De la cuota en debates electorales al nombre que podrá usar: las secuelas de la “extinción” de Nueva Canarias

El líder de Nueva Canarias, Román Rodríguez, a la izquierda, junto a Pedro Quevedo, diputado que cedió su escaño a Coalición Canaria en virtud del acuerdo electoral entre ambos partidos.

Jennifer Jiménez

Las Palmas de Gran Canaria —

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Salvar su marca o modificarla ligeramente. Son los escenarios que baraja Nueva Canarias, que aún no ha logrado acceder al expediente que contiene toda la información sobre por qué terminó excluida del registro de partidos políticos y por qué sus responsables se enteraron un año después. La formación, declarada “extinta” por una sentencia que es firme y que concluyó que no tenía adaptados sus estatutos a la Ley de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos de 2015, tampoco cierra la puerta a poder anular ese proceso, pero esperará a contar con todos los datos y a lo que recomienden los juristas. “En el peor de los casos, el partido solo tendrá que cambiar de marca”, ha asegurado en distintas declaraciones en los últimos días el líder de esta fuerza, Román Rodríguez, que reduce esta situación a un problema administrativo que “solo afecta” al propio partido. Sin embargo, ¿qué consecuencias conllevaría un cambio de marca?

“Es un supuesto la verdad que poco habitual el hecho de que un partido tenga representación y que por un problema legal le retiren el nombre, pero sí es verdad que hay jurisprudencia y, en algunas ocasiones, cuando un partido se ha disuelto o se ha integrado en una coalición, toda esa estructura política hereda los derechos que tenía el anterior”, señala Vicente Navarro Marchante, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna (ULL). En concreto, hace referencia a los derechos de cara a unas próximas elecciones, como a que se le convoque a debates en medios de comunicación. “Si recurren a la Junta Electoral porque la televisión no les quisiera dar espacio gratuito, las probabilidades de ganar ese recurso son muy altas”, afirma. 

En este sentido, cita el ejemplo de Manuela Carmena, que en 2015 concurrió con la plataforma Ahora Madrid a la alcaldía de ese municipio y en 2019 con Más Madrid. La Junta Electoral Central concluyó que podía acudir a los debates de las distintas televisiones, ya que esta última candidatura era “heredera” de la otra. Navarro remarca que esa resolución entendió que se trataba de la misma candidata a la misma institución y que la mayor parte de la lista electoral estaba integrada por personas de la anterior candidatura, por lo que no había problema. Por ello, entiende que esta fórmula podrá trasladarse al caso de la marca que registre Nueva Canarias, ya que en ese caso la estructura, los estatutos y las personas que la integran son las mismas. 

Navarro, que ha realizado un análisis crítico en su artículo de investigación La participación de los grupos políticos significativos en los debates: la errática doctrina de la Junta Electoral Central, señala que aunque es un “tema complejo”, incluso en la Junta Electoral de Canarias hay jurisprudencia ya que existe una resolución que recoge que el Partido de Independientes de Lanzarote (PIL) al integrarse en una plataforma “efectivamente heredó los derechos de acudir al debate electoral”, resume. Por ello, a su juicio, tanto si Nueva Canarias opta por mantener las mismas siglas como por plantear una denominación parecida, mantendría esos derechos que ahora tiene. 

Todos los expertos consultados estas últimas semanas coinciden: Nueva Canarias no es un partido ilegal, no ha sido ilegalizado porque esto solo se contempla en determinados supuestos que recoge la ley como “dar un apoyo político real y efectivo a la violencia o el terrorismo”. Gerardo Pérez, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna (ULL), remarca que un partido político para poder presentarse a unos comicios debe cumplir con dos requisitos imprescindibles: tener personalidad jurídica y estar inscrito en el registro de partidos. Se trata de dos condicionantes que a día de hoy Nueva Canarias no cumple. El profesor también aclaró que los diputados y representantes electos son personas físicas que representan al pueblo. Por tanto, pueden seguir desempeñando sus funciones. “No hay ningún problema con que continúen porque ellos no están ahí como miembros de NC sino como representantes del pueblo”, indica. 

Precisamente, en este punto, otro experto consultado apunta que Nueva Canarias ha concurrido a las elecciones conformando candidaturas, en ocasiones compuesta en alianza con otros partidos políticos. Por ello, explica que en materia de Derechos y Libertades (en este caso el derecho de asociación y de conformación de partidos políticos), las interpretaciones deben ser siempre las más favorables para el cumplimiento del derecho y nunca las más restrictivas. Además, no se puede aplicar un efecto sancionador que no esté explícitamente previsto en normas de rango legal y para un hecho perfectamente tipificado. En este caso, Nueva Canarias ha recibido su sanción según dictó la sentencia firme: su extinción como partido político. Por tanto, la sentencia ya cumplió sus efectos, que no deberían ir más allá de los previstos en la legalidad. 

La falta de rendición de cuentas

En cualquier caso, Nueva Canarias no podría presentarse a unas elecciones inminentes porque no existe en el registro, pero aún dispone de un año para subsanar su situación. De momento, ya ha empezado a percibir consecuencias de lo ocurrido: el Parlamento de Canarias ha instado a su grupo parlamentario a no transferir el dinero de la subvención que le corresponde de la Cámara al partido. Una subvención que ha venido cobrando por su representación en el Congreso de los Diputados aún cuando la sentencia ya era firme. 

Hay expertos que abogan por que mantenga la misma marca a la hora de constituirse de nuevo en el registro, precisamente para evitar confundir a la ciudadanía. No obstante, las distintas posibilidades están sobre la mesa. Nueva Canarias insiste en que se trata de un problema administrativo y achaca a la falta de medios humanos su retraso para estar al día con la ley de 2015. La sentencia alude a que el motivo de la “extinción” de esta formación es que sus estatutos no se adaptan a la Ley de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos, que establecía un plazo de tres años para hacerlo y añade que “recibido el oportuno requerimiento”, Nueva Canarias “nada ha realizado en orden al cumplimiento de las exigencias indicadas, a adaptar sus Estatutos a los preceptos”.  En este punto, la formación de Román Rodríguez insiste en que no recibió esa notificación, pero ahora tendrá que probarlo. 

La Audiencia Nacional entiende que los estatutos de Nueva Canarias no recogen lo que la ley califica de “contenido mínimo”. En la sentencia se señala que debe constar el sitio web y la dirección electrónica, que se completen los derechos y deberes de los afiliados o la importancia de que se que añada el procedimiento de rendición de cuentas, incluyendo la remisión anual de las mismas al Tribunal de Cuentas dentro del plazo legalmente establecido o la determinación del responsable económico-financiero del partido y el procedimiento para su designación, entre otros requisitos.  Sobre esto último, el partido ha insistido en que para entregar las cuentas de 2018, 2019 y 2020 se había solicitado una prórroga y que como no recibió respuesta alguna entendió “silencio administrativo”. La última semana de julio, esas cuentas fueron remitidas y se nombró a un procurador para personarse en el expediente administrativo y judicial. Sobre las de 2021, el secretario de organización, Carmelo Ramírez, reconoció en una rueda de prensa que la formación está fuera de plazo, pero que se solicitará una prórroga para entregarla. 

Cabe recordar que la sentencia hizo referencia a la supuesta falta de actividad de Nueva Canarias desde el año 2017 debido a que no se había producido comunicación con el registro desde entonces. La formación que lidera Román Rodríguez actualmente gobierna en el Pacto de Canarias junto al PSOE, Podemos y ASG. Hasta hace unas semanas contaba con un diputado nacional, Pedro Quevedo, que ha sido sustituido por una diputada de Coalición Canaria, María Fernández, según el acuerdo electoral alcanzado en 2019 entre ambas formaciones. Quevedo además es concejal en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y ha sido en ocasiones diputado clave para sacar adelante presupuestos generales y otras votaciones importantes para el Ejecutivo central. Nueva Canaria gobierna el Cabildo de Gran Canaria y en 2019 consiguió un total de nueve alcaldías. Seis de ellas con mayoría absoluta y el resto con pactos con otras formaciones políticas. Además, forma parte de los gobiernos de otras 16 corporaciones. En otros ejerce como oposición. 

Nueva Canarias ya ha analizado en una reunión lo ocurrido y ahora cuenta con un año, ya que no hay indicios de que se vaya a producir un adelanto electoral en el Archipiélago, para restablecer su marca, adaptar sus estatutos a la ley (desde el pasado mes de mayo cuenta con nuevos estatutos tras su V Congreso), estar al día en las cuentas (las de 2018, 2019 y 2020 asegura que ya se entregaron hace días) y avanzar en transparencia, adaptando su página web a lo que manda la ley, pues en este punto también lleva retraso. La formación había iniciado desde su último congreso una refundación del nacionalismo canario, adoptando abiertamente el término canarismo, entendido como un espacio más transversal, de “obediencia canaria”, donde las decisiones se toman en esta comunidad. 

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