Un Juzgado de Lanzarote ha condenado a tres años de cárcel a una guardia civil que tuvo un accidente de tráfico en 2011 en el que murió un compañero de profesión y otros dos resultaron heridos cuando conducía su vehículo, fuera de servicio, bajo los efectos del alcohol.
En su sentencia, facilitada hoy a Efe por la acusación que ejercían los padres del fallecido, el Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife declara a Bárbara S.M. culpable de un delito de homicidio y dos de lesiones, todos ellos por imprudencia grave.
El Juzgado considera probado que la acusada realizó una maniobra brusca y antirreglamentaria para salir de la autovía LZ-2, como consecuencia de la cual perdió el control del vehículo y acabó chocando de frente contra el tronco de una palmera, sobre las 21.30 horas del 9 de abril de 2011.
Una de las tres personas que viajaban con ella, Alejandro Cruz Vizcaíno, de 29 años, resultó muerto a causa del traumatismo severo que sufrió, mientras que los otros dos, Ainoa R.B., de 27 años, y Roberto U. H., de 32, padecieron distintos traumatismos por los que precisaron ingreso hospitalario cerca de un mes y que, en el caso de la primera, tardaron más de un año en curar.
La sentencia declara acreditado que la acusada, Bárbara S.M., tenía sus condiciones psicofísicas “muy mermadas a causa del alcohol que había ingerido”.
En las pruebas que se le practicaron en el hospital dio positivo a cannabis y alcohol, con 1,65 gramos de esta última sustancia por litro de sangre, por lo que triplicaba la legalmente permitida, según expone en sus fundamentos la magistrada, que además rechazó la impugnación de esta prueba por no hallar vulneración del derecho fundamental a la intimidad corporal, como sostuvo la defensa.
Además de la pena de prisión, el fallo retira a la acusada el carné de circulación y le prohíbe conducir durante cuatro años y seis meses.
La magistrada considera que su conducta fue grave porque “bebió abundantemente” ese día, hasta el punto de que dio un resultado muy alto, y además hizo un giro brusco porque se pasaba una salida.
Al intentar tomarla, rebasó una línea continua y una zona cebreada a una velocidad superior a la permitida, pues iba al menos a 62 kilómetros por hora, cuando tenía que haber circulado a 40.
A la acusada, según la sentencia, se le han impuesto penas intermedias por no haber méritos para imponer las mínimas ni tampoco las máximas, ya que carece de antecedentes penales.
Estas penas, entiende la magistrada que son ajustadas a derecho, dado que circulaba muy bebida el día de autos y había dado positivo en sustancias estupefacientes, y porque, debido a su profesión, debió haber “extremado las precauciones de no conducir bajo ningún concepto en tales circunstancias”.
La magistrada añade que a la acusada se le supone mayor diligencia y respeto a las normas que al resto de los ciudadanos, ya que precisamente los agentes de la autoridad se dedican a perseguir esta clase de conductas delictivas.
Los familiares del fallecido han expresado su satisfacción por la sentencia condenatoria y por el buen trabajo del Ministerio Fiscal y el Juzgado de Instrucción número 3 de Arrecife, por “su diligencia y profesionalidad”.
A su juicio, este tipo de condenas sirven para evitar que se repitan tragedias provocadas por personas que conducen bajo la influencia del alcohol.