La alcaldesa de Mogán vuelve a reclamar al Ayuntamiento la factura de 40.000 euros de su abogado en el caso Góndola

La alcaldesa de la localidad grancanaria de Mogán, Onalia Bueno. EFE/Ángel Medina G./Archivo

Toni Ferrera

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Nueva vuelta de tuerca en el Ayuntamiento de Mogán. A pesar de que el Consistorio del sur de Gran Canaria anuló en marzo de 2022 por carecer de la motivación exigida el acuerdo para pagar la factura de 39.001 euros del abogado de su alcaldesa, Onalia Bueno (Juntos por Mogán-Coalición Canaria), en el caso Góndola, un procedimiento penal en el que la regidora quedó libre de imputaciones en 2017, hace más de seis años, la Junta de Gobierno local ha vuelto a autorizar y comprometer dicho gasto de casi 40.000 euros a raíz de un informe emitido por la asesoría jurídica municipal en respuesta a alegaciones formuladas por la propia Bueno.

Ese documento, firmado por la funcionaria Ana Cristina Díaz Alonso, “reconoce el derecho de abono” en favor de Bueno de los costes derivados de su defensa jurídica en este proceso, realizada entonces por el abogado Juan Sánchez Limiñana, quien precisamente fue contratado por el Ayuntamiento poco después del archivo de las imputaciones de la alcaldesa a través de un procedimiento negociado sin publicidad.

Bueno fue investigada por los delitos de prevaricación, tráfico de influencias, negociaciones prohibidas a funcionarios públicos, malversación, delito electoral y revelación de secretos en el caso Góndola, unas diligencias que se abrieron en 2006 a partir de una denuncia contra varios acuerdos urbanísticos en Mogán mientras gobernaba el Partido Popular (formación a la que pertenecía y de la que era concejala en aquella época) y que se fueron ramificando en diferentes piezas a partir de las pesquisas realizadas por la Brigada de Información de la Policía Nacional en la provincia de Las Palmas.

En el escrito realizado por Díaz Alonso, la letrada considera que la alcaldesa de Mogán cumple con los requisitos fijados en la jurisprudencia del Tribunal Supremo para que los concejales que han sido investigados en causas penales puedan cargar en las arcas municipales los gastos de defensa letrada. Estos son: que los actos señalados por la Justicia hayan sido realizados en el ejercicio del cargo electo; que estos mismos no fueran llevados a cabo “con abuso, exceso, desviación de poder” o en convergencia con los intereses propios o del grupo político al que representan; que se haya declarado la inexistencia de responsabilidad criminal y, por último, que los gastos estén debidamente justificados.

Para Díaz Alonso, los delitos por los que Bueno fue imputada “se cometen en el seno del Ayuntamiento de Mogán, aludiendo a supuestas irregularidades producidas en las relaciones existentes entre los responsables municipales”. El informe señala además que estos hechos fueron cometidos “en actuaciones administrativas (…) en el cumplimiento de las funciones atribuidas, sin que se aluda a un abuso, exceso o desviación de poder o en convergencia con intereses particulares propios”. Por lo que, en su opinión, se cumplen la primera y segunda de las exigencias dispuestas por el Supremo. En lo que respecta a la tercera, cree que también lo hace al haberse dado carpetazo a las piezas en las que Bueno estaba investigada “por, en algunos casos, inexistencia de criminalidad (…), así como falta de pruebas”.

Con respecto a la cuarta, la que hace referencia a la justificación documental, el informe de la asesoría municipal de Mogán resalta que Bueno no pidió asistencia letrada por parte de los letrados del Ayuntamiento ni tampoco la autorización para ser defendida por profesionales de propia elección. La actual alcaldesa alega que en el momento de su imputación en los mencionados procesos judiciales no existía el Reglamento Orgánico Municipal (elaborado en 2012) y que el Consistorio “nunca” ofreció la protección jurídica necesaria. Pero Díaz Alonso no compra ese argumento, pues “consta en los archivos municipales provisiones de fondos para gastos de representación y defensa” de Bueno en el cauce de otras investigaciones.

Aun así, precisa que existen procedimientos “análogos” en los que “sin mediar comunicación, ni aceptación expresa o tácita, se ha reconocido el derecho a ser resarcido de sus gastos”. Por eso asegura que la regidora sureña cumple con “las condiciones para el reconocimiento del derecho solicitado”. Díaz Alonso propuso que el Ayuntamiento de Mogán volviera a autorizar y comprometer el gasto de casi 40.000 euros en concepto de indemnización a su alcaldesa por los gastos de su defensa jurídica en el caso Góndola. Y así lo hizo la Corporación local el pasado 28 de diciembre de 2023. Nueva Canarias-Bloque Canarista (NC-BQ) ha presentado un recurso potestativo de reposición. En 2022 hizo lo mismo y con ello dio pie a la anulación del acuerdo de reconocimiento de la obligación de pago. También ha presentado varios escritos en los que pide el reintegro del importe abonado.

En su recurso, NC-BQ considera que algunos de los delitos imputados a Bueno no están relacionados con el ejercicio de la función pública con la que contaba. El partido alude a la pieza 1303/2006, la que investigaba pagos irregulares de una promotora de viviendas, Grupo Europa, entre otros un mitin del expresidente de España, Mariano Rajoy, en diciembre de 2005, a cambio de obtener un concurso público del Ayuntamiento de Mogán, entonces presidido por el PP. Según recuerda el texto de Nueva Canarias, Bueno fue imputada por delitos “de naturaleza electoral y otro de descubrimiento y revelación de secretos”, para los que “no existe” vinculación, a juicio de los nacionalistas, con sus tareas como concejala. En otro procedimiento, la alcaldesa fue imputada por un “delito inmobiliario” a pesar de que “nunca ha ostentado competencias en materia de urbanismo”, matiza NC-BQ. También lo fue por “investigar a una Comisaría de Policía”, que, incide el documento, “nada tiene que ver con el cargo que ostentó”.

La formación cuestiona que la letrada Díaz Alonso, a pesar de reconocer en el informe jurídico la existencia de pagos previos en favor de Bueno, no analizara los mismos para, “si se diera el caso”, detraer de la cuantía total solicitada por la alcaldesa de Mogán las partidas ya satisfechas. Que esto no se haya hecho supone una “actuación negligente y dolosa contra las arcas públicas municipales”, insiste NC-BQ.

En el recurso, además, el partido siembra dudas sobre las facturas de Sánchez Limiñana, un total de tres, cada una de 12.849 euros, ya que “no acreditan el pago”, asevera Nueva Canarias, “pues solo aparecen garabateadas con el número de colegiado, sin sello y sin justificante de transferencia”. A la organización política le sorprende que “ningún funcionario, ni la informante, ni el interventor” hayan analizado esta cuestión. Y, en general, “observa una falta grosera de diligencia en los responsables técnicos municipales” en este sentido, ya que “omiten la labor de fiscalización y de las comprobaciones que sean necesarias en aras a garantizar la correcta gestión de los fondos públicos del Ayuntamiento de Mogán”.

Por otro lado, en relación a la cuantía de la indemnización, NC-BQ también aprecia una falta de control por parte de los funcionarios que intervinieron en el expediente y una separación “radical” del criterio seguido en casos “precedentes e idénticos”. El recurso alude a la disposición adicional 8 de las bases de ejecución del presupuesto municipal de 2021, una disposición que se repite en todas las cuentas desde 2018 y que establece que se aplicarán los baremos orientativos del colegio profesional de abogados en caso de que algún miembro de la corporación o funcionario hubiera contratado asistencia letrada externa para su defensa jurídica. 

Nueva Canarias detalla en un comunicado que la tesorera municipal inició en agosto de 2023 el expediente de reintegro de los casi 40.000 abonados a Bueno y que, de nuevo, ha solicitado al departamento encargado de la gestión de los fondos municipales acelerar ese procedimiento. También ha pedido la nulidad del acuerdo de la Junta de Gobierno del 28 de diciembre de 2023 y que “se reclamen los intereses devengados a los funcionarios que informaron favorablemente sin los requisitos de motivación y prueba necesarios”.

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