El Supremo sigue sin ver motivos para detener las obras del espigón de San Andrés
El Tribunal Supremo (TS) no acaba de encontrar razón alguna que le mueva a paralizar las obras del espigón de protección del barrio santacrucero de San Andrés, aunque sea de forma provisional. A través de un auto rechaza la petición de la Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza (ATAN) y la Federación Ben Magec-Ecologistas en Acción de detener esta actuación, aunque sea cautelarmente.
El Supremo justifica su negativa ante el riesgo de inundación del pueblo que se repite habitualmente durante esta época del año. Pese a que este fenómeno no ha producido nunca víctimas mortales, sí da lugar a importantes daños materiales y peligro para los vecinos. “La Sala reitera su criterio de que la consideración de dicho riesgo, aunque no sea cierto, debe prevalecer por encima de los posibles daños ambientales denunciados sobre especies vegetales ya protegidas en el entorno próximo”, como son los sebadales.
ATAN y Ben Magec, sin embargo, apuntan que las inundaciones no se llevan a cabo con regularidad todos los años y que nunca ha habido víctimas mortales. Por esta razón concluyen que carece de justificación que el Consejo de Ministros haya acordado la declaración de emergencia y la exclusión del procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Por el contrario estiman los denunciantes que el daño ambiental que producen las obras proyectadas es “real y efectivo”. Los ecologistas indican que el pronuciamiento particular de un magistrado en la ocasión anterior en la que este asunto fue abordado en el Supremo evidencia que el caso suscita dudas “de hecho y de derecho”.