Un informe del Gobierno advierte a Bermúdez de que una oferta temeraria como la de Valoriza debe excluirse del concurso de basuras

Un operario del servicio municipal de recogida de basuras en Santa Cruz

Vicente Pérez / Esaú Hernández

Santa Cruz de Tenerife —

La Junta de Gobierno que preside el alcalde de Santa Cruz de Tenerife, José Manuel Bermúdez (CC), tiene la responsabilidad legal de “excluir de la clasificación” del concurso de basuras de la ciudad a Valoriza (filial de la multinacional Sacyr), la empresa ganadora según la Mesa de Contratación, por oferta temeraria atendiendo a las conclusiones del informe de tres técnicos municipales.

Así se concluye tras el análisis detallado que ha realizado Mírame TV Canarias y Tenerife Ahora-Canarias Ahora, del dictamen con el que responde al alcalde la Junta Consultiva de Contratación Pública (adscrita a la Consejería de Hacienda del Gobierno de Canarias, cuya titular es Rosa Dávila, también de CC) en su “informe 4/2018 sobre la exclusión de la licitación de un licitador cuya oferta es anormalmente baja” o desproporcionada, lo que antes se llamaba baja temeraria.

El informe de ese órgano consultivo autonómico recuerda al alcalde que el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) sí considera que, como el pliego de condiciones que ha regido el nuevo concurso público del servicio de limpieza del Ayuntamiento de Santa Cruz utiliza una “pluralidad de criterios de adjudicación”, el incumplimiento de otros “parámetros objetivos” distintos del precio también deben considerados para calificar “una oferta anormalmente baja” (oferta temeraria). Cabe recordar que el pliego de condiciones de este concurso establece que las empresas licitadoras no pueden superar en sus ofertas un cumplimiento mayor del 50% de “los parámetros objetivos de calidad” sin justificar debidamente ese incremento, y Valoriza (Sacyr) ofreció el 80%, un incremento que los técnicos municipales consideraron en un informe oficial una “oferta anormal o desproporcionada”, ya que “el aseguramiento de la calidad no puede ser cumplido”.

Esa literalidad que utilizan los técnicos municipales no está resuelta, y si se analiza con detalle el informe del Gobierno canario se advierte de que “la nueva LCSP (Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público)” establece en el apartado sexto del artículo 149.6 que, “si el órgano de contratación” (en este caso, la Junta de Gobierno presidida por Bermúdez y conformada por los concejales de CC y PP) “estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales, la excluirá de la clasificación”. El subrayado es original del informe citado, que aclara que esta nueva legislación “regula la cuestión en unos términos más claros si bien con la misma conclusión”.

La coincidencia de terminología entre el informe técnico municipal y el informe jurídico regional no es baladí, ya que, para que la Junta de Gobierno (compuesta por CC y PP y presidida por el alcalde, el que solicita el informe) pueda estimar si la oferta puede o no puede ser cumplida, debe considerar (según este mismo artículo) “la justificación efectuada por el licitador y los informes mencionados en el apartado cuatro”, según transcribe de la ley el informe del Gobierno canario. Precisamente ese apartado cuatro establece que “en el procedimiento deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente” y “se entenderá en todo caso que la justificación no explica satisfactoriamente” la oferta temeraria cuando dicha justificación “sea incompleta o se fundamente en hipótesis o prácticas inadecuadas desde el punto de vista técnico, jurídico o económico”.

El propio presidente de la Mesa de Contratación, el concejal santacrucero de Servicios Públicos, Dámaso Arteaga (CC), tuvo que reconocer que el punto de vista técnico (del servicio correspondiente al que se refiere la nueva ley de contratación pública a la que alude el Gobierno de Canarias en su informe) es que “no se creen” que la respuesta de Valoriza-Sacyr explique satisfactoriamente la oferta temeraria.

En las mismas declaraciones, que fueron realizadas en Radio Club Tenerife, el concejal aseguró que la decisión de la Mesa de Contratación que preside, la de proponer a Valoriza como la ganadora del concurso, “está amparada” por este informe del Gobierno de Canarias, pero, en el acta de la reunión de la Mesa de Contratación, solo se limitan a transcribir las dos conclusiones de este informe:

1) “Cuando se utilicen una pluralidad de criterios de adjudicación, se estará a lo establecido en los pliegos, los cuales han de establecer los parámetros objetivos que permitan identificar los supuestos en los que la oferta se presuma anormal o desproporcionada, referidos a la oferta considerada en su conjunto, por lo que una proposición presentada por un operador económico puede determinarse que es anormalmente baja por un criterio de adjudicación diferente del importe”.

y 2) “Corresponde a los órganos de contratación la aceptación o rechazo de la oferta que no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales, siendo función de la Mesa de Contratación efectuar la correspondiente propuesta debidamente fundamentada de aceptación o exclusión”.

Las dos conclusiones aplicadas a este caso vienen a suponer, según el acta de la Mesa, que la oferta de Valoriza es anormal y desproporcionada porque no cumple con el parámetro objetivo de calidad establecido en los pliegos (conclusión primera), y que la Mesa puede proponer a Valoriza como ganadora del concurso (si la propuesta estuviera debidamente fundamentada), pero corresponde a la Junta de Gobierno presidida por el alcalde y conformada por los concejales de CC y PP “la aceptación o el rechazo de la oferta que no puede ser cumplida como consecuencia de valores anormales (conclusión segunda)”.

Sin embargo, esa acta obvia el resto del informe (documento que tampoco está incluido en el procedimiento que se encuentra en el perfil del contratante municipal), un dictamen que, según la Ley de Contratos del Sector Público, establece que el punto de vista de los técnicos municipales deberá ser tenido en cuenta por la Junta de Gobierno para estimar si la oferta puede o no ser cumplida.

Si la Junta de Gobierno presidida por Bermúdez y conformada por CC y PP asumiera que la oferta temeraria no puede ser cumplida, tal y como asegura el informe técnico municipal, este órgano de contratación “excluirá de la clasificación” a Valoriza, tal y como es el subrayado del informe atendiendo a la Ley de Contratos. La Junta de Gobierno se volvió a reunir este lunes y tampoco incluyó en su orden del día la propuesta de la Mesa de Contratación.

Otra advertencia que hace el informe de la Junta Consultiva de Contratación Pública al alcalde es que, si bien considera oportuno emitir su informe “sobre aspectos generales”, “no puede sustituir ni suplir las funciones consultivas que tienen asignadas otros órganos consultivos en sus respectivos ámbitos de competencia”. Una clara referencia al Consejo Consultivo de Canarias, al que, como otros ayuntamientos, suele acudir el capitalino para resolver cuestiones concretas y no “generales” incluidas en adjudicaciones públicas. Pero no lo ha hecho en este caso.

Etiquetas
stats