Canarias incluye régimen sancionador en su Ley de Transparencia

Efe

Las Palmas de Gran Canaria —

La Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad ha hecho público que en el borrador del anteproyecto de ley canaria de transparencia se ha incluido un régimen sancionador, y en el que añade que el texto regional amplía el estatal. De este modo responde el Gobierno canario al secretario general del PP canario Asier Antona, quien ha criticado, entre otras cuestiones, que el borrador del texto del anteproyecto de ley carece de régimen sancionador, y en el comunicado se señala que la ley regional amplía la estatal, la cual será de obligado cumplimiento por su carácter básico.

El texto canario aún es un borrador al que se han incorporado mejoras a propuesta de colectivos y ciudadanos durante el periodo de alegaciones y la nueva redacción será entregada a los grupos parlamentarios en los próximos días, momento en el que se les informará en detalle sobre los nuevos contenidos, se explica en el comunicado.

El Gobierno canario asegura que está abierto a incorporar cambios a sugerencia del PP y grupo Mixto para la mejora de la redacción actual del borrador para favorecer el consenso político

También explica que el régimen sancionador se ha incluido a petición de colectivos y personas que han presentado alegaciones.

El consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, Francisco Hernández Spínola, señala que el hecho de que en el borrador de ley no se recoja de manera explícita a organizaciones sindicales y empresariales en el ámbito de aplicación subjetivo, no las exime del cumplimiento del principio de transparencia, pues la ley básica estatal obliga.

De igual modo, en la normativa canaria, tampoco se incluye ni se incluirá a la Casa Real, la Iglesia o los partidos políticos porque todos estos sujetos están fuera del ámbito competencial autonómico y ya tienen su tratamiento explícito en la ley estatal, aclara el consejero.

Cita como ejemplo de la ampliación que supone la ley canaria respecto a la normativa estatal el aumento del ámbito subjetivo para entidades privadas.

La ley estatal, en su artículo 3, especifica que quedan afectados por el principio de transparencia las entidades privadas que reciben fondos públicos anuales por una cuantía superior a 100.000 euros, cantidad que en la propuesta canaria queda reducida a 60.000 euros lo que incrementa el número de entidades privadas afectadas.

De igual modo, añade, la ley estatal establece que resultan de aplicación sus preceptos para las entidades privadas que tengan al menos un 40% de sus ingresos anuales procedentes de fondos públicos. La norma canaria rebaja este requisito a 30%, lo que también aumenta el número de sujetos afectados.

Francisco Hernández Spínola afirma asimismo que cabildos y ayuntamientos estarán obligadas a cumplir la ley de transparencia por la norma estatal, y también por la normativa autonómica propuesta en el borrador de anteproyecto de ley.

En este texto, aclara, lo que se prevé es la inclusión de un título específico sobre transparencia, que está elaborado e incluido de “forma profusa y detallada en el borrador de la ley del Sector Público Municipal y de la Ley de Cabildos”.

En cuanto al órgano de control que debe garantizar el cumplimiento del acceso a la información y los criterios de transparencia por las administraciones públicas, el Gobierno de Canarias está dispuesto a escuchar y estudiar opciones, añade.

La propuesta inicial asigna esa tarea al Diputado del Común, algo que se incluyó en aplicación de los principios de eficiencia y austeridad que rigen en al Administración Pública, comenta el consejero.