LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 31 (EUROPA PRESS)
La Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias ha tramitado a la Fiscalía un total de nueve denuncias por agresiones presentadas por profesores hasta el momento.
El Ejecutivo regional realiza este proceso, tras la firma del 18 de diciembre de 2009, donde se suscribió un convenio de colaboración con el Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de Canarias en esta materia.
Actualmente de las nueve denuncias remitidas hasta la Fiscalía, ocho de ellas han sido calificadas como faltas por el órgano judicial competente, mientras que una se ha considerado como delito. Este último caso está a la espera de que se celebre la vista, según informó el Gobierno canario en nota de prensa.
En cuanto al convenio de colaboración firmado con la Fiscalía está suscrito por un periodo de cinco años y su objetivo es el de contribuir a una disminución de las agresiones y mantener la dignidad profesional de los docentes, “imprescindible” para el ejercicio de su profesión.
Por ello, se articulan los mecanismos de cooperación necesarios para asegurar la existencia de los canales de información recíprocos “indispensables en orden a la mejora de la eficacia en la investigación, persecución y castigo de dichas agresiones”.
Además, es una comisión mixta la que se encarga del seguimiento del convenio, siendo su objetivo la resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse.
Este convenio se desarrolló en una Orden de la Consejería de Educación, por la que se aprueba el Protocolo de Actuación para Agresiones del Personal Docente en el ámbito educativo de los centros públicos (BOC de 31 de diciembre de 2009).
De esta forma, la Fiscalía asume el compromiso de investigar los casos de agresiones a docentes e impulsar el enjuiciamiento ante los tribunales para castigar tales conductas, si fueran constitutivas de delito o falta.
Respecto a las actuaciones a realizar por la Fiscalía Superior en su protocolo se inician tras recibir la denuncia. Posteriormente el fiscal incoa las oportunas diligencias de investigación, pudiendo ordenar la práctica de las diligencias que estime y a su término acordará, mediante el correspondiente decreto, su remisión al Juzgado de Instrucción competente si considera que hay indicios suficientes de la existencia de una infracción criminal, bien sea delito o falta, comunicando la resolución al denunciante.
Por contra, si el fiscal estima que el hecho no reviste los caracteres de infracción penal, decretará el archivo de las diligencias de investigación, comunicando tal decisión al denunciante quien, en su caso, podrá reiterar su denuncia ante el juez de Instrucción competente.
Asimismo, en los casos en que la Administración presente la denuncia directamente ante la Fiscalía, resulta “indispensable” que no se efectúe ninguna otra denuncia ni comunicación ante el Juzgado de Guardia o ante la Policía, ya que ello provocaría la incoación de diligencias previas judiciales, lo que determina que el fiscal deba cesar en sus diligencias de conformidad con lo dispuesto en el artículo 773 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
En cuanto a los casos de denuncias interpuestas ante la Policía o el Juzgado de Guardia, el fiscal verifica el estado de la denuncia ya presentada y procede a su seguimiento singularizado, una vez se le haya comunicado por la administración educativa.
Finalmente, el fiscal jefe correspondiente dará las instrucciones oportunas para que cada uno de los procedimientos que se incoen sea objeto de un particular seguimiento por parte de los fiscales competentes.