Los servicios jurídicos rechazan que Canarias por sí sola pueda hacer fijos a los interinos en abuso de temporalidad

Protesta de los trabajadores públicos temporales ante la sede de Presidencia del Gobierno de Canarias. (ÁNGEL SARMIENTO)

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

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El pacto alcanzado entre el Gobierno de Canarias y los trabajadores para acabar con el abuso de la temporalidad en el empleo público solo puede ser interpretado como una “declaración de intenciones”. Así lo entienden, al menos, los servicios jurídicos de la comunidad autónoma, que en un informe fechado el 31 de mayo y firmado por la viceconsejera del departamento, Isabel Cubas, insisten en que la administración regional no es competente, sin la participación del Estado como legislador básico, para convertir de forma automática en personal fijo a los trabajadores interinos afectados por la contratación temporal sucesiva en fraude de ley.

La Dirección General de Función Pública y el Comité de Huelga de los empleados públicos de la administración general anunciaron a finales de abril un principio de acuerdo para poner fin a una situación en la que se encuentran miles de trabajadores que ocupan desde hace años puestos estructurales con contratos eventuales, sin haber tenido opción de consolidar sus plazas. Las partes se comprometían a conseguir la permanencia del personal no fijo afectado para cumplir con la directiva comunitaria 1999/70/CE y el contenido de la sentencia del 14 de marzo de 2020 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la prevención y sanción del abuso de temporalidad en las administraciones públicas. Para buscar fórmulas que permitieran cumplir con este propósito, se planteó la creación de dos grupos técnicos de trabajo de composición paritaria. El primero para identificar a las personas víctimas del abuso y el segundo para “estudiar las medidas administrativas y jurídicas legales necesarias” para garantizar la continuidad de los empleados temporales en sus puestos de trabajo.

La firma del acuerdo, prevista para el 30 de abril, se suspendió en la víspera. La Consejería de Administración Pública envió un comunicado la noche anterior en el que anunciaba el aplazamiento de la rueda de prensa que había convocado para su presentación. Después explicó el motivo: había pedido un informe para dotar de seguridad jurídica a esa actuación.

La Viceconsejería de Servicios Jurídicos respondió a esa petición con el informe del 31 de mayo, en el que establece dos interpretaciones posibles al acuerdo. El primero, que conllevaría la fijeza automática para el personal en abuso de temporalidad, resulta “contrario a derecho”, a juicio de este departamento, que ya manifestó la misma tesis en otro escrito en diciembre del año pasado y que ahora alude también a una sentencia dictada el pasado 3 de mayo por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Esta resolución judicial expone que “la normativa española no permite la conversión de nombramientos interinos en fijos por el mero hecho de llevar un número determinado de años desempeñando un puesto de trabajo en régimen de interinidad”.

La sentencia del TSJC hace referencia a un fallo del Supremo que concluye que, aun en el caso de que quede acreditado el abuso de una relación interina de larga duración, “no se produciría la repetida conversión, sino que podría dar lugar a una indemnización siempre que resultase probado un daño”. Para adquirir la fijeza es necesario “haber superado el correspondiente proceso selectivo con respeto a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad”. Una condición que, según el colectivo afectado, cumple la mayoría de los trabajadores temporales.

Sin embargo, de “la lectura conjunta” de los cuatro apartados del preacuerdo entre el Gobierno y el Comité de Huelga se desprende, en opinión de la Viceconsejería de Servicios Jurídicos, que se trata de una “declaración de intenciones que por sí misma no repercute sobre la esfera jurídica de los afectados, pero sí determina una línea política y sindical de actuación a la que se comprometen las partes en conflicto”. Esta segunda interpretación sí sería “ajustada a derecho”, a juicio del área que firma el escrito.

Los servicios jurídicos se remiten a lo ya expuesto en un informe elaborado en diciembre de 2020, en el que no solo rechazaban la fijeza automática para el personal interino en abuso de temporalidad a través de la administración autonómica, sino también la opción de que el Gobierno de Canarias configure procesos de consolidación y estabilización mediante la fórmula de pruebas de carácter restringido. “No parece conveniente” que se convoquen estos procesos selectivos “sin que, previamente, el legislador básico estatal o bien haya configurado tales procesos para que, en sí mismos, sancionen el abuso” o bien “haya arbitrado paralelamente unas medidas para la corrección, prevención y sanción” de estas situaciones, de manera que actúen como medidas realmente “disuasorias y eficaces”.

El colectivo de los trabajadores en huelga reivindica la permanencia de los empleados abusados en sus puestos de trabajo. Se apoyan para ellos en informes de “prestigiosos juristas”. Entre ellos, María Emilia Casas, expresidenta del Tribunal Constitucional, que ha planteado como solución la conversión de personal fijo a extinguir (las plazas se amortizarían con la jubilación o renuncia voluntaria) de los empleados que llevan años encadenando contratos temporales. Esta opción también ha sido defendida por el socialista Jerónimo Saavedrañ ministro de Educación y Administraciones Públicas en el último Gobierno de Felipe González.

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