El Tribunal Supremo (TS) ha condenado al senador de Coalición Canaria (CC) y exalcalde de Santa Cruz de Tenerife Miguel Zerolo a ocho años de inhabilitación por un delito de prevaricación administrativa por adjudicación irregular de unas obras en 2003 en un edificio municipal por siete millones de euros.
En concreto, el Supremo inhabilita a Zerolo a ocupar los cargos de alcalde, teniente de alcalde, concejal o cualquier otro de naturaleza electiva y ámbito local que implique la participación en el gobierno municipal, con la incapacidad para obtener otros análogos en el ámbito insular, autonómico o estatal durante el tiempo de la condena.
La sentencia del TS, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Saavedra Ruiz, también condena a la misma pena al exteniente de alcalde y exconcejal de Santa Cruz de Tenerife Guillermo Núñez Pérez, mientras que el tercer acusado, el funcionario municipal Joaquín Castro Brunetto, ha sido absuelto.
El alto tribunal considera probado que Zerolo y Núñez, para quienes la Fiscalía y la acusación popular ejercida por IU solicitaban nueve años de inhabilitación, adjudicaron las obras de remodelación de una sede municipal a la empresa IMES S.A de forma directa y sin tramitar previamente el expediente de contratación.
Según la sentencia, el exalcalde conocía que estas obras, acometidas en el edificio del antiguo Instituto García Cabrea para convertirlo en oficinas municipales, no estaban incluidas en el contrato que tenía el Consistorio canario con la citada empresa, por lo cual estaba en la obligación de sacar a concurso estas reformas.
Pese a los reparos de los funcionarios que intervenían la gestión de los fondos públicos, el alcalde obvió sus denuncias, las aprobó con el concepto de “mantenimiento” y se las adjudicó a la empresa a IMES S.A.
Durante la vista celebrada el pasado 25 de junio, Zerolo afirmó ante el tribunal que hizo lo que entendía “legal”, es decir, que podía levantar los reparos si así se lo solicitaba el servicio central municipal en una propuesta de resolución que “contaba con los informes jurídicos favorables de los técnicos del Ayuntamiento”, tras lo cual aclaró que “nunca” dio instrucciones al servicio jurídico “en ningún sentido”.
La sentencia considera probado que la resolución “arbitraria” del condenado estaba precisamente dirigida a “amparar una situación en la que se había prescindido del procedimiento establecido en la ley”.
En el caso del exteniente del alcalde de Santa Cruz de Tenerife Guillermo Pérez Núñez, la Sala entiende que éste fue el cooperador necesario de Zerolo para la comisión del delito de prevaricación.
Como teniente de alcalde fue quien, según acredita la sentencia, quien encargó directamente a la empresa IMES S.A la realización de las controvertidas obras conociendo que dicha misión “no estaba amparada por el contrato que unía a esta entidad con el Ayuntamiento”.
Por último, el tribunal absuelve al tercer acusado, Joaquín Castro, al entender que de la prueba practicada no se puede concluir que actuara en connivencia con las dos autoridades municipales.
Miguel Zerolo, alcalde de Santa Cruz de Tenerife con Coalición Canaria desde 1995 hasta 2011, tiene otras dos causas penales abiertas en el Tribunal Supremo.
La primera se refiere a una supuesta malversación multimillonaria cometida en la compra por parte del Ayuntamiento de unos terrenos en la playa de Las Teresitas y la segunda al supuesto cobro de sobornos a cambio de una recalificación urbanística en el año 2004.