MADRID, 31 (EUROPA PRESS)
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) únicamente actuará contra el juez del caso Palma Arena, José Castro, si el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) se lo pide expresamente, según explicó este miércoles a Europa Press la portavoz del órgano de gobierno de los jueces, Gabriela Bravo.
Bravo aseguró que el Consejo no tiene previsto “hacer ningún tipo de valoración” de la resolución judicial por la que se impusieron medidas cautelares al ex presidente de Baleares Jaume Matas, a quien el juez acusó de haber “venido a burlarse de los simples mortales”, al tratarse de “una cuestión estrictamente jurisdiccional”.
En este sentido, recordó que el CGPJ sólo actuaría si se dan las condiciones de “procedibilidad” necesarias, en referencia a que la defensa de Matas recurra el auto al Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) y éste, tras examinar el asunto, lo ponga en conocimiento del Consejo.
Las sanciones eventualmente aplicables al juez Castro están recogidas en el apartado sexto del artículo 418 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que expone de forma “muy clara”, según Bravo, los requisitos que se han de tener en cuenta para sancionar a un magistrado por el uso de “expresiones innecesarias o improcedentes, extravagantes o manifiestamente ofensivas o irrespetuosas desde el punto de vista del razonamiento jurídico”.
En estos supuestos, el magistrado incurriría en una falta grave sancionable con una multa de entre 300 y 3.000 euros y prescribible un año después de su comisión.