La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha absuelto al diputado del PP Jorge Rodríguez en el denominado caso Grupo Europa, una pieza separada del caso Faycán sobre corrupción generalizada en el Ayuntamiento de Telde. La Fiscalía Anticorrupción de Las Palmas le imputaba dos delitos de tráfico de influencias y solicitaba para él un año y ocho meses de cárcel y cinco años de inhabilitación para empleo público. El TSJC ha condenado al propietario del Grupo Europa, José María Antón Marín, a cinco años de cárcel por el pago de comisiones por valor de 240.000 euros a políticos y funcionarios del Ayuntamiento de Telde, entre ellos a José Luis Mena, exjefe de Urbanismo, que ha sido condenado a seis años y diez meses de prisión.
En una sentencia de 126 páginas dada a conocer este miércoles y fechada el 3 de septiembre, la Sala presidida por José Ramón Navarro (en la actualidad presidente de la Audiencia Nacional) considera probado que Rodríguez intercedió a favor de la empresa Grupo Europa en ayuntamientos gobernados por el PP, pero no que ejerciera una presión que resultara determinante para que esta empresa ganase un concurso de gestión para promociones de viviendas sociales en Telde mediante el régimen de cooperativa. El TSJC aplica en este caso el principo in dubio pro reo, en virtud del cual se favorece al acusado en caso de que las pruebas no sean contundentes.
Para la Sala, las manifestaciones del denunciante del caso, Francisco José Benítez Cambreleng, son insuficientes para incriminar al diputado del PP: “No cabe duda que Jorge Rodríguez (que prestaba servicios de asesoramiento a las empresas de José María Antón Marín, propietario de Grupo Europa, y cobró por ello la cantidad de 64.010 euros) se prestó para introducir al empresario a diversos mandatarios municipales, entre ellos a María Antonia Torres (concejal de Vivienda y Obras Públicas del Ayuntamiento de Telde en el momento de los hechos, fallecida en 2010) y que medió para mantener diversas entrevistas con ésta, con Sonsoles Martín (exconcejal) y con Francisco Valido (exalcalde); sin embargo, no se ha acreditado suficientemente en el plenario el contenido de las presentaciones introductorias a dichos regidores ni que aquél se haya prevalido para obtener una o algunas resoluciones concretas jurídicamente torcidas”.
La Sala sí condena a José Luis Mena, jefe de Urbanismo del Consistorio en la época de los hechos denunciados (2003-2007), a seis años y diez meses de cárcel por la comisión de los delitos de cohecho -por el que además le impone una multa de 55.000 euros y la inhabilitación para empleo o cargo público durante ocho años- y falsedad de documento oficial, con una sanción de 16 meses con una cuota diaria de 200 euros y otros cuatro años y un mes de inhabilitación.
A Pedro Santana, exjefe de Patrimonio del Ayuntamiento de Telde, se le considera cómplice y autor de un delito de cohecho. Su pena es de un año y cinco meses de prisión, dos multas que ascienden a 77.000 euros y seis años y cinco meses de inhabilitación.
José María Antón Marín, propietario del caso Grupo Europa, ha sido condenado a cinco años de prisión por un delito continuado de cohecho -por sobornos- y otro contra el mercado y los consumidores. La Sala le sanciona además con 520.000 euros.
Otro de los imputados, Juan Carlos Saavedra, exgerente de la empresa pública municipal Urvitel, deberá cumplir una pena de 4 años y 10 meses de prisión como cooperador necesario del delito de cohecho y como autor de delitos contra el mercado y los consumidores, prevaricación y falsedad de documento mercantil. Saavedra ha sido inhabilitado para el ejercicio de empleo o cargo público durante los próximos quince años. Su esposa, Verónica García, acusada de falsificar un documento mercantil, ha sido absuelta.
Por su parte, Cambreleng, exgerente de la empresa, ha sido condenado a seis meses de cárcel como cómplice de cohecho y autor de un delito de falsedad documental. Deberá pagar una multa de 16.500 euros.
El fallo de la Sala también ordena el decomiso de las cantidades abonadas por Antón Marín para sobornar a Juan Carlos Saavedra (30.000 euros), José Luis Mena (30.00 euros) y Pedro Pablo Santana (30.000 euros), así como los 150.000 euros entregados a cargos políticos y funcionarios del Ayuntamiento de Telde.
Sobornos a altos funcionarios
En su exposición, los magistrados sentencian que los pagos realizados por el propietario del Grupo Europa a Saavedra, Mena y Santana han quedado acreditados no solo con la “contundente declaración” del denunciante, Benítez Cambreleng, que entregó los dos sobres, con 30.000 euros cada uno, como soborno a los altos funcionarios responsables de las áreas de Urbanismo y Patrimonio, sino también por una serie de pruebas incriminatorias. Entre ellas figura un correo de Antón Marín a Jorge Rodríguez (que dimitió como diputado en 2007 tras destaparse el caso y que volvió al Parlamento en 2011) en el que el empresario señala a Mena y Santana como las dos personas que estaban “poniendo trabas a la marcha normal de los acontecimientos”.
La Sala también ha valorado dos informes de la Agencia Tributaria para condenar a los funcionarios municipales. El primero de ellos concluye que los movimientos de cuentas de Grupo Europa y las salidas de esos 60.000 euros bajo el concepto “nómina Antón” son solo explicables para “enmascarar el pago de comisiones ilegales”. El segundo, constata ingresos sin justificación del matrimonio Mena en el periodo 2003-2008 por un total de 380.000 euros.
Mena percibió la dádiva del empresario Antón Marín como contrapartida por la modificación puntual del Plan General de Urbanismo de Telde y por la concesión de licencias para facilitar a la empresa la construcción de las viviendas a las que se había comprometido. Por otra parte, Grupo Europa sobornó a Santana para que liberara suelo para poder empezar las obras.
Los magistrados también consideran probado que Antón Marín entregó una cantidad indeterminada de dinero a María Antonia Torres (PP), ya fallecida.
La sentencia impone las costas procesales a los condenados. Contra el fallo aún cabe interponer un recurso de casación.