La Fiscalía ha recomendado al Tribunal Supremo que devuelva a la Audiencia de Las Palmas el caso Kárate, el mayor proceso por pederastia juzgado en España, para que se dicte una nueva sentencia donde los magistrados expliquen cuál es su valoración sobre los testigos de la defensa.
En un escrito fechado el 5 de noviembre, el fiscal del Supremo Salvador Viada Bardají subraya que el Ministerio Público considera que la sentencia contiene suficientes pruebas de cargo contra el principal imputado, Fernando Torres Baena, que fue condenado a 302 años de cárcel como autor de 35 delitos de abuso sexual y otros 13 de corrupción de menores cometidos durante casi dos décadas.
Sin embargo, también reconoce que su abogado tiene razón al reclamar al tribunal una mayor explicación sobre cuál es la valoración que le merecen los 14 testimonios que aportó en descargo de Torres Baena, a los que la sentencia “no hace referencia”, según el recurso presentado por el letrado Ángel Luis Calonge.
El fiscal considera que se trata de una prueba “meramente circunstancial”, pero entiende que “el tribunal debería haberla valorado” y, por ello, propone que “se anule la sentencia y se remita nuevamente al tribunal sentenciador”, la sección sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, para que dicte otra.
El Ministerio Público se opone a todos los recursos formulados por las partes contra la sentencia, salvo en ese aspecto concreto apuntado por la defensa de Fernando Torres de Baena y en el referido a la absolución del también imputado Juan Luis Benítez, monitor de la academia de Kárate en la que se produjeron los abusos.
El fiscal considera que la acusación particular tiene razón al describir a Benítez como “un depredador sexual de menores, igual que los otros condenados”, porque son numerosos los testimonios de chicos y chicas que así lo aseguran y porque varios sitúan al monitor “en la pirámide sexual” organizada por Torres Baena.
La Fiscalía sostiene que “hay pruebas muy sólidas” contra Benítez, “tan sólidas como respecto de otros acusados de que abusaba de menores”.
Además, recuerda que el acusado mantuvo silencio en el juicio, por lo que la sala tampoco pudo quedar convencida de su versión y, por ello, “debe reconsiderar su valoración” sobre el imputado, porque los elementos que se han tomado para negar su responsabilidad “no resisten un somero análisis”.
Para el fiscal, los argumentos de la Audiencia de Las Palmas para absolver a Benítez son “arbitrarios” y “no se pueden aceptar desde los parámetros de la racionalidad”.
El Ministerio Público comparte en este aspecto los argumentos del magistrado que emitió un voto particular contrario a esa absolución, Emilio Moya, quien entendía que había suficiente prueba para condenar a Benítez por delitos continuados de abusos sexuales a tres menores que fueron alumnas suyas y por los que él hubiera impuesto una condena de 20 años.