Las Palmas de Gran Canaria achaca el retraso de los contratos de Limpieza a un “incumplimiento absoluto” de Hacienda
El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha achacado a la Consejería de Hacienda del Gobierno regional un “incumplimiento absoluto” en los plazos de emisión de los informes de la Junta Consultiva de Contratación del Gobierno de Canarias sobre los expedientes del Servicio Municipal de Limpieza.
El concejal de Presidencia, Hacienda, Modernización y Recursos Humanos del Consistorio capitalino, Francisco Hernández Spínola, ha señalado su “sorpresa” por las declaraciones de la propia consejera de Hacienda, Matilde Asián, sobre que no se podría atribuir al Ejecutivo autonómico ningún retraso en los nuevos contratos de recogida de residuos sólidos urbanos y de limpieza viaria, y que el informe que emite la Junta Consultiva de Contratación Pública es preceptivo pero no tiene carácter vinculante. Sin embargo, Spínola ha subrayado que la emisión del informe “le incumbe única y exclusivamente a la Junta Consultiva dependiente de esa Consejería”.
En un comunicado, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha querido aclarar que tanto el expediente de recogida de residuos sólidos urbanos como el de limpieza viaria fueron remitidos a la Junta Consultiva el 13 de septiembre de 2024 para la emisión de informe preceptivo acerca de la estructura de costes de ambos contratos, paso previo para poder aprobar una fórmula de revisión de precios aplicable a aquellos.
El Consistorio recuerda que conforme a la normativa aplicable, el plazo de emisión del informe es de 20 días hábiles y por tanto finalizó el 11 de octubre de 2024.
También explicó que con posterioridad a la remisión de los expedientes por la corporación local, y dentro del plazo para emitir los informes de ambos contratos (concretamente el 1 de octubre de 2024), la Junta Consultiva aprobó una Instrucción relativa al cumplimiento del trámite y a la evacuación del informe valorativo de estructura de costes a que se refiere el Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, que, según indica “se ha aplicado con efectos retroactivos a los expedientes enviados por el Ayuntamiento”.
El Consistorio prosigue explicando que un mes y medio después de la remisión de los expedientes por el Ayuntamiento, casi un mes después de aprobar la citada instrucción y 11 días hábiles (más de dos semanas) después de la finalización del plazo previsto para la emisión del informe, esto es, el 28 de octubre de 2024, la Junta Consultiva requirió al Ayuntamiento documentación complementaria para poder emitir su informe. El Ayuntamiento remitió la documentación solicitada los días 7 y 8 de noviembre (7 la del expediente de recogida de residuos y 8 la del expediente de limpieza viaria).
En este sentido, “podría entenderse que la solicitud de documentación al Ayuntamiento suspende el plazo de emisión de informe, pero este plazo en realidad ya había finalizado. En cualquier caso, sería una suspensión del plazo, y no una interrupción del mismo, por lo que este plazo no podría volver a computarse desde el principio”.
Según el artículo 80.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, señala que “de no emitirse el informe en el plazo señalado, y sin perjuicio de la responsabilidad en que incurra el responsable de la demora, se podrán proseguir las actuaciones salvo cuando se trate de un informe preceptivo”, recuerda el Ayuntamiento.
En la propia Instrucción de la Junta Consultiva (página 2) se reconoce que la omisión de este trámite constituye causa de nulidad del procedimiento de licitación.
En cualquier caso, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria lamenta la situación producida que genera un retraso en la continuidad de la tramitación de los expedientes, que origina un retraso evidente en la prestación de un servicio público fundamental para la ciudad. Por ello, insta a que en el menor tiempo posible se emita el correspondiente informe preceptivo.
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