La alcaldesa de Mogán carga ahora al municipio la factura de su abogado en el caso Góndola, archivado hace 4 años

Onalia Bueno, alcaldesa de Mogán, en su despacho. (ALEJANDRO RAMOS)

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

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Más de cuatro años después de quedar libre de imputaciones en el caso Góndola, que investigaba una presunta trama de corrupción en el Ayuntamiento de Mogán durante el mandato 2003-2007, la actual alcaldesa de este municipio grancanario, Onalia Bueno (Ciudadanos por el Cambio -Ciuca), ha cargado a las arcas públicas la factura de su abogado en esa causa. Un decreto firmado por la propia regidora el 5 de enero autoriza un pago de 39.001,5 euros a su favor en concepto de gastos de defensa jurídica y minuta de procuradora. 

Tanto el acuerdo que reconoció esa obligación de pago, adoptado por la Junta de Gobierno el 28 de diciembre, como el decreto de la alcaldesa autorizándolo han sido impugnados por Nueva Canarias (NC), que considera que esas resoluciones son “contrarias a derecho y al interés general del municipio” y que los técnicos que intervinieron en el expediente incurrieron “en una falta grosera de diligencia” al “omitir la labor de fiscalización y comprobación” de los datos y la información aportada por la máxima representante del consistorio sureño.  

Onalia Bueno presentó el escrito solicitando el pago de esas cantidades el 31 de mayo de 2021. Es decir, cuatro años después de que quedara archivada la última de las piezas del caso Góndola por la que permanecía investigada. “Tras un largo (y penoso para quien tuvo que soportarlo) trámite judicial, una tras otra se fueron archivando las causas, a medida que se iba acreditando la inexistencia de las distintas actividades delictuales imputadas”, comienza exponiendo la regidora. “Me han supuesto cuantiosos gastos en abogados y procuradores, consecuencia de la imputación de actividades ilegales en el ejercicio de mi labor como cargo público, que no tengo el deber jurídico de soportar”, continuaba para justificar que hubiera decidido solicitar ahora el reintegro de esas facturas giradas por su letrado. 

La alcaldesa de Mogán fue investigada por los delitos de prevaricación, tráfico de influencias, negociaciones prohibidas a funcionarios públicos, malversación, delito electoral y revelación de secretos en el caso Góndola, unas diligencias que se abrieron en 2006 a partir de una denuncia contra determinados convenios urbanísticos en el municipio durante la etapa del Partido Popular (formación a la que pertenecía y de la que era concejala en aquella época Onalia Bueno) y que se fueron desgajando en diferentes piezas a partir de las pesquisas realizadas por la Brigada de Información de la Policía Nacional en la provincia de Las Palmas. 

El abogado de Bueno en el caso Góndola fue Juan Sánchez Limiñana, el mismo al que en 2017, poco tiempo después del archivo de las imputaciones contra la ya entonces alcaldesa de Mogán y a pesar de que su especialidad es el derecho penal, contrató para el Ayuntamiento con el cometido de llevar la defensa de la corporación en materia laboral. Resultó elegido en un procedimiento negociado sin publicidad en el que se impuso al otro aspirante por una oferta tan solo cien euros más económica y al límite de lo que en aquel momento la Ley de Contratos del Sector Público fijaba como máximo para los contratos menores (18.000 euros). 

En la solicitud presentada el pasado mes de mayo, la alcaldesa de Mogán afirma que el Ayuntamiento “nunca” le ofreció protección jurídica en el caso Góndola, un extremo que se contradice con diversas actas de la época que demuestran que la Junta de Gobierno Local aprobó varias provisiones de fondo para la defensa del alcalde (Francisco González) y de concejales y trabajadores imputados en ese procedimiento, entre ellos la propia Bueno, que ostentaba competencias delegadas en materia de Vivienda y Asuntos Sociales.  

“No había a la fecha de mi imputación ninguna norma municipal que regulase el derecho a la defensa jurídica de los concejales por imputaciones recibidas con ocasión del ejercicio de su cargo”, alega en su escrito la alcaldesa, que añade que su “única alternativa” era la elección y contratación de abogado de modo directo. En una sentencia dictada en febrero de 2002, el Tribunal Supremo establece que los gastos de defensa jurídica serán indemnizables cuando se declare la inexistencia de responsabilidad penal de un concejal tras una inculpación que tenga su origen o causa directa en el ejercicio de las funciones inherentes al cargo y siempre que sus actuaciones no hayan sido llevadas a cabo “con abuso, exceso, desviación de poder o en convergencia con intereses particulares propios o del grupo” político al que representa. 

Bueno aportó, además de los autos de archivo de las tres piezas, otras tantas facturas de los honorarios de Sánchez Limiñana por la dirección letrada en esos procedimientos, cada una de 12.840 euros (12.000 más IGIC), además de las minutas de la procuradora (481,5 euros en total). En el expediente constan dos informes jurídicos que reconocen el derecho al abono de esas cantidades sin entrar a valorar su cuantía. “No es procedente realizar por quien suscribe una valoración económica objetiva de la minuta propuesta por el letrado en tanto que se trata de una profesión no sujeta a arancel ni a precios fijos de mercado”, recoge el escrito. Tampoco consta ninguna petición de información adicional para ratificar que las actuaciones que provocaron su imputación guardan relación con su labor como concejala, a pesar de que dos de los tres autos aportados no explican los hechos por los que fue investigada, sino que se limitan a informar del archivo al no quedar acreditada la perpetración de los delitos. 

El expediente también cuenta con un escrito del interventor accidental que se ciñe a informar de que hay crédito suficiente para pagar esos gastos y de que la propuesta ha sido elevada por el órgano competente (la Junta de Gobierno local); con otro del secretario accidental que da el visto bueno a su inclusión en la sesión de la Junta como asunto de urgencia, y un tercero de la tesorera que recuerda que los gastos de personal y obligaciones, como los que solicitaba la alcaldesa por su defensa en Góndola, tienen prioridad en el orden de prelación de pagos. 

Onalia Bueno está actualmente imputada por delitos electorales y contra la administración pública. La causa se instruye en el Juzgado de Instrucción 3 de San Bartolomé de Tirajana e investiga una trama de compra de votos por parte de Ciuca, el partido de la alcaldesa, en los comicios municipales de 2015 y 2019, además de un presunto amaño para beneficiar a un empresario que habría financiado la operación o el pago de sobresueldos a funcionarios afínes. Para su defensa, Bueno ha contratado al despacho de prestigioso penalista José Antonio Choclán, el mismo que defendió a Fernando Clavijo (Coalición Canaria), expresidente del Gobierno de Canarias, en el caso Grúas, logrando el archivo de la causa. Al igual que ha hecho ahora su socia en las pasadas elecciones, Clavijo endosó a los vecinos de su municipio (La Laguna) el pago de la factura de su defensa jurídica. En su caso, 55.000 euros. 

Recurso de Nueva Canarias

Nueva Canarias (NC), partido que ejerce la oposición en el Ayuntamiento de Mogán, ha presentado dos recursos potestativos de reposición contra el acuerdo de la Junta de Gobierno y contra el decreto de Onalia Bueno. Para esta formación, esas resoluciones adolecen de una “falta absoluta de motivación y comprobación” del cumplimiento de los requisitos exigidos por el Tribunal Supremo para recibir esa indemnización. La documentación aportada por la alcaldesa para reclamar el pago “no solo es parcial, sino que omite hechos relevantes”, sostiene NC, que añade que es “imposible inferir” a partir de ella si Bueno tiene derecho a percibir ese dinero, ya que “no se pueden conocer los delitos imputados, ni si se han producido en el legítimo ejercicio del cargo”, uno de esos requisitos. 

La formación recuerda que, entre otros, Onalia Bueno fue investigada por un delito electoral “que nada tiene que ver” con las competencias que tenía como concejal de la corporación sureña. En dos de los autos aportados por la alcaldesa no se describen los hechos que motivaron la imputación en esas piezas separadas, lo que, a juicio de los recurrentes, “impide justificar el reconocimiento de los gastos”. En uno de ellos figuraba también como investigado un empresario que asesoraba en inversiones inmobiliarias al entonces alcalde, Francisco González, y a la propia Bueno. En otro, se habla de un “delito inmobiliario”. NC recuerda que la líder local de Ciuca “nunca ha ostentado competencias en urbanismo” y no tuvo responsabilidades en patrimonio en el momento de los hechos, por lo que “tampoco se desprende que su actuación tuviera que ver” con funciones propias de su cargo. 

El tercer auto sí permite conocer la naturaleza de los delitos imputados. Se refiere a la pieza 1303/2006 y, en concreto, al archivo de la causa vinculada a la promotora Grupo Europa. La jueza instructora no encontró “elementos probatorios suficientes” para vincular tres actos organizados y pagados por esa empresa en Mogán (un mitin de Mariano Rajoy en diciembre de 2005 -por 16.000 euros-, un concierto de Miguel Ríos -30.000 euros- y otro de Bebe -22.000-) con la obtención por parte de esa sociedad de un concurso público para construir viviendas sociales en el municipio. El auto remarca que la tramitación de ese procedimiento “supuestamente amañado y adjudicado irregularmente” quedó interrumpida, fue suspendida, y que, por tanto, no resultó acreditada la influencia de aquellos eventos en su devenir.  

El recurso de NC precisa que en esas diligencias, las troncales del caso Góndola, Onalia Bueno fue imputada por hechos que no se corresponden con el ejercicio de su cargo como concejal. En concreto, por la “supuesta campaña de desprestigio” contra la entonces jefa superior de Policía de Canarias, a la que llegó a investigar. Según el recurso, es “imposible” que los técnicos del Ayuntamiento de Mogán pudieran conocer estos extremos, porque no figuraban en la documentación incorporada por Bueno para solicitar la indemnización de gastos jurídicos. 

La formación añade que no se ha presentado ningún justificante del pago de los honorarios del abogado Sánchez Limiñana, a pesar de que la Ley 7/2012, de prevención y lucha contra el fraude, estipula que no podrá abonarse en efectivo ningún importe superior a los 2.500 euros.  

Pagos anteriores

Para NC, la alcaldesa de Mogán “falta abiertamente a la verdad” cuando dice que el Ayuntamiento nunca le ofreció protección jurídica en esta causa. En su recurso aporta cinco actas de Juntas de Gobierno de febrero de 2007 a agosto de 2008 en las que se aprueban provisiones de fondo para pagar a su entonces abogada (Josefina Navarrete) en esas diligencias. Una de ellas, de 5.000 euros. El partido señala, además, que los técnicos municipales no han verificado si Bueno solicitó la autorización previa de la administración para acudir a la asistencia letrada externa, uno de los requisitos fijados por la jurisprudencia. 

En relación a la cuantía de la indemnización, NC también aprecia una falta de control por parte de los funcionarios que intervinieron en el expediente y una separación “radical” del criterio seguido en casos “precedentes e idénticos”. El recurso alude a la disposición adicional 8 de las bases de ejecución del presupuesto municipal de 2021, una disposición que se repite en todas las cuentas desde 2018 y que establece que se aplicarán los baremos orientativos del colegio profesional de abogados en caso de que algún miembro de la corporación o funcionario hubiera contratado asistencia letrada externa para su defensa jurídica. 

Por todo ello, solicita la nulidad del acuerdo e insta al interventor a que se pronuncie “de forma crítica” e inicie el expediente de reintegro de las cantidades “indebidamente abonadas”. Nueva Canarias entiende, además, que Onalia Bueno incumplió su deber de abstención al firmar el decreto de autorización del pago a su favor de esos cerca de 40.000 euros. 

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