027.

Las vacilaciones sobre este asunto se han vuelto a sembrar estos días después de que Antonio González Viéitez, una voz reputada del ecologismo canario, cuestionara la legalidad de la iniciativa junto a otros dos autores, Julio Cuenca Sanabria y Eduardo Martín Almeida, en un artículo de opinión remitido a este periódico y que finalmente se ha publicado en el diario La Provincia.

En ese texto, los tres firmantes aseguran que la central de Chira-Soria “debe paralizarse de inmediato por incumplir la normativa europea”, en referencia a la directiva comunitaria 2019/944 que impide a los gestores de redes de transporte, como Red Eléctrica, poseer, desarrollar, gestionar o explotar instalaciones de almacenamiento de energía. El objetivo de esta disposición es, entre otras cosas, garantizar que los citados servicios se desarrollen de forma competitiva y basada en el mercado, para evitar así subvenciones cruzadas entre el almacenamiento y las funciones reguladas de transporte.

“Al haber otorgado las autorizaciones administrativas para la ejecución de las obras, el Gobierno de Canarias y el Cabildo de Gran Canaria han ignorado, y siguen haciéndolo, tanto la legislación española como la europea”, apuntan Viéitez, Cuenca y Martín. Sin embargo, la legislación europea abre la puerta a excepciones. Y eso es lo que la Eurocámara le recordó a la plataforma Salvar Chira-Soria el 10 de diciembre de 2021, hace más de un año: que mientras se tramita la excepción presentada por España, “la Comisión no puede concluir si se infringirán o no los artículos 36 y 54 de la directiva 2019/944” en referencia a Salto de Chira.

Esa petición española data del pasado 23 de noviembre de 2020. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico solicitó a Bruselas la exclusión del artículo 54 de la normativa 2019/944, la que regula la propiedad de las instalaciones de almacenamiento de energía por gestores de redes de transporte, haciendo referencia explícita a la central de bombeo de Chira-Soria “o a futuros bombeos cuya titularidad corresponda al operador del sistema en aquellos casos en los que se encuentre justificado”.

El Gobierno de España motivó la petición alegando, por un lado, que Canarias cuenta con una “pequeña red aislada” como sistema eléctrico, y, por otro, que merece un “tratamiento singular” al ser región ultraperiférica y presentar una serie de condicionantes (reducido tamaño del mercado, aislamiento del sistema, mayor coste de producción…) que han aupado a “un mismo grupo empresarial”, según recoge el documento ministerial, a ejercer prácticamente todas las funciones asociadas al suministro de energía.

En este sentido, el ministerio liderado por Teresa Ribera agrega que “en el proceso de transición energética en el que España está inmersa, parece necesario que las Islas acojan proyectos singulares y supongan un campo de pruebas para tecnologías o políticas de transición energética que puedan luego exportarse al continente”.

De ahí que el Ejecutivo nacional haya pedido a Bruselas que permita a Red Eléctrica transportar y gestionar la energía de Chira-Soria, siempre y cuando esto tenga como finalidades principales “la garantía del suministro, la seguridad del sistema y la integración de energías renovables no gestionables”. Para la Unión Europea es importante que se haya celebrado “un procedimiento de licitación abierto, transparente y no discriminatorio”. Tanto fuentes del Cabildo de Gran Canaria como de la propia empresa de Red Eléctrica han explicado a este periódico que siguen aguardando la resolución de la Unión Europea al respecto, esperada para finales del año pasado y que podría estar “al caer”, y que de momento lo único que se han iniciado son las obras de dicho proyecto.

Ambos actores, además, destacan que en el caso de que la UE deniegue la solicitud, esto no paralizaría las obras ni la posterior actividad de la central de Chira-Soria, pues recuerdan que en ese supuesto otra empresa se haría cargo de la gestión de la obra, lo que no hace peligrar su continuidad. La inversión total para su construcción es de 589 millones de euros, según el último cálculo realizado por las administraciones debido al aumento de los costes.

A pesar de lo expuesto, para los autores del artículo de opinión Chira-Soria debe paralizarse de inmediato por incumplir la normativa europea, Viéitez, Cuenca y Martín, que el Estado haya solicitado una excepción de la normativa comunitaria para Chira-Soria implica que España “admite que el proyecto (…) contraviene la legislación europea y por tanto es ilegal”. “Hasta que la Comisión Europea no publique la resolución de la solicitud, o sea, la decisión de si concede o no a España la excepción a la aplicación del artículo 54, el proyecto Chira-Soria está infringiendo la normativa europea”, continúan los firmantes del documento, obviando lo que ya dijo el Parlamento Europeo a finales de 2021.

Por otro lado, los tres firmantes también cuestionan las palabras pronunciadas por Red Eléctrica tras saber que el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) va a conceder una ayuda de 90 millones de euros a la compañía para la construcción de la central de bombeo en el sur de Gran Canaria. “Esta ayuda supone el reconocimiento europeo a un proyecto clave e imprescindible para conseguir la descarbonización de la isla de Gran Canaria”, dijo la empresa.

No obstante, Viéitez, Cuenca y Martín matizan que son “las administraciones públicas españolas”, en este caso el Ministerio de Hacienda, el responsable del estudio, evaluación y coordinación de la gestión de la aplicación en España de los fondos FEDER.

“Deducir que una concesión de subvención financiada con fondos europeos implica el beneplácito de los órganos europeos con el proyecto subvencionado no supone más que una nueva tergiversación interesada de los hechos a las que tan acostumbrados nos tienen los promotores y defensores del proyecto”, añaden.

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