El Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR), adscrito al Ministerio de Hacienda ha impuesto una sanción de 141.500 euros a la entidad pública Parque Marítimo SA integrada por el Ayuntamiento y la Autoridad Portuaria. La multa ha sido ahora ratificada por una sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) por intentar acogerse a los incentivos fiscales de la Reserva de Inversiones de Canarias (RIC) durante los años 2002 y 2003 sin que se dieran las condiciones para ello.
Hace algunas fechas el TSJC también ratificó otra multa de 126.000 euros que se corresponde al impuesto de sociedades de los años 2000 a 2003. Y ello es así en cuanto que la gestión de este recinto se dejó en manos de terceros con lo cual Parque Marítimo SA no tenía medios humanos ni materiales propios. Sin embargo, desde el año 2010 que es cuando el Ayuntamiento asumió directamente esta gestión ya se puede acoger a los beneficios fiscales de la RIC. De esta manera el dinero que se debería pagar en concepto de impuesto de sociedades ya se puede invertir en el propio recinto.
Para el TSJC el intento de la entidad pública de pretender aplicar en 2003 la deducción no declarada en 2002, “constituye una infracción tributaria y resulta clara la culpabilidad”. Puertos otorgó en el año 1995 la concesión a esta entidad de 205.584 metros cuadrados pertenecientes al dominio público portuario. El objetivo era instalar en esta superficie un espacio dedicado al ocio y acercar Santa Cruz al mar. Hasta el año 2010 la gestión se dejó en manos de terceros y a partir de esa fecha lo dirige direcctamente el Ayuntamiento, ya que Puertos ha dejado de pertenecer a la ente público.