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Educación investiga si dos inspectores propusieron al tribunal que evaluó a sus hijos en unas oposiciones

La Consejería de Educación del Gobierno de Canarias ha abierto a finales del mes de enero diligencias previas para determinar si hay indicios suficientes para abrir expediente disciplinario a dos inspectores que coordinaron la conformación de los tribunales que evaluaron a los opositores del cuerpo de profesores de Secundaria en 2018 y de maestros, en 2019. En esta fase de recabación de datos se trata de dilucidar si estos funcionarios debieron abstenerse de integrar estas comisiones de coordinación ya que sus hijos se habrían presentado a estos procesos selectivos, que se celebraron durante el Gobierno de Coalición Canaria, con Soledad Monzón al frente de esta área.

Los inspectores, a quienes se les ha comunicado ya la apertura de estas diligencias previas, son Francisco C. y Fidel T. Ambos han integrado comisiones que eligen a los presidentes de los tribunales del proceso selectivo. El primero fue miembro de la comisión por la especialidad de Pedagogía Terapéutica y el segundo, en la de Educación Primaria, según se recoge en los documentos que se encuentran en la página web de la Consejería. En el caso de las oposiciones de Secundaria, celebradas el año anterior, Fidel T. integró la comisión de coordinación por la especialidad de Orientación Educativa. Los tribunales de las diferentes materias se encuentran además presididos por directores y directoras de centros procedentes, algunos de ellos, de las mismas zonas donde ejercen su trabajo estos funcionarios.

Por ejemplo, el hijo de Francisco C. se habría presentado a la especialidad de Educación Física, cuyo presidente del tribunal era entonces el director del CEO Omayra Sánchez. Se trata de un centro educativo que pertenece a la zona que inspecciona este funcionario, encargado del área 320, que alberga varios colegios e institutos del municipio de Telde y la zona de Jinámar.

En el caso de Fidel T., una de sus hijas se habría presentado a la convocatoria de Secundaria en 2018 por la especialidad de Matemáticas y en 2019 otra de sus hijas a la especialidad de maestra de Inglés. En ambos casos también presiden sus tribunales personas que trabajaban en los centros que entraban dentro de la zona de inspección de este funcionario (CEIP San Isidro e IES Roque Amagro), que hasta el curso pasado supervisaba Gáldar y Agaete (zona 302). No obstante, actualmente las calificaciones no aparecen en la página web.

El deber de abstención, en cuestionamiento

La figura del inspector de Educación tiene bastante peso en los centros educativos ya que de su puntuación depende además la continuidad de los directivos. Elaboran un informe tras evaluar a los directores o directoras durante su mandato de cuatro años y ese documento se presenta a la comisión que decide su reelección. Su función es la de velar por el cumplimiento de las normas en los centros, según se recoge en la ley educativa actual (LOMCE). Estos hechos, de confirmarse y abrirse expediente, pondrían en cuestión el sistema, que permite que los tribunales estén integrados por personas que se conocen y trabajan juntas en grado de jerarquía.

Entre las obligaciones a las que se encuentran sometidos los funcionarios públicos destaca la de “abstenerse de intervenir en el procedimiento” o comunicarlo “a su superior inmediato” en el caso de que “exista vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad del segundo, con cualquiera de los interesados”. Así se expresa en el artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, según el Estatuto Básico del Empleado Público, este personal debe desempeñar las tareas que tengan asignadas con diligencias y velando “por los intereses generales” siempre teniendo presentes principios como “la objetividad, imparcialidad o neutralidad”, entre otros. Atendiendo al artículo 53 de ese mismo estatuto, que versa sobre los principios éticos, se subraya que “se abstendrán en aquellos asuntos en los que tengan un interés personal, así como de toda actividad privada o interés que pueda suponer un riesgo de plantear conflictos de intereses con su puesto público”. También se recoge que la actuación del funcionariado se fundamentará en “consideraciones objetivas orientadas hacia la imparcialidad y el interés común, al margen de cualquier otro factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares u otras que puedan colisionar con este principio”.

Este periódico ha intentado contactar a través de la Consejería con los dos inspectores a quienes se les han abierto diligencias previas con el fin de conocer su versión sobre los hechos. Sin embargo, desde Eduación han señalado que estos funcionarios no han querido hacer declaraciones al respecto. Las diligencias abiertas determinarán si debieron abstenerse de formar parte de estas comisiones de coordinación o no.

Los dos procesos selectivos mencionados han supuesto un total de 1.160 plazas en el caso de Secundaria y 1.867 plazas en el de Primaria. Las listas de esta última convocatoria están siendo reordenadas por el Gobierno actual, un procedimiento que ha sufrido retrasos debido a la gran cantidad de personas que presentaron recursos por este proceso. Sin embargo, ninguna de estas alegaciones se produjo por la actuación de estos inspectores, según ha confirmado la Consejería de Educación. No obstante, se trata de un tema muy comentado entre los opositores, especialmente entre los maestros. Este año se ofertarán 1.377 plazas para Secundaria, FP y Escuelas Oficiales de Idiomas.