La Audiencia de Las Palmas ha condenado a penas de entre ocho años y seis meses, y tres años y seis meses de cárcel a los acusados de violar a una turista danesa que estaba sola e inconsciente por su embriaguez, y de la que abusaron después los otros tres imputados la madrugada del 25 de diciembre de 2016 en un centro comercial del sur de Gran Canaria.
La sentencia considera que existe “prueba de cargo suficiente” para destruir la presunción de inocencia de los cuatro acusados que negaron los hechos en el juicio.
Y ello lo fundamenta la sentencia en la declaración de la víctima a la que “da absoluta credibilidad”, pese a la limitación por su elevada ingesta de alcohol ese día, por “el detallado análisis” de su testimonio, las grabaciones de las imágenes que se visionaron en el juicio de las cámaras que había instaladas en el centro comercial de Puerto Rico, donde sucedieron los hechos, los informes periciales de análisis de su ropa y las propias declaraciones de los acusados.
El tribunal no tiene duda de que la víctima se encontraba muy bebida, por sus manifestaciones, las de los testigos y las de las imágenes de las cámaras del centro comercial que se analizaron y que recogieron la “agresión violenta” de Mohamed E.H., quien además de agredir sexualmente a la víctima intentó robarle una cadena de oro que llevaba en el cuello.
Este acusado ha sido condenado por ambos delitos -el de agresión sexual y tentativa de robo- a 8 años y 6 meses de prisión, así como a indemnizar a la víctima en la cantidad de 25.000 euros.
El siguiente acusado que según las imágenes grabadas abusó de la turista fue Ahmed A., quien ha sido condenado a 6 años de prisión por un delito de abuso sexual con acceso carnal y al pago de una indemnización de 25.000 euros.
Los otros dos procesados, Brahim A., e Ibrahim Y., han sido condenados también por sendos delitos de abuso sexual pero sin acceso carnal, así como de cooperación necesaria ya que ambos mantuvieron una actitud vigilante mientras el otro abusaba de la turista.
La pena impuesta para ambos es de 3 años y 6 meses de cárcel y el abono de una indemnización de 15.000 euros cada uno.
En el caso de estos dos procesado, se halló semen de ambos en la ropa interior de la víctima, lo que permite acreditar que se llevaron actos de naturaleza sexual “sin ningún género de duda”, ya que además las cámaras sí grabaron imágenes de ambos subiéndose la cremallera de sus pantalones, según señala la sentencia.
A los cuatro condenados se les ha impuesto la prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima por un periodo que comprende los quince años, en el caso del principal encausado, y los ocho y seis años en el caso de los otros tres, así como medidas de libertad vigilada por un periodo de seis años a Mohamed E.H. y cinco años al resto.
Según los hechos probados, Mohamed E.H. fue el primero que arrinconó contra la pared a la víctima, a la que penetró vaginalmente y la dejó en estado de semiinconsciencia, y cuarenta minutos después, llegó Ahmed A., que fue avisado por el anterior de cómo se encontraba la turista y de dónde se encontraba, en un pasillo trasero de la planta segunda del centro comercial de Puerto Rico.
El procesado Ahmed A. acudió al lugar en compañía de otra persona que no ha sido identificada y también se aprovechó del estado de la turista y la penetró vaginalmente mientras. La otra persona se encargó de vigilar la zona.
Pasados veinte minutos, aparecieron en el lugar los otros dos acusados avisados por los anteriores, y se aprovecharon igualmente de la turista sobre cuya ropa interior eyacularon, mientras el otro hacía labores de vigilancia para no ser descubiertos, según se indica en el relato de hechos probados